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Más acceso a permisos y a prisión domiciliaria: propuesta de Minjusticia para crisis carcelaria

Esta cartera acaba de presentar un proyecto de ley para mejorar la situación en las cárceles y la política criminal del país. Proponen además mejorar el sistema de salud y la situación de los presos en situación de discapacidad y madres y padres solteros.

Redacción Judicial
23 de septiembre de 2016 - 03:00 a. m.
La Corte Constitucional ha declarado en dos ocasiones que la situación de las cárceles de Colombia es inconstitucional. / Archivo
La Corte Constitucional ha declarado en dos ocasiones que la situación de las cárceles de Colombia es inconstitucional. / Archivo
Foto: El Espectador - DAVID CAMPUZANO 2012

Que el hacinamiento en las cárceles es desmesurado. Que el sistema de salud para los presos es deficiente. Que no hay beneficios de reducción de penas ni programas sociales para los reclusos. Que no existe política de resocialización. Que la situación de los presos en Colombia, por su constante violación de los derechos humanos, alcanzó el estado de cosas inconstitucional. Que se trata de una emergencia humanitaria. Que la cárcel no sirve para nada. Estos son algunos de los reproches que reciben desde hace muchos años el sistema penitenciario y la política criminal en Colombia y que el Ministerio de Justicia quiere acabar de tajo. (Lea más sobre la crisis en el sistema de salud carcelario)

El Ministerio busca tener, de una vez por todas, un sistema integral ajustado a la realidad del país. Para hacerlo, la cartera que dirige Jorge Londoño Ulloa, con apoyo del representante del Polo Democrático Víctor Correa, acaba de presentar un proyecto de ley en el Senado que podría ser fundamental para tratar de resolver uno de los más graves problemas del sector justicia. Se trata de un documento de 179 páginas radicado en el Congreso el pasado 20 de septiembre, que incluye las inquietudes y recomendaciones de reclusos de varias cárceles y contiene 59 cambios para la ley que rige desde 2014 la situación carcelaria en Colombia. (Lea aquí más información sobre el pronunciamiento más reciente de la Corte Constitucional)

La más importante, y quizás polémica de todas, es la que tiene que ver con los beneficios y las medidas alternativas al encarcelamiento a los que hoy los presos no tienen fácil acceso —según el Ministerio, el 57 % de los reclusos no los reciben—. De acuerdo con el Gobierno, que más reclusos tengan acceso a permisos de salida de 72 horas, que paguen su pena por fuera de una cárcel y que se beneficien con la suspensión de la condena una vez cumplan ciertos requisitos sería de gran ayuda para reducir las cifras de sobrepoblación carcelaria, que ronda el 53 %, pero, sobre todo, para cumplir con el fin esencial de los castigos en la cárcel: la reinserción social.

“La propuesta no puede interpretarse como una forma de permitir la libertad a personas peligrosas para la comunidad o que requieren de un tratamiento penitenciario”, aclara el proyecto de ley, pues su principal objetivo es modificar la larga lista de delitos que están excluidos de este tipo de beneficios. De aprobarse la iniciativa, personas que hayan cometido delitos como extorsiones, secuestros, hurtos agravados, concierto para delinquir agravado, acoso sexual, inducción a la prostitución, tráfico de migrantes, porte de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas, entre muchos otros, podrán beneficiarse de una condena en prisión domiciliaria, por ejemplo.

Para hacer el cambio de la lista de delitos, el Ministerio asegura que por ningún motivo se modificarán los hechos delictivos de mayor gravedad, particularmente aquellos que atentan contra la libertad y la formación sexual, la vida e integridad personal de niños y adolescentes, y otros que tienen que ver con graves afectaciones a los derechos humanos, como el genocidio, la tortura, la desaparición forzada, entre otros. Para conseguir beneficios, hoy las reglas están claras: primero, un juez deberá estudiar en profundidad cada caso; los presos tendrán que haber cumplido un porcentaje de su condena y haber participado en actividades y trabajos dentro de la cárcel.

Otro de los puntos más importantes del proyecto es el cambio en la política que tiene que ver con las mujeres condenadas por delitos de drogas. De acuerdo con los datos del Inpec, de las 7.479 mujeres privadas de la libertad, 4.115 lo están por este tipo de acciones ilegales y sólo 2.866 han sido condenadas; el resto están detenidas preventivamente. Para la Corte Constitucional y varias organizaciones de derechos humanos, esta población carcelaria requiere ser tratada bajo condiciones especiales, pues no hay que olvidar que se trata de mujeres “cuidadoras y proveedoras” que, en la mayoría de los casos, acuden al mercado de las drogas para suplir las necesidades de sus familias.

Por eso, el Ministerio de Justicia propone que se les suspenda la pena a aquellas que han sido condenadas por primera vez por este tipo de delitos y que se estudie la posibilidad de que puedan cumplir su sentencia por fuera de una cárcel, en caso de que de ellas dependan adultos mayores, personas en condición de discapacidad o niños. A este tipo de beneficios, dice el proyecto de ley, también podrán acogerse personas con enfermedades graves que requieran tratamientos o hábitos especiales, padres o madres cabeza de familia o adultos de más de 60 años.

El proyecto de ley también propone mejoras al sistema de salud en las cárceles,  como la presentación del Modelo de Atención en Salud para la Población Privada de la Libertad, en el cual ya trabajan el Inpec, la Fiduprevisora, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) y los ministerios de Salud y Hacienda, y un restablecimiento entre las acciones desde las autoridades territoriales y las que se encuentran en Bogotá que, asegura el proyecto, han permanecido completamente desarticuladas desde hace varios años. (Lea aquí más información sobre el proceso para la implementación Modelo de Atención)

“El Ministerio de Justicia espera que las medidas cuya adopción se propone contribuyan a mejorar las condiciones de vida digna en las prisiones”, pero señala que esas medidas no van a ser suficientes para superar el estado de cosas inconstitucional que la Corte Constitucional ha decretado ya en dos ocasiones. “La reforma es un paso en la dirección correcta, que deberá sumarse a muchos otros esfuerzos que se están haciendo en la búsqueda de ese propósito”, concluye el ministro Londoño.

Por Redacción Judicial

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