Publicidad

Parte civil pide ratificar condena de 30 años contra coronel Plazas Vega

En el escrito se pide rechazar los documentos presentados por la Procuraduría, con los que busca absolver al militar.

El Espectador
03 de mayo de 2012 - 06:59 p. m.

A lo largo de 130 páginas los abogados de los familiares de los desaparecidos del Palacio de Justicia  solicitaron a la Sala Penal de la Corte Suprema  que rechace la solicitud presentada en días anteriores por la Procuraduría General para que se absuelva al coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega.

De acuerdo con los juristas no deben tenerse en cuenta los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público en los cuales se pone "un manto de duda" sobre los llamados testigos claves que presentaron su declaración en el proceso contra el excomandante de la Brigada XIII.

Señalan que se deben mantener los argumentos tenidos en cuenta en primera instancia por el juzgado tercero especializado de Bogotá y en segunda por la Sala Penal del Tribunal Superior en los que se acusa al militar de participar en la desaparición de 11 personas señaladas de colaborar con el M-19.

“La Procuraduría en este caso ha invocado pruebas que no son ciertas”, precisó Jorge Molano, quien defiende los intereses de los familiares de los desparecidos, señalando que genera muchas dudas la posición que ha adquirido el Ministerio Público en este caso.

En la solicitud se señala además que el alto tribunal debe rechazar el recurso de casación presentado hace unos días, precisando que se debe ratificar la condena de 30 años en contra del militar por el delito de desaparición forzada agravada.

Igualmente se solicita que se ratifique la sentencia del Tribunal en la que se hace expresa manifestación sobre la detrminación respecto a que las Fuerzas Militares deben pedir perdón público por los hechos registrados el 6 y 7 de noviembre de 1985.

El pasado 17 de abril, ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, la Procuraduría General de la Nación presentó la demanda para que se absuelva al coronel en retiro Luis Alfonso Plazas Vega en el proceso en su contra por los desaparecidos del Palacio de Justicia, y cuya sentencia a 30 años de prisión fue confirmada en segunda instancia por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá el pasado 30 de enero.

Según el recurso jurídico presentado por el Ministerio Público, existen serias irregularidades en los testimonios y pruebas recolectadas durante el proceso contra el excomandante de la Escuela de Caballería que llevaron a que se le condenara por el delito de desaparición forzada por su participación en los hechos registrados el seis y siete de noviembre de 1985.

“El recurso extraordinario pretende que la Corte revoque la sentencia del Tribunal Superior, argumentado tres cargos: el principal, por violación indirecta de la ley sustancial al demostrarse errores de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba, que de no haberse incurrido por el Tribunal en los diversos falsos juicios denunciados, habría direccionado un fallo absolutorio a favor del procesado”, precisa la Procuraduría General de la Nación.

En el caso de los testigos se señala que la Corte Suprema debe omitir las pruebas como las grabaciones e interceptaciones presentadas por la Fiscalía en el proceso puesto que fueron “erróneamente examinadas” y que llevaron a que se emitiera una decisión tergiversada sobre la participación del coronel Plazas en el proceso de rescate de los rehenes del Palacio de Justicia.

“Llevaron al juzgador a suponer un rol preponderante que él no tuvo como comandante de las operaciones, como para atribuirle indebidamente la calidad de autor mediato en aparatos organizados de poder sin acreditarse, además, la sistematicidad y automaticidad propia de la figura jurídica que le fuera deducida”, aclara el Ministerio Público.

Igualmente se indica que en las dos decisiones anteriores presentadas por el juzgado tercero especializado de Bogotá y el Tribunal Superior de Bogotá tuvieron en cuenta los testimonios del cabo Edgar Villamizar Espinel, además de Tirso Armando Sáenz Acero y Cesar Augusto Sánchez los cuales, según la Procuraduría, “son testigos indirectos” por lo que no deben ser tenidos en cuenta.

En el recurso presentado ante el alto tribunal se señala además que se incurrió en una violación directa de la Ley sustancial por parte del Tribunal Superior puesto que se pronunció sobre aspectos que no fueron objeto de decisión en la primera instancia, como la imposición del acto público de perdón ordenado al Gobierno y al alto mando de la estructura militar para con la comunidad y las víctimas, entre otros.

De igual forma, se denunció la violación directