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No existe un fuero disciplinario para las Fuerzas Militares: Consejo de Estado

Para el alto tribunal la Constitución Política no creó una autoridad especial encargada del procesamiento de los uniformados.

El Espectador
28 de octubre de 2013 - 11:42 a. m.
No existe un fuero disciplinario para las Fuerzas Militares: Consejo de Estado

La Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró que la Constitución Política de Colombia no creó un fuero especial para los miembros de las Fuerzas Armadas que sean investigados por las faltas que cometan durante el ejercicio de su actividad.

El tribunal de lo contencioso administrativo determinó que no existe de una autoridad especial encargada de el procesamiento disciplinario de los uniformados por lo este tipo de investigaciones deben ser adelantadas por las autoridades militares (cuando se trata de hechos ordinarios) y la Procuraduría General (cuando son extraordinarios).

Esta decisión se tomó al dejar en firme la sanción impuesta por la Procuraduría General al coronel (r) del Ejército Nacional, Roberto Charry Solano, procesado por un operativo militar en el cual murió el teniente, José Simón Talero Suárez en hechos registrados el 14 de julio de 1999, en Bogotá.

El militar murió como consecuencia de un impacto de bala cuando conducía un automóvil particular en la zona de Puente Aranda, mientras se desarrollaba un supuesto operativo militar contra el tráfico de armas, el cual era dirigido por el coronel Charry como Comandante del Batallón de Artillería No. 13 del Ejército Nacional.

Al momento de su muerte, el teniente se encontraba privado de la libertad en el Batallón de Policía Militar No. 13 de Bogotá, ya que era procesado penalmente por encubrimiento de una operación de tráfico de estupefacientes.

En la determinación se rechazaron los argumentos de la defensa del procesado, al considerar que no se le violó el derecho al debido proceso puesto que pese a que la sanción fue emitida por la Procuraduría y no por una autoridad disciplinaria militar no existe un fuero disciplinario especial para los miembros de la Fuerza Pública.

En la decisión se llamó la atención sobre el hecho de que el uniformado solamente fuera sancionado por dos conductas graves y no por todas las demás irregularidades detectadas en el proceso, “teniendo en cuenta que son claras las mentiras del Coronel Charry en sus declaraciones”.

Además, el Consejo de Estado consideró grave que para la fecha en la que se adoptó esta decisión, casi 15 años después de ocurridos los hechos, todavía no exista claridad alguna sobre lo que realmente sucedió, sobre el entramado delictivo alrededor del cual se urdió la operación en la que murió el Teniente Talero, sobre los verdaderos intereses que estaban de por medio en estos confusos acontecimientos, ni sobre las reales dimensiones del tráfico de armas al que se asociaron los hechos o sus partícipes al interior de la institución castrense.

"Por lo tanto, la muerte del Teniente Talero continúa sin resolver, así como los reclamos de sus familiares por conocer la verdad. Se sabe quién fue el que materialmente lo asesinó -el señor Gastón Sánchez, quien se unió a las AUC y cuyo destino actual se ignora-, pero se desconocen las circunstancias y causas verdaderas que rodearon su muerte", indica la sentencia.

El proceso

En la investigación de la Fiscalía se pudo establecer que quien disparó fue el Capitán Gastón Sánchez, otro miembro del Ejército que participó en el referido operativo y que, según informaciones oficiales, tiempo después se unió a las Autodefensas, luego de ser condenado penalmente por la muerte del Teniente Talero.

Así mismo se logró establecer que en el operativo también participaron Hernando Medina Camacho y Justo Gil Zúñiga Labrador, dos personas que se encontraban judicializadas y privadas de la libertad en el Batallón de Artillería No. 13 del Ejército por el homicidio del Senador Manuel Cepeda.

Las múltiples irregularidades que se presentaron en este operativo llevaron a la Procuraduría General a sancionar al Coronel Charry Solano con la separación absoluta de las Fuerzas Militares en el 2004, decisión que fue demandada por la defensa del oficial al considerar que se violó el debido proceso.

 

Por El Espectador

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