La ley de Financiamiento y todo lo que está en juego en la Corte Constitucional

Aunque fuentes del Gobierno aceptan errores en su trámite, el Ejecutivo dice que sin ella no hay plata suficiente para el 2019. Crecen presiones alrededor del alto tribunal.

Redacción Judicial
28 de agosto de 2019 - 02:00 a. m.
El futuro del impuesto al patrimonio es solo uno de los temas que estudiará la Corte Constitucional.  / Gustavo Torrijos - El Espectador
El futuro del impuesto al patrimonio es solo uno de los temas que estudiará la Corte Constitucional. / Gustavo Torrijos - El Espectador

Si la Ley de Financiamiento se cae en la Corte Constitucional, existe un riesgo evidente de que los ingresos del Presupuesto General de la Nación del 2019 “no sean suficientes para cubrir los gastos e inversiones públicas”. Con este argumento, el Gobierno inició la defensa ante el alto tribunal de una ley que no ha escapado de la polémica desde que era tramitada en el Congreso, como la primera gran reforma económica del mandato del presidente Iván Duque, que espera recaudar $7,13 billones. El futuro de la ley es una nueva batalla ante la Corte que ha recibido 32 demandas en su contra y se debatirá en medio de altas expectativas y presiones.

El Gobierno dejó en claro desde el comienzo que se necesitaban $14 billones para equilibrar el Presupuesto General. Creó un impuesto al patrimonio que va dirigido a las personas que posean uno superior a $5.000 millones, el IVA plurifásico para cervezas y gaseosas, una renta más alta para quienes ganen más de $40 millones, una sobretasa del 4 % de renta para el sector financiero y hasta impuestos a las modelos webcam, entre otros. Los intereses en juego —que van desde el apoyo de las bancadas al gobierno Duque, la oposición y los sectores financieros— se ciernen sobre la Corte Constitucional, que apenas se prepara para iniciar la discusión.

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El escenario en la Corte Constitucional es abrumador: de 32 demandas que se han presentado ocho fueron archivadas y en otras dos se inhibieron de pronunciarse de fondo sobre los argumentos planteados (sentencias C-368 de 2019 y C-378 de 2019). Las restantes 22 están en curso y, de ellas, diez alegan vicios de forma. Por ejemplo, argumentan que la iniciativa es realmente una reforma tributaria y no una de financiamiento, por lo que su aprobación habría vulnerado el artículo 347 de la Constitución Política (el del presupuesto de la nación). O bien se habría contrariado el principio democrático y el de publicidad en el debate.

Este es, de hecho, uno de los argumentos principales de las demandas que presentaron el exvicepresidente Germán Vargas Lleras y Jorge Enrique Robledo, senador del Polo Democrático, que la Corte decidió estudiar en conjunto. Y se resume en que los congresistas no habrían podido conocer el texto de varias proposiciones que se hicieron en el Congreso en el debate. Pero hay más. Una demanda ataca la exención tributaria que contiene la ley para el alcohol carburante extranjero por falta del aval del Gobierno y otra más alega que no se hizo un estudio de impacto fiscal para la creación del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación, entre muchas otras.

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Incluso, los nueve magistrados que componen la Sala Plena de la Corte se declararon impedidos para estudiar otra demanda que presentó Asonal Judicial, cuestionando que la Ley de Financiamiento haya derogado un apartado del Estatuto Tributario que daba un beneficio a los jueces y magistrados del país. El asunto será resuelto por los conjueces Natalia Ángel Cabo, Carlos Alberto Atehortúa Ríos, Hernán Fabio López, Luis Fernando López Roca, Julio Andrés Ossa Santamaría, Jorge Gabino Pinzón Sánchez, Mauricio Piñeros Perdomo, Humberto Sierra Porto y William Zambrano Cetina.

Como si fuera poco con la avalancha de demandas, a la Corte Constitucional le han caído todo tipo de presiones, no solo por parte del Gobierno, sino también de la opinión pública. No es para menos. Fuentes que conocen de cerca la preocupación del Ministerio de Hacienda le explicaron a este diario que una de las estrategias ha sido no perder de vista ni a un solo pestañeo de los magistrados que tienen en sus manos las demandas. “Tenemos a una sola persona parqueada en la Corte pendiente de todos los casos y de cualquier decisión que baje de los despachos de los magistrados, por mínima que sea. En este punto, nadie nos puede meter goles porque el caso es delicadísimo”, señalaron las fuentes.

