Publicidad

Juez rechazó acción contra cambio de fecha de revocatoria de Petro

Consideró que la Registraduría Nacional del Estado Civil no incurrió en ningún acto ilegal cuando fijó para el 6 de abril la votación.

El Espectador
28 de febrero de 2014 - 12:03 p. m.
Juez rechazó acción contra cambio de fecha de revocatoria de Petro

El juzgado 34 administrativo de Bogotá no aceptó los argumentos esgrimidos en una acción de cumplimiento interpuesta por un ciudadano en contra de la decisión de la Registraduría Nacional del Estado Civil de cambiar para el próximo 6 de abril la fecha de la revocatoria del mandato del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego.

La analizar la acción judicial, el juzgado consideró que no se habían presentado fallas cuando se emitió la resolución No. 0183 de 2014 en la cual se cambió la fecha del 2 de marzo para el 6 de abril puesto que el órgano electoral justificó de manera correcta esta decisión.

“No se han vulnerado los derechos políticos del accionante puesto que la decisión tomada por la Registraduría no ha anulado ni suspendido la votación por consulta popular con fines de revocatoria del mandato del Alcalde Mayor de Bogotá Gustavo Petro”, precisa uno de los apartes de la decisión.

Para la funcionaria judicial, no se demostró ni se allegaron argumentos que permitieran inferir un “perjuicio irremediable” para la ciudadanía con el cambio de fecha, rechazando así los argumentos de la acción que indicaban que se había generado un estado de incertidumbre para los bogotanos, principalmente aquellos que quieren participar en la revocatoria en la que se definirá si Petro sigue o no en el cargo.

“Por parte del despacho no se concreta un perjuicio irremediable al considerar que la ciudadanía corre el riesgo de que el resultado a obtenerse el seis de abril sea anulado, pues esa consideración no es un hecho cierto sino una conjetura y el Acto de la Registraduría para cambiar la fecha de votaciones se presume legal mientras no se haya declarado lo contrario”, señala la decisión.

Ante esto, la juzgadora determinó no acceder a las pretensiones de la acción de cumplimiento al considerar que no resultó probado el señalamiento sobre un cambio ilegal por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil en la fijación de una nueva fecha.

En el caso de Petro, el próximo lunes la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura se reunirá con el fin de discutir la ponencia del magistrado Pedro Alonso Sanabria frente a 300 tutelas que buscan anular la decisión de la Procuraduría General de la Nación que sancionó al alcalde de Bogotá con destitución e inhabilidad de 15 años para ejercer cargos públicos por las irregularidades en la planeación y ejecución del nuevo modelo de aseo en Bogotá.

Hasta el momento se ha podido determinar que la ponencia no favorece los intereses del mandatario distrital, al considerar que la Procuraduría General si tiene las facultades para investigar y sancionar a funcionarios públicos elegidos por voto popular. Igualmente se esgrime que el Ministerio Público no incurrió en fallas en la apertura de la investigación y la valoración de pruebas que finalizó con la sanción a Petro Urrego.

El pasado martes, la Sala Plena del Consejo de Estado rechazó la tutela presentada por el mismo alcalde en contra del fallo emitido el pasado 13 de enero que dejó en firme su destitución.

Por El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar