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Juez civil tendrá que resolver demanda administrativa por caso DMG

La acción judicial va dirigida por las fallas en la que habrían incurrido las Superintendencias Financiera y de Sociedades.

Redacción Judicial
09 de diciembre de 2014 - 05:43 p. m.

La Sección Tercera del Consejo de Estado determinó que será el juzgado 35 oral administrativo del circuito de Bogotá el encargado de adelantar el trámite de la acción de reparación directa presentada en contra de las Superintendencias Financiera y de Sociedades de Colombia por los perjuicios materiales y morales que sufrieron cuatro personas que suscribieron contratos de adquisición de bienes y servicios y de publicidad con la firma DMG Grupo Holding S.A.

En este caso será el despacho judicial el encargado de determinar si existe validez en la demanda presentada que en la que se argumentó que las dos superintendencias incurrieron en una falta del servicio y de administración que condujeron a la “pérdida patrimonial” a los dos accionantes. El alto tribunal determinó que el despacho judicial sí es competente para tomar una decisión de fondo frente a esta acción.

En el estudio jurídico, el Consejo de Estado resolvió el conflicto de competencias que se había presentado entre el juzgado 35 y el juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Popayán. En este sentido no se valieron los argumentos sobre el hecho que la mayoría de las acciones de grupo presentadas por casos similares son estudiadas por dicho despacho en la capital del departamento del Cauca.

“Esta acción compete a este juzgado de primera instancia por la naturaleza de la acción, por razón del territorio donde se presentaron” los hechos demandados. La considerada captadora ilegal de dinero fue intervenida por el Gobierno en diciembre de 2008 y sus representantes fueron procesados por las autoridades judiciales.
 

Por Redacción Judicial

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