"Miembros de la Fuerza Pública son víctimas del conflicto armado": Consejo de Estado

El alto tribunal condenó a la Nación por la toma de las Farc a la base militar de Patascoy, Nariño, en diciembre de 1997.

Redacción Judicial
24 de octubre de 2014 - 12:19 p. m.
"Miembros de la Fuerza Pública son víctimas del conflicto armado": Consejo de Estado

El Consejo de Estado determinó que los miembros de la Fuerza Pública deben recibir la calificación como víctimas del conflicto armado interno, hecho que los hace merecedores de los beneficios de la Ley 1448 de 2011, más conocida como la ley de Víctimas.

Para el alto tribunal pese a que los uniformados estén prestando su servicio militar obligatorio, en ningún momento renuncian a su calidad de ser ciudadanos, hecho por el cual continúan siendo sujeto de protección por parte del Estado que debe velar para salvaguardar su integridad personal.

Para la Sala el concepto de ciudadano-soldado, que ha sido acogida convencionalmente y establece que el personal militar no queda excluido de las mínimas garantías reconocidas por la Constitución ni del respeto de sus derechos humanos, que son inherentes a toda persona por el hecho de su existencia y, por lo mismo, irrenunciables.

El Consejo de Estado indicó que “cualquier sujeto de derecho puede ser considerado como una potencial víctima –a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, del derecho internacional humanitario y derecho gentes- siempre que se concreten en él o sus familiares una conducta activa u omisiva constitutiva de una grave violación de Derechos Humanos o de Derecho Internacional Humanitario”.

Esta decisión se tomó tras la condena emitida contra la Nación por la muerte de tres miembros del Ejército Nacional en la toma realizada por las Farc contra la base militar del cerro de Patascoy, Nariño, registrada el 21 de diciembre de 19997. En la acción 10 soldados murieron, mientras que 18 fueron secuestrados por dicho grupo armado ilegal. 

En este caso específico se determinó que recae una responsabilidad directa sobre el Ejército Nacional por los hechos ocurridos en la base militar, puesto que pese a que a los testimonios de los pobladores permitían inferir la proximidad de un ataque guerrillero no se tomaron las medidas necesarias para prevenirlo, desprotegiendo tanto a la población civil como a los militares que se encontreban en la base. 

Se resalta además que tampoco fueron trasladadas a la zona personal capacitado, pues algunos de los jóvenes que se encontraban en la base eran soldados incorporados al servicio militar obligatorio que no contaban con más de seis meses de experiencia. Además las condiciones de la base militar no eran las más adecuadas para los militares. 

Los soldados que se encontraban en dicha base, y cuyos testimonios fueron tenidos en cuenta en la demanda, calificaron el entorno como “inhumano”, pues se conocía el caso de soldados que murieron por hipotermia debido al frío extremo sin las condiciones para soportarlo. Además el acceso al cerro no era fácil, lo que dificultaba el suministro de provisiones y ocasionaba que se pasara el día sin comer; y el relevo no era oportuno, pues a este lugar solo llegaba un helicóptero que dejaba a las tropas a ocho horas de la base.

“El Estado estaba llamado a evitar los riesgos, debilidades y fallas que se cometieron en la Base Militar del Cerro de Patascoy, que permitió el ataque guerrillero, con el resultado funesto y desafortunado de todos los que resultaron víctimas del mismo, quienes debieron ser amparados como ciudadanos-soldados en sus derechos fundamentales y humanos. Fue, por lo tanto, la omisión protuberante, ostensible, grave e inconcebible del Estado de la que se desprende su responsabilidad, quien estaba en la obligación de ofrecer, por lo menos, una intervención proporcionada y adecuada a las circunstancias riesgosas creadas por el mismo", precisa uno de los apartes del fallo. 

El Consejo de Estado condenó al Ejército Nacional al pago de 920 millones de pesos para los familiares de las víctimas. Igualmente le solicitó a la Fiscalía que se investiguen las posibles violaciones de derechos humanos y a la Defensoría del Pueblo para que informe sobre investigaciones al respecto; y que se condene solidariamente a los entonces tenientes coronel responsables de la seguridad de la base.

Además exhortó al Gobierno Nacional a tomar las medidas del caso para que no se vuelvan a presentar las irregularidades detectadas en ese caso y para que acuda a instancias internacionales de protección de DD HH y DIH, si lo considera pertinente, para garantizar el derecho de las víctimas; Finalmente, ordenó un acto público de reconocimiento de responsabilidad, petición de disculpas y reconocimiento a las familias de los fallecidos.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar