Publicidad

“No pidieron investigar al expresidente Uribe”: abogado Jaime Lombana

Aseguró que esa afirmación es falsa, pues, el juez lo único que hizo fue compulsar la sentencia a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes a título informativo.

Redacción Judicial
28 de julio de 2016 - 04:11 p. m.
Álvaro Uribe Vélez, senador de la República.  / Archivo
Álvaro Uribe Vélez, senador de la República. / Archivo

El defensor del senador Álvaro Uribe explicó que la decisión del juez fue enviar "a título informativo" la sentencia a la Comisión de Acusación, donde se investiga a Uribe por el tema de las chuzadas en el DAS durante su gobierno.

Luego de que se conociera la sentencia contra el exsubdirector del DAS José Miguel Narváez por las interceptaciones y seguimientos ilegales que se le hicieron a periodistas, ONG y defensores de derechos humanos entre 2003 y 2005, el abogado de víctimas en este caso, Luis Guillermo Pérez, aseguró que se le habían compulsado copias al expresidente Álvaro Uribe Vélez. Es decir, que el juez pedía que Uribe fuera investigado. Sin embargo, el abogado del hoy senador del Centro Democrático, Jaime Lombana, aseguró que esa afirmación es falsa, pues el juez lo único que hizo fue compulsar la sentencia a la Comisión de Acusaciones de la Cámara  de Representantes a título informativo.

En la sentencia contra Narváez por la creación ilegal del grupo de espionaje G-3 se lee: “Como quiera que por estos hechos se ha establecido que la ilegal actividad de inteligencia del DAS iba dirigida al Gobierno Nacional, que para entonces estaba presidido por el doctor Álvaro Uribe Vélez, por mandato del artículo 40 del decreto 643 de 2004, sin que se haya determinado –en este proceso– su conocimiento y participación de las ilicitudes en la recolección de información de inteligencia estratégica ilegalmente obtenida, este despacho al respecto sigue el criterio establecido por el Tribunal Superior de Bogotá en el sentido de que al existir procesos abiertos contra el expresidente se remitirán copias de este fallo con destino a las autoridades competentes”.

Según Lombana, la decisión del juzgado especializado no significa ninguna compulsa de copias porque esa es una “figura jurídica que se presenta cuando un juez considera que hay razones para que se investigue a otra persona no vinculada dentro de su decisión. La sentencia mencionada se limita a decir que como conoce que existen diligencias preliminares que se adelantan en la Comisión de Acusación, se le envíe a título informativo una copia de la sentencia del señor Narváez, insisto, solamente a título informativo. Eso no constituye jamás una compulsa de copias”.  

Cabe recordar que en la Comisión de Acusación se adelanta una investigación contra el expresidente Uribe por las irregularidades que se presentaron durante su mandato en el extinto DAS. En el expediente reposan las declaraciones que permitieron la condena contra Narváez por los seguimientos ilegales a quienes no eran afines a su gobierno. La investigación intenta determinar la responsabilidad que pudo tener Uribe en las acciones ilegales en el organismo de inteligencia, pues dependía de las órdenes que él diera como presidente.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar