La pelea de una madre para que le paguen una pensión especial para ayudar a su hija

Maritza Ramírez logró que le asignaran en el sistema privado una pensión especial de vejez para poder atender a su hija con discapacidad. Expertos afirman que se trata de un precedente en el sistema pensional.

María José Medellín Cano
31 de mayo de 2017 - 04:39 a. m.
La Corte Constitucional amparó los derechos de Maritza Ramírez y su hija en 2015. Han pasado dos años desde esa decisión y la pelea continúa. / Cristian Garavito.
La Corte Constitucional amparó los derechos de Maritza Ramírez y su hija en 2015. Han pasado dos años desde esa decisión y la pelea continúa. / Cristian Garavito.

Mantener a un hijo en condición de discapacidad en Colombia, además de ser costoso, es una labor en la que las familias se adecuan para pelear todos los días. Pelean para que una EPS autorice una terapia física, para que los colegios protejan a sus hijos del matoneo, para que les ayuden a transportarlos a las citas médicas o para que el Estado les responda con los subsidios a los que tienen derecho. Precisamente, en 1993, el Congreso de la República creó una pensión para beneficiar a estas familias y darles un alivio económico, que además descongestionara los servicios que el sistema de salud les presta. Se llamó pensión especial de vejez.

Maritza Ramírez Ribero es una de las miles de madres colombianas que tienen derecho a recibir esta pensión. Su hija, María Juliana Barreto, quien depende de ella, nació sin una cuarta parte de su cerebro. En términos médicos, la joven de 18 años sufre de “parálisis cerebral espástica, con una pérdida de capacidad del 92,8 %”, según dice un certificado expedido por Famisanar EPS. Para garantizar el futuro de su hija y tener una ayuda extra con sus gastos médicos, hace un poco más de dos años, Maritza Ramírez le pidió a Porvenir S. A., su fondo de ahorro individual, que le reconociera la pensión especial de vejez. Fue así como comenzó una batalla jurídica en la que hasta la Corte Constitucional le ha dado la razón.

La fecha exacta en la que empezó este embrollo es el 4 de noviembre de 2014. Ese día, a Porvenir llegó la solicitud de Maritza Ramírez, guiándose por las pautas de la Ley 100 de 1993. Le dijeron que no. Que ella, al pertenecer al sistema de ahorro individual —el régimen que ampara a todos los fondos de pensión privados— no podía recibir ese subsidio. Su defensa, en cabeza del abogado Maximiliano ArangoGrajales, le explicó a Porvenir que la Corte Constitucional, en octubre de 2014, ya les había aclarado a todos los fondos de pensiones que cualquier colombiano, afiliado a un fondo privado o al público, podía recibir esta pensión.

El pago, a pesar de que el fallo del alto tribunal ya estaba en firme, no se realizó. El 19 de noviembre de 2014, Ramírez presentó una tutela en la que le pidió a la justicia colombiana que protegiera su derecho a la seguridad social y a la igualdad, y los derechos a la salud y una vida digna de su hija. Un año después su petición fue negada tanto en primera como en segunda instancias. El argumento del Juzgado 14 Penal Municipal con control de garantías, que después confirmó el juez de segunda instancia, es que Maritza Ramírez no certificó cuántas semanas cotizó en su fondo de pensión, tanto antes de pasarse al sistema privado como después, y que por ende no cumplía uno de los requisitos para recibir el subsidio.

“Lo que quiero es que mi chiquita no quede desamparada. Quiero asegurarle el futuro a María Juliana, no crear una pelea”, advierte Maritza Ramírez, con las 26 páginas de otro fallo de la Corte Constitucional en sus manos, en el que el alto tribunal respaldó la petición de esta madre. Se trata de la revisión de la tutela que ya habían negado dos juzgados en Bogotá. La Sala Octava de Revisión de la Corte seleccionó el caso para estudio y el 27 de agosto de 2015 señaló que Porvenir, al no pagar la pensión especial de vejez, estaba violando los derechos de Maritza Ramírez y su hija María Juliana Barreto. La Corte además le advirtió al fondo que no podía seguir negando este pago.

