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Medellín no deberá disculparse por violencia paramilitar en la ciudad

Así lo estableció la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia tras revisar un fallo de la Sala de Justicia y Paz de Medellín.

Redacción Judicial
25 de octubre de 2016 - 12:55 a. m.
Medellín no deberá disculparse por violencia paramilitar en la ciudad

Tras revisar el fallo que emitió la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín el 24 de septiembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia acaba decirle a la Alcaldía de Medellín, entre otros actores, que no es necesario que pida disculpas por su accion y/o omisión en los hechos violentos que perpetró el bloque Cacique Nutibara de las Autodefensas, en cabeza de Diego Fernando Murillo alias Don Berna, especialmente los ocurridos en la Comuna 13.

La decisión fue tomada luego de estudiar la sentencia del Tribunal de Medellín en el que de se ordenaba al ministro de Justicia, en nombre del Estado, a los alcaldes de Medellín e Itagüí, y al director y los comandantes de la Policía, a que "reconocieran la responsabilidad de sus instituciones por acción y/o omisión en los hechos cometidos por el Bloque Cacique Nutibara al mando de Diego Fernando Murillo Bejarano" y en la que además les solicitaban su compromiso para "desplegar todas las acciones y medidas necesarias para que esos hechos no vuelvan a repetir".

De acuerdo con el fallo de revocatoria de la Corte Suprema, si bien el contexto, que fue mencionado en el la sentencia de la Sala de Justicia y Paz, es un método de análisis orientado a establecer las causas y motivos del conflicto, el accionar del grupo delictivo, para identificar su estructura y a los máximos responsables, así como las redes de apoyo y financiación, este no es "un escenario ilimitado en el que funcionarios judiciales puedan declarar la responsabilidad de personas o instituciones no vinculadas debidamente al trámite”.

Por esa razón, el alto tribunal ordenó la modificación  "de los numerales 25 y 29 de la parte resolutiva del fallo en el sentido de aclarar que todas aquellas medidas de satisfacción y no repetición por medio de las cuales se imparten órdenes a las diversas autoridades estatales deben entenderse como exhortaciones para su cumplimiento, con excepción de las condenas al Estado y la alcaldía de Medellín y el mandato de pedir perdón, las cuales quedarán revocadas". 

Por Redacción Judicial

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