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Niegan solicitud de libertad del excomandante paramilitar, alias 'El Iguano'

Se determinó que no ha cumplido con los compromisos establecidos en la ley de Justicia y Paz, principalmente los que tienen relación con la resocialización.

Redacción Judicial
11 de mayo de 2015 - 09:20 p. m.
El Espectador / El Espectador
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Un magistrado de la Sala de Justicia y Paz negó la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento presentada por la defensa del excomandante paramilitar del Bloque Fronteras de las AUC, Jorge Iván Laverde Zapata, alias ‘El Iguano’.

En su decisión, el magistrado consideró que pese a que el exjefe militar de las AUC en el departamento de Norte de Santander ya cumplió los ocho años de prisión establecidos en la ley de Justicia y Paz no ha cumplido con los requisitos establecidos en el tema de la resocialización.

En este sentido consideró que durante los años 2007 a 2011 no se tiene un solo registro que certifique cursos de resocialización, estudio o trabajo del exjefe de las AUC, hecho por el cual no se cumplen los requisitos establecidos por la ley en este punto clave. “Desaprovechó los programas del Inpec y el Ministerio de Justicia destinados a los desmovilizados”.

“Fueron cinco largos años sin mostrar empeño para resocializarse estando privado de la libertad, y no por una conducta sino por 1.500 incursiones delictivas entre los que se encuentran gravísimos atentados contra los derechos humanos y el derecho internacional humanitario”, precisó.

Ante esto se reseña además que solamente existen “escasos tres años de preparación académica”, un curso de derechos humanos y otro de derecho internacional humanitario a partir del 2013 hasta la fecha. “Es suficiente para concluir que se presentó un déficit en alto grado de acreditación resocializadora durante estos ocho años, el sitio de reclusión intramuros”.

“Prácticamente el interés por resocializarse surgen de 2012 y sin que al defensa dijera algo porque en el segundo semestre si el Ministerio de Justicia y del Derecho presentó un programa de resocialización para los desmovilizados, no existen compromisos para atender la enseñanza, apenas participó en el equivalente de un 24 % del programa. Fallando a todas las exposiciones o charlas sobre el componente del emprendimiento”, indicó.

Igualmente se determinó que durante la solicitud no se cumplió el componente de verdad puesto que no se entregaron documentos para inferir cuál fue la verdadera participación o contribución del procesado en todo el fenómeno paramilitar en el departamento de Norte de Santander. “No se nos informó nada”.

“¿Quiénes fueron los beneficiarios directos de las incursiones paramilitares en esos 1.500 hechos confesados? No se aproxima una información tendiente a ilustrar sobre esto en relación con Laverde Zapata”, precisó el magistrado al considerar que ni la Fiscalía, ni la Procuraduría y tampoco las víctimas dieron datos sobre qué fue lo pasó en verdad.

Tampoco se presentaron informes pendientes sobre la información documental de la eficaz colaboración en el proceso de esclarecimiento de la verdad de las actividades delictivas cometidas por ‘El Iguano’ durante su permanencia en dicho bloque armado ilegal pese a que haya participado en 90 versiones libres.

En esas diligencias el postulado denunció 1.495 hechos perpetrados por el Bloque Catatumbo de las AUC, se le imputaron 1.393 hechos, por 912 fue cobijado con medida de aseguramiento y se acumularon 205 hechos con sentencia condenatoria parcial. En este proceso se acreditó que el máximo comandante del Bloque Catatumbo ya entregó los bienes para el proceso de reparación de víctimas.

Según la defensa del postulado en el proceso de justicia transicional colaboró activamente con las autoridades entregando detalles sobre más de 1.500 acciones delictivas en diferentes municipios de Norte de Santander y en la zona fronteriza. Además no registra imputaciones dolosas por hechos cometidos después de su desmovilización.

Aseguró que existen además reportes de buena conducta del excomandante paramilitar quien se encuentra privado de su libertad en una cárcel de Itagüí (Antioquia). Además de la entrega de bienes en el proceso de reparación de las víctimas de las actividades delictivas de dicho bloque comandando por Salvatore Mancuso Gómez.

Sin embargo, en este punto de buena conducta se consideró que los documentos allegados no cumplen con los requisitos exigidos por lo que se pidió una aclaración sobre las diferentes certificaciones faltantes de ‘El Iguano’ en su permanencia en diferentes centros carcelarios y penitenciarios.

Por estas falencias, el magistrado compulsó copias ante la Fiscalía y la Procuraduría General para que se investiguen estas irregularidades puesto que en este caso un funcionario expidió certificados de buena conducta sin que eso fuera de su competencia. La defensa del exparamilitar y el postulado presentaron recurso de reposición. 
 

Por Redacción Judicial

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