Porvenir, por fin, reconoció que, así Maritza Ramírez esté en un régimen de ahorro individual (privado), puede recibir la pensión. Con dos fallos de la Corte Constitucional de por medio, el problema parecía resuelto. Sin embargo, a la pelea le quedaban varios asaltos. Porvenir tasó la pensión de acuerdo con el capital acumulado en la cuenta de ahorro individual de Ramírez, es decir, un salario mínimo. Pero la cifra, explica la defensa, no representa ni el 15 % de los ingresos mensuales de esta mujer. “Lo correcto en este caso es que se tase la pensión de acuerdo con las reglas que están fijas en la ley y no como se tasa una pensión normal”, le explicó a este diario un experto en el sistema pensional colombiano.

Según las reglas vigentes, la pensión especial de vejez se fija con una fórmula matemática que tiene en cuenta el promedio de las semanas cotizadas, al que se le debe promediar lo que se conoce como la base de liquidación, que en este caso debe ser del 80 %. Maritza Ramírez, en el momento en que pidió su pensión, tenía cotizadas más de 1.644 semanas y, por eso, que le certificaran una pensión de un salario mínimo terminó siendo una ofensa para ella. Porvenir le explicó a El Espectador que el monto se tasó de acuerdo con las reglas vigentes en el régimen privado de pensiones y que no se puede fijar el monto con el 80 %, pues esa es una fórmula que sólo se aplica en el sistema de Colpensiones.

Si se aplicara la misma fórmula que dice la ley, agregó Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales de Porvenir, “estaríamos hablando de casi $2 mil millones para pagar esta pensión, que es de por vida, a una sola persona”. Expertos en el sistema pensional en Colombia le explicaron a este diario que el caso de Maritza Ramírez es un precedente para los fondos privados y que mientras no se fije una regulación nueva que determine cómo deben pagar esta pensión, el impacto fiscal de este caso podría ser de proporciones gigantescas. “Si para un solo caso están hablando de $2 mil millones, imagínese la cifra para 10 personas”, resaltaron fuentes del Ministerio del Trabajo.

Porvenir insiste en que sí está cumpliendo el fallo. Sin embargo, el pasado 20 de abril, la jueza 14 Penal Municipal de Bogotá, cumpliendo con un auto de la Corte Constitucional, tomó una decisión que probaba lo contrario. Le ordenó a la empresa a que en dos días le debía pagar a Maritza Ramírez la suma de más de $5 millones mensuales, un número siete veces más grande en comparación con el que tasaron en su fondo de pensiones. La jueza Luisa Fernanda Villalobo hizo la tarea de hacer la fórmula matemática reglamentada en la Ley 100 para llegar a ese monto. Aun con las dos sentencias del alto tribunal y con la advertencia de la jueza, el pago no se ha realizado.

El 11 de mayo pasado, la misma jueza declaró el incidente de desacato y ordenó un arresto durante cinco días en contra del presidente y el representante legal de Porvenir. La decisión pasó a revisión y el viernes pasado, mayo 26, el juez 20 Penal Municipal de Bogotá dijo que Porvenir sí estaba cumpliendo con el fallo de la Corte. Al conocer la decisión, la defensa de Maritza Ramírez advirtió una grave irregularidad: el juez que falló en favor de Porvenir, Wilson Cadena, fue el mismo que falló en segunda instancia la tutela que Ramírez perdió en 2015, y por eso estaría impedido para volver a fallar en este proceso. Fue la misma irregularidad que evidenció la jueza 14 Penal Municipal cuando Porvernir presentó una tutela este año para que se revocara el desacato en su contra. En ese caso, el juez Cadena sí se declaró impedido.

“Nosotros ya no tenemos cómo luchar contra Porvenir. Ya les hemos ganamos en lo judicial”, diceMaritza Ramírez quien, a pesar de la victoria, sigue esperando que se haga justicia. Su abogado se alista para presentar otra tutela y hacer respetar lo que ya han determinado los jueces.

Por María José Medellín Cano

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar