Las '2.000 barras' que tienen en líos jurídicos al gobernador de la Guajira

Wilmer González Brito, elegido en noviembre de 2016, es procesado por presuntamente haber entregado mercados, materiales de construcción y chivos a familias de la etnia wayúu para garantizar los votos.

Redacción Judicial
17 de febrero de 2017 - 10:43 p. m.
Cristian Garavito / ElEspectador
Cristian Garavito / ElEspectador

Por unos segundos los guajiros que se encontraban en la Sala 1 del Tribunal Superior de Bogotá contuvieron la respiración con el fin de evitar cualquier tipo de ruido que les pudiera interrumpir escuchar la decisión del magistrado de la Sala Penal que definía si enviaba o no a una cárcel al gobernador de dicho departamento, Wilmer González Brito.

La calma se acabó de un tajo cuando conocieron que el magistrado negaba la solicitud de detención domiciliaria para el mandatario departamental y ordenaba enviarlo a una cárcel mientras se adelanta el proceso penal. Inmediatamente se escucharon en la Sala gritos de sus seguidores que calificaban la decisión como “injusta”, refriéndose a que todo se trataba de una persecución política orquestada desde el Gobierno.

González Brito permanecía silencioso en su silla. Evitando a toda costa mirar hacía el público y fijando su mirada en una página de La Biblia que llevaba consigo. Al fondo, integrantes de la etnia wayúu vestidas con sus coloridos trajes característicos le manifestaban su apoyo. Un grupo de mujeres, que durante toda la audiencia rezaron para que su gobernador quedara libre, rompieron en llanto.

Sus rostros de preocupación no cambiaron durante el resto de la diligencia judicial. Tras estudiar el recurso de reposición presentado por la defensa del procesado, el magistrado determinó que en efecto el mandatario departamental debía permanecer recluido en un centro carcelario, por lo que libró la respectiva boleta y dejó a disposición del Inpec el lugar en el que deberá permanecer.

El Gobernador es procesado por presuntamente haber entregado mercados, materiales de construcción, elementos para hacer artesanías y hasta chivos a numerosas familias con el fin de garantizar su elección en los comicios atípicos que se adelantaron el pasado 6 de noviembre en el departamento.

Durante la imputación de cargos la Fiscalía General presentó varias comunicaciones interceptadas en las cuales el entonces candidato –de una coalición del Partido de la U y Conservador- “cuadra” con un hombre no identificado y con una concejal de Maicao para entregar dinero, comprar mercados y fijar la contratación de transporte para el día de las elecciones.

El hombre desconocido asegura que en Barranquilla consiguió ‘dos mil’ barras, es decir, dos mil millones de pesos, para la campaña de González Brito. Estos recursos no fueron registrados en la documentación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) como lo exige la ley, como tampoco fueron reportados el dinero que se utilizó para otras actividades.

Considera que existen testimonios que permiten inferir que en el desarrollo de la campaña se entregaron mercados en la casa de una concejal que funcionaba como sede de la campaña política. Esto, para el magistrado, no puede ser entendido como “un inocente regalo” sino como “una clásica dádiva” donde se entrega algo para recibir un voto a cambio.

Es cierto, añade, que en La Guajira existe la costumbre de dar este tipo de presentes a amigos y familiares cercanos. Pero en este caso este tipo de acciones no entran en esta categoría ya que tenían un fin puramente político y electoral, lo que va en contravía de los principios democráticos que rigen a todos los colombianos.

Los 840 votos

En otra de las conversaciones interceptadas el entonces candidato habla con la concejal de Maicao, Silbelly Solano Iguarán sobre el asunto de la campaña. Lo que en un principio parecía una charla inocente se convirtió rápidamente en la demostración de cómo funciona en muchas regiones la política.

La cabildante le manifiesta que ya tiene 840 votos seguros, haciendo clara referencia al número de sufragios que le dieron una curul en el Concejo de Maicao. Luego, fija la entrega de 20 millones de pesos para temas de logística, entre los que se encontraban principalmente el transporte de los votantes el día 6 de noviembre y la entrega de alimentos para la jornada.

Reprochó el magistrado que la concejal se creyera dueña y poseedora de estos votos, considerando que por el hecho de recibir ese apoyo en las elecciones podía hacer lo que quisiera con ellos. “Por el hecho de que votaran por ella para el concejo de Maicao creía que eso la hacía propietaria de las conciencias de estas 840 personas”.

Cuestionó además que en la conversación no se hablara de políticas como el mejoramiento de las vías ni de programas de ayuda para la comunidad. Solano Iguarán –quien será procesada por estos delitos- le pidió 20 millones de pesos al candidato por el apoyo que le estaba brindando y $10 millones por el tema de la logística.

Estos gastos, precisa, tampoco fueron registrados en la campaña. Llama la atención que la misma tesorera asegurara que González Brito no trataba el tema del dinero que ingresaba a la campaña, sin embargo algo muy diferente demuestran los audios presentados en la audiencia de imputación de cargos y solicitud de medida de aseguramiento por el fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia.

Pareciera que todo esto se quería hacer a “escondidas”. Para el magistrado titular de la audiencia es evidente que aquí se presentó un caso de compra venta de votos, apoyado en el hecho que la concejal se creía dueño de la voluntad de sus votantes quienes iban a seguirla y obedecerla si ella daba la orden de votar por el citado candidato a la Gobernación.

“Lo que aquí se observa es lo que en el argot popular se conoce como una clásica compraventa de votos. Es como si cuando un ciudadano estuviera en unas votaciones se transformara en una especie de esclavo electoral (…) El elegido se siente dueño todo el tiempo que permanecen en una corporación pública, como lo es el Concejo, la Asamblea, o el mismo Congreso”, aseguró.

“El apoyo se vende, no a quien defiende los intereses del pueblo, sino al que mejor pague los intereses económicos del líder de turno, que se siente dueño de los votos (…) Hay un abuso de confianza depositada por los votantes, y el mandatario termina siendo mandante, y los votantes se vuelven una simple cosa que se compra o se vende”, cuestionó el togado.

El derecho al voto

El magistrado considera que los representantes políticos en muchas oportunidades aprovechan el vacío del Estado y las fallas del sistema electoral para beneficiarse directamente. Esto se presenta cuando se fija el transporte de los votantes a los puestos designados a cambio que voten por x o y candidato.

“Si las autoridades electorales creen que con solamente asistir el día de las elecciones, imponer controles biométricos, acompañados de la Fuerza Pública por aire, mar y tierra y decenas de observadores nacionales y extranjeros, que con solo eso es suficiente, pues olvidan algo y es que el campesino, el aborigen, no tienen en muchas ocasiones para el sustento diario pues sin duda aceptaran que un candidato les pague el transporte para que voten”, precisó.

La pobreza, expreso, no puede ser un impedimento para ejercer el derecho al voto. Situación que aprovechan los candidatos políticos para con poco ganar mucho, puesto que contratan camiones en donde embuten a decenas de personas y les dan un refrigerio para resultar electos en un cargo que los beneficia económicamente. “Aquí nace el traslado de votos”.

Pero estos vacíos no son justificación para que los representantes políticos monten en camiones como “recuas” a los potenciales votantes. “Si un candidato paga el transporte de los potenciales votantes pero exige directa o indirectamente que estos necesariamente depositen el sufragio en favor de él mientras el transporte termina siendo un atractivo paseo gratis, esto termina por afianzar la condición del delito de corrupción al sufragante”.

Por Redacción Judicial

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