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Los entes territoriales sí pueden intervenir y detener proyectos mineros

Así lo expresó la Corte Constitucional al revisar una tutela en la que una habitante de Pijao (Quindío) le pidió al alto tribunal que protegiera lo derechos de la comunidad a realizar una consulta previa por el aumento de proyectos mineros en la zona.

Redacción Judicial
11 de octubre de 2016 - 03:50 p. m.
Los entes territoriales sí pueden intervenir y detener proyectos mineros

Por lo menos 22 proyectos mineros estarían afectando a los habitantes del municipio de Pijao (Quindío). Así lo dice Liliana Flores, una líder dedicada a defender los derechos de los habitantes de este sector del país ante la amenaza de la minería que afecta de manera directa la tierra de la cual dependen los miembros de esta comunidad. A través de una tutela, que revisó la Corte Constitucional, los magistrados del alto tribunal recordaron que los entes territoriales sí tienen la potestad de intervenir o detener proyectos mineros.

“La competencia de los entes territoriales para oponerse en determinados casos a las actividades mineras se ve particularmente reforzada si se tiene en cuenta que conforme al actual diseño constitucional la propiedad de los recursos naturales no renovables esta en cabeza del Estado, definición que incluye a los municipios, razón por la cual su opinión debe ser adecuadamente escuchada a la hora de destinar si estos deben o no ser explotados”, precisó el alto tribunal en su sentencia del pasado 19 de agosto.

En la sentencia, cuyo magistrado ponente fue Jorge Iván Palacio, se puso en evidencia además el hecho de que el Gobierno haya construido una política minera sin contar con los estudios técnicos, sociológicos y científicos pertinentes que permitan establecer y evaluar el impacto que genera la explotación de la tierra del país. Para que el gobierno cumpla con lo que no ha podido hacer en los últimos años, la Corte le dio un plazo de dos años para que realice un informe científico y sociológico en el que se evidencien cómo ha impactado la explotación minera todo el territorio colombiano.

Para la realización de la investigación, la Corte Constitucional le ordenó al Ministerio de Ambiente, el Ministerio del Interior, la Unidad de Parques Nacionales Naturales, el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt y a la Contraloría General, a que conformen una mesa de trabajo en la que podrán vincular a cualquier otro organismo o miembro de la sociedad civil para que en 2018 se conozca el resultado de su trabajo. Para hacerle un seguimiento a los avances de la mesa, al alto tribunal ordenó además que cada tres meses se le presente a la Procuraduría y Contraloría una copia de los avances, cronogramas y actividades que realizarán en estos dos años de trabajo.
 

Por Redacción Judicial

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