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En el fondo, agregaron fuentes del Ministerio, “aquí sabemos que se cometió un error gravísimo en el Congreso al no cumplir uno de los requisitos exigidos en este tipo de debates. Pero nadie está dispuesto a aceptarlo ni a que nos tumben la Ley por eso. Haríamos el oso peor”, agregó el funcionario del Ministerio. Uno de los demandantes, cuyo recurso ya fue aceptado y pidió reservar su nombre, señaló que el panorama cada vez empeora, pues el precio del dólar no está ayudando a nadie. “Una de las repercusiones más graves si la ley se cae, es que el Gobierno no cumpliría con la regla fiscal que tasó y esto tiene unas implicaciones graves con las calificadoras de riesgos”, explicó el jurista.

Según las normas, en estas circunstancias si la regla fiscal no se cumple, las agencias de riesgos tienen la tarea de bajar la calificación del país en esta categoría, lo que aumentaría las tasas de interés e inevitablemente se dispararía, todavía más, el precio del dólar, que ayer alcanzó los $3.400, una cifra que tiene preocupado al país entero. En la Corte conocen bien estos escenarios, pues históricamente el alto tribunal ha sido muy protector de los recursos públicos. Pero la situación es grave, pues el error cometido en el Congreso al no publicitar lo suficiente el proyecto de ley podría ser garrafal. Los magistrados saben de primera mano que la tensión en el Gobierno es total.

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“Por la gravedad del tema, la preocupación de todos es extrema”, señaló un integrante de la Corte, “pero no por eso podemos entrar en pánico y empezar a inventar cosas que no han sucedido. Hace unos días se dijo que ya se habían repartido los proyectos de fallo y eso no es cierto. Entendemos la trascendencia de nuestras decisiones, pero por eso mismo el país debe respetar los tiempos de los debates y no especular ni enviarnos indirectas con rumores o inclusive hechos falsos. Aquí la discusión se dará con la altura que requiere. Sabemos que la Ley de Financiamiento es el piso del país y si nuestra decisión puede tumbarlo, pues hay que estar listos para el totazo”.

El expediente acumulado por las demandas de Vargas Lleras y Robledo lo tiene el magistrado Carlos Bernal Pulido, quien no ha presentado ponencia a sus compañeros, pues todavía no se cumplen los plazos para ello. El caso más avanzado gira alrededor del impuesto al patrimonio, en manos de la magistrada Cristina Pardo, que está listo para entrar a la Sala Plena. La defensa del Gobierno en los expedientes ha sido consistente: la ley es necesaria para la realidad de la economía colombiana, las medidas urgentes que contiene tenían que ser implementadas so pena de un recorte del gasto público, y la misma generaría crecimiento económico, entre otros, porque con la reducción de la carga tributaria empresarial se mejoraría su competitividad y habría un aumento en la inversión.

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El Gobierno indicó que ya se empiezan a observar algunos efectos positivos: “Con corte al primer trimestre de 2019, se observó un repunto en la inversión en maquinaria y equipo, la cual creció 17,4 % en términos reales, su incremento más alto en los últimos cinco años”. En el caso específico del impuesto al patrimonio, la demanda alega que se vulneró el principio de progresividad porque se fijó una tarifa del 1 % para todos los patrimonios, con independencia de si el monto es de $5.000 o $20.000 millones.

El Ministerio de Hacienda y la DIAN indicaron ante la Corte que, con esta tarifa, “siempre va a pagar más el que mayor patrimonio tiene, generando un importante recaudo que es uno de los objetivos de la Ley”. En este caso, la Procuraduría apoya la postura del Gobierno: en su concepto ante la Corte consideró que “el impuesto a los dividendos y el impuesto al patrimonio son medidas idóneas para alcanzar la finalidad trazada por el Legislador, cual es restablecer el equilibrio del presupuesto, pues no resultan desproporcionadas, inequitativas ni regresivas”. La decisión ahora está en la Sala Plena de la Corte Constitucional.

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Por Redacción Judicial

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