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Los fallos más importantes de la Corte Constitucional

En los últimos meses el alto tribunal ha emitido controversiales conceptos que han tenido grandes repercusiones en Colombia. Entre ellos se destacan el regreso de los toros a Bogotá y el freno al sector minero colombiano.

Leonardo Botero
26 de junio de 2016 - 04:57 p. m.
/ Foto: Archivo
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Con el anuncio de las Farc que aceptaría el plebiscito como forma de refrendar los acuerdos, lo único que falta ahora para que este mecanismo es su aprobación por parte de la Corte Constitucional. Con esta esta decisión ya serían cinco los importantes pronunciamientos que ha emitido el alto tribunal en los últimos meses, y todos estos conceptos se han destacado por despertar polémica.

Desde el fallo que obliga al Distrito a que permita de nuevo los espectáculos taurinos en la plaza Santa María de Bogotá, hasta la aprobación del matrimonio civil entre parejas del mismo sexo, estos son cuatro de las sentencias de mayor relevancia:

El regreso de los toros a la plaza Santa María

(Lea aquí: Corte deja en firme fallo que revive corridas de toros en Bogotá).

En junio del 2012, la Alcaldía revocó el contrato de arrendamiento de la plaza de toros Santamaría que tenía con la Corporación Taurina de Bogotá (CTB). Por esa razón, la CTB interpuso una tutela contra el Distrito y el Instituto Distrital de Recreación y Deportes (IDRD), pues consideró que estaban siendo vulnerados sus derechos al debido proceso y a la libertad de expresión artística.

Después de que resolviera la tutela en 2013 a favor de la CTB y que dictara un acto de cumplimiento en el 2015, cuando el exalcalde Gustavo Petro pidió que se aclarara el alcance del fallo, el alto tribunal le dio al Distrito un plazo de seis meses contados a partir de marzo de este año para que la plaza Santa María volviera a funcionar para espectáculos taurinos.

Al respecto de esto, la Corte Constitucional ordenó en la sentencia “a las autoridades distritales competentes disponer lo necesario para la reanudación del espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santa María de Bogotá, mediante la adopción de mecanismos contractuales u otros administrativos que garanticen la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión”.

El freno al sector minero colombiano

(Lea aquí: Detalles del fallo de la Corte Constitucional que anuló zonas de reserva minera).

Quizás una de las decisiones con más repercusiones tomada por esta Corte fue la de anular las Áreas Estratégicas Minera, que fueron establecidas en 20 departamentos en el 2012. Además, se definía a las regiones de la Amazonía, Vaupés, Guainía, Vichada y el Chocó como potencialmente explotables.

El fallo se dio después de que 15 consejos comunitarios campesinos, en compañía de la ONG Tierra Digna, interpusieran una tutela. La Corte argumentó en la sentencia que: “Considera esta sala que el Ministerio de Minas y Energía y la Agencia Nacional minera vulneraron los derechos fundamentales a la consulta previa, al territorio, a la diversidad étnica y a la participación ciudadana de las comunidades demandantes”.

Pero esta no es la única decisión que este año ha tomado la Corte sobre la minería en Colombia. Ya a finales de mayo, expidió otra sentencia en la que determina que gobernadores, alcaldes y concejos pueden decir no a proyectos mineros en sus territorios así el Gobierno Nacional no esté de acuerdo. (Lea aquí: Corte Constitucional determinó que los entes territoriales podrán prohibir actividades mineras).

Esto se dio después de que dos estudiantes de la Universidad de Antioquia interpusieran una tutela, argumentando que la prohibición a entes territoriales de negarse a proyectos mineros vulneraba el principio de autonomía territorial.

La ratificación de la ley Rosa Elvira Cely

(Lea aquí: Corte Constitucional dejó en firme la ley "Rosa Elvira Cely").

La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó, a principios de junio, la ley 1761 de 2015, también conocida como ley Rosa Elvira Cely, que había sido sancionada por el presidente en julio de 2015. De esta manera, el alto tribunal declaró como constitucional el delito de feminicidio.

Pero no solo reafirmó su tipificación, que aumenta las penas entre 20 y 41 años, sino que al ser un delito autónomo permite sanciones por discriminación de género. En esta misma línea, se amplió su alcance y la ley pasó a cobijar también ataques por motivos de identidad de género, incluyendo, entonces, a las personas transgénero.

La ley fue demandada en febrero de este año por un ciudadano quien consideró que eran confusos los elementos que configuran un feminicidio, además de vulnerar los principios de legalidad y de debido proceso.

El sí de la Corte al matrimonio igualitario

(Lea aquí: Preguntas claves para entender decisión de la Corte que dijo sí a matrimonio igualitario).

En abril, el alto tribunal aprobó el matrimonio civil entre personas del mismo sexo. Además, declaró que ni los jueces podrán negarse a realizarlos. Al respecto, el magistrado Alejandro Rojas dijo en su ponencia que la decisión se tomó como una medida contra la discriminación a esta “minoría sexual en Colombia en términos de dignidad humana, libertad e igualdad para contraer matrimonio en las mismas condiciones que usualmente lo celebran las parejas heterosexuales”.

Con esta medida, se abrió la posibilidad para que las parejas homosexuales eligieran entre la unión libre y el matrimonio civil. Este, además, permite que accedan de manera automática a los mismos derechos (y deberes) de las parejas heterosexuales casadas.

Este fallo fue la solución a la negativa del Congreso de la República para legalizar el matrimonio civil entre personas del mismo sexo, pues, en 18 oportunidades el proyecto de ley fracasó.

Por Leonardo Botero

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