Niegan libertad condicional al exministro Diego Palacio

El exfuncionario, que pidió que su sentencia por la Yidispolítica fuera revisada por la Jurisdicción Especial de Paz porque estaba relacionada con el conflicto, seguirá preso en el Cantón Norte.

Redacción Judicial
12 de mayo de 2017 - 08:21 p. m.
Diego Palacio, exministro de Protección Social. / Archivo
Diego Palacio, exministro de Protección Social. / Archivo

Luego del gran debate que generó la solicitud del exministro de Protección Social, Diego Palacio, de ingresar a la Jurisdicción de Paz (JEP) y recibir los beneficios argumentando que su condena por Yidispolítica estaba relacionada al conflicto, un juez de ejecución de penas le negó la libertad condicional. Palacio seguirá preso en el Cantón Norte de Bogotá y pagando la pena de seis años y seis meses de prisión que le impuso la Corte Suprema de Justicia en abril de 2015. (Lea: "Diego Palacio, Arias Cabrales y Jaime Uscátegui se acogen a la JEP")

Palacio solicitó el pasado 22 de marzo someterse a la JEP y recibir el beneficio de libertad transitoria, bajo el argumento de que los hechos por los cuales fue condenado estaban enmarcados en el conflicto armado.  Según la tesis que presentó, la reelección del expresidente Álvaro Uribe tenía como objetivo mantener la continuidad de la política de Seguridad Democrática, una estrategia con la que se dieron los golpes más contundentes a las Farc.

En la solicitud presentada ante el secretario de la JEP, Néstor Raúl Correa, el exministro manifestó que se le había violado el derecho al debido proceso y la defensa, que había sido condenado injustamente y que por esa razón “quienes buscaron un fortalecimiento de la institucionalidad con una política de gobierno fulminante en contra de los alzados en armas pueden ser considerados agentes del Estado para los fines desarrollados en la justicia transicional, el Acuerdo Final y la Ley 1820 de 2016, o Ley de Amnistía”. (Le puede interesar: "El inicio de la JEP: un gran debate")

De esa forma, Palacio buscaba acceder a la JEP bajo la figura de agente de Estado: “Si los beneficios de la JEP operan para los graves delitos cometidos con relación directa o indirecta y/o con ocasión de la lucha que se adelantaba en contra de los grupos armados ilegales, también deberían operar para los delitos ordinarios que tengan nexo directo o indirecto con esa lucha, más aún, cuando dichas conductas delictivas tuvieron como único sujeto pasivo al Estado y su régimen constitucional vigente y, según la misma Corte Suprema, no tuvieron ánimo de lucro”.

Al exministro Diego Palacio le queda aún tiene la oportunidad de que, ya escogidos e instalados los magistrados de la JEP, estudien su caso y decidan si la Yidispolítica estuvo o no relacionada con el conflicto. Palacio también aseguró que de ser aceptado aportaría nuevos elementos probatorios que demostrarían su inocencia. (Vea: “Mi solicitud a la JEP no es un asunto del uribismo”: Diego Palacio")

Por Redacción Judicial

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