Publicidad

Otra faceta del conflicto armado

Más allá de autorizar el bombardeo del clan Úsuga, los Puntillos y los Pelusos, la directiva 15 del Ministerio de Defensa admite que la lucha contra estos grupos se ha convertido en una situación de conflicto interno.

María Paula Rubiano
07 de mayo de 2016 - 04:33 a. m.
De ahora en adelante, las Fuerzas Militares podrán realizar operativos de manera autónoma contra las bacrim.  /EFE.
De ahora en adelante, las Fuerzas Militares podrán realizar operativos de manera autónoma contra las bacrim. /EFE.
Foto: EFE - Federico Rios

La directiva 15 del Ministerio de Defensa cambió de manera tajante las armas con las cuales el Gobierno intenta acabar con los grupos armados organizados (GAO), hasta el pasado jueves denominados bandas criminales (bacrim). A partir de ese día, el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, anunció que para frenarlos el Estado usará la misma fuerza letal —bombardeos, lanzamiento de misiles y todo tipo de acciones— que sus Fuerzas Militares han utilizado contra guerrillas y paramilitares. Con esta decisión, el Gobierno admite implícitamente que contra el clan Úsuga, los Puntillos y los Pelusos no existe una simple persecución, sino que la guerra en su contra es parte del conflicto armado interno.

Orlando Gómez, profesor de derecho penal de la Universidad Libre, afirma que la alternativa por la cual ha optado el gobierno de Juan Manuel Santos “está prevista en los Convenios de Ginebra, que reconoce la existencia de conflicto armado cuando hay grupos armados organizados (GAO)”, cuya definición es la misma que hace el Ministerio de Defensa en la directiva: grupos que tienen un mando unificado, la capacidad de llevar a cabo operaciones coordinadas y sostenidas en el tiempo y la capacidad logística para reclutar, entrenar y aplicar una disciplina interna a los combatientes, así como proveerlos de armas de distinto tipo. Según Gómez, redefinir las bacrim como GAO permite aplicar el derecho internacional humanitario (DIH) en toda su extensión.

Gómez señala que, contrario a lo que podría pensarse, aceptar que existe un conflicto armado contra los GAO no implica otorgarles un estatus político, que es justo lo que el Gobierno les ha venido negando de manera enfática. El jurista explica que la exigencia del conflicto depende exclusivamente de la capacidad armada de los actores. Para Alejandro Sánchez, exmagistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia, es evidente que se envía un mensaje de que se les está considerando “actores relevantes dentro del conflicto. Esta gente no es delincuente, porque al delincuente se le procesa para capturarlo, mientras que al actor armado, al enemigo militar, se le combate, y el combate no es con vías judiciales sino con vías militares. Esto parece indicar que ellos son leídos como enemigos”.

Esta postura frente a los GAO viene calando desde hace unos meses. El año pasado, el exfiscal Eduardo Montealegre expidió la directiva 003 de la Fiscalía, que autorizaba los bombardeos contra las bandas criminales. La decisión fue aplaudida por el ministro Villegas, pero también fue duramente cuestionada. En entrevista con este diario, el exfiscal de la Corte Penal Internacional, Luis Moreno Ocampo, señaló que el uso de toda la fuerza militar contra estructuras del narcotráfico podía abrir la puerta a más violencia, tal como ocurrió en México. Además señaló que con este tipo de autorización se desencadenarían tres consecuencias peligrosas.

La primera es que se plantea la pregunta sobre la legitimidad de estas acciones. El DIH es un marco normativo restrictivo, no una “licencia para matar”. Cabe preguntarse si alias Otoniel, a pesar de ser narcotraficante y criminal, no tiene derecho al debido proceso y si sus crímenes son tan graves como para que su derecho a la vida sea puesto en cintura. El abogado y exmagistrado de la Corte Suprema Jaime Cuéllar zanja la cuestión y asegura que el Estado no sólo tiene el derecho sino la obligación constitucional de emplear todas las formas posibles para que las personas no sigan cometiendo delitos y que, en este caso, el uso de la fuerza letal se justifica por el riesgo y peligro que representan estos grupos para la sociedad.

Es más, hay quienes se preguntan por la legitimidad de la directiva. El exsenador Juan Lozano asegura que “sin autorización de la ley, el Ejército no puede bombardear civiles, así sean criminales organizados y narcos con armas largas como las bacrim. Por eso en 2013 yo propuse el proyecto de ley 1333, en el que le advertimos al Gobierno que debía habilitar instrumentos eficaces como las operaciones aéreas. El Gobierno mandó hundir el proyecto, aduciendo que no se requería y que violaba el DIH. Ahora, sorprendentemente, al mismo Gobierno se le olvida lo que dijo”.

La segunda, que la muerte de civiles en el fuego cruzado contra los GAO podrá ser leída como “daños colaterales” del conflicto. Y la tercera es que los asesinatos de policías y soldados por parte de los grupos reconocidos como GAO podrán ser leídos como crímenes de guerra y ser juzgados dentro de esa legislación. Sánchez dice que “los Úsuga podrían insinuar un tratamiento especial, ellos dirán que sus actuaciones también reflejan una expresión de sus actuaciones militares dentro del conflicto, reclamarán que sus actuaciones sean vistas de manera proporcional a su enemigo”, una fuerza militar que los bombardea. Abrir esta puerta puede resultar peligroso, pues hay quienes plantean que, con tal de recibir un tratamiento dentro del DIH, puede pasar que los pequeños grupos se unan y demuestren, mediante el uso de la violencia y la fuerza, que también merecen un trato diferencial.

Las consecuencias que podrían tener los bombardeos para la población civil y las mismas Fuerzas Armadas son puntos a los que ni el Ministerio de Defensa ni las Fuerzas Militares se han referido. La gran pregunta que surge es si el Gobierno responderá con la misma vehemencia ante estas situaciones como la hará contra los grupos armados en el terreno de guerra.

Por María Paula Rubiano

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar