Lesiones personales, estafa, hurto e injuria tendrán juicio rápido

El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley de Pequeñas Causas, que busca un proceso abreviado ante la justicia para delitos que no requieren investigación compleja.

Redacción Judicial
13 de enero de 2017 - 04:05 p. m.
Lesiones personales, estafa, hurto e injuria tendrán juicio rápido

Los motivos por los que los colombianos se siente inseguros y desconfían de la justicia son la lentitud de los procesos y porque los delitos denominados “menores” como lesiones personales, atracos, hurtos, estafa y hasta denuncias de alimentación -que no requieren un proceso complejo de investigación- nunca son resueltos y los delincuentes o quienes infringen la ley nunca terminan condenados. 

Para ponerle fin a esta impunidad rampante, y evitar la congestión judicial que generan estos “delitos menores”, el presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley de Pequeñas Causas, con la cual se establece un procedimiento abreviado para estos delitos y no será la Fiscalía la encargada de acusar. La misma víctima y hasta la policía podrán presentar la denuncia ante el juez evitando un largo proceso. (Lea: Aprueban ley de pequeñas causas que busca agilizar procesos judiciales)

No se trata de un asunto de poca monta. Entre las pequeñas causas están los delitos querellables  que, según cifras de la Fiscalía General de la Nación, en 2015 se presentaron 273.987 denuncias, ocasionando una congestión del sistema penal y así mismo la lentitud en las decisiones. Ahora se espera que estos delitos se solucionen en máximo seis meses, antes el promedio de tiempo para tomar una decisión llegaba a cuatro o cinco años.

El presidente Santos, al sancionar la Ley de Pequeñas Causas, explicó casos en los que puede operar. Por ejemplo: “Si a Juan Rodríguez lo roban en su vivienda y tiene pruebas e indicios de quien lo hizo pero la Fiscalía no avanza, el ciudadano a través de un abogado puede llevar las pruebas directamente ante un juez”

Otro ejemplo práctico es el de la asistencia alimentaria de los padres. “Si deja de contribuir para el sostenimiento de sus hijos, ya no debe esperar a que se haga la denuncia ante una juez, ahora la madre lo puede hacer directamente ante un juez. Igual si capturan a un ciudadano robando en flagrancia, en este caso la policía tiene la posibilidad de presentar la denuncia”, explicó Santos.

Cómo funciona 

El asunto es así. Se estableció el procedimiento abreviado que precisamente no requiere intervención de la Fiscalía como acusador. Podrán ser los ciudadanos y hasta la policía quienes presenten la denuncia y los casos tendrán que ser solucionados en un periodo aproximado de seis meses. Por eso, ahora no se tendrán que cumplir cinco audiencias, sino que se realizarán dos audiencias, con lo que se bajará a la mitad el tiempo de la duración del proceso.

El mecanismo de pequeñas causas funcionará así: no habrán audiencias de imputación, acusación, preparatoria, juicio oral y lectura del fallo. Solo se realizará una audiencia concentrada, en la que se descubrirán y solicitarán las pruebas, y un juicio oral, en el que se adelantaría la práctica de pruebas y de inmediato se definiría la culpabilidad o inocencia del procesado. El ministro de Justicia, Jorge Londoño, dijo que “de este modo, en menos de seis meses podrán resolverse delitos querellables tales como lesiones personales, injuria, calumnia, abuso de confianza y estafa, este último por cuantías inferiores a 150 salarios mínimos mensuales legales ($103.418.100)”.

Este proyecto reduce en un 50% el tiempo de los procesos de juzgamiento y contempla la figura del acusador privado, el cual solo actuaría a solicitud de la víctima, siempre y cuando esté aprobado por la Fiscalía General de la Nación.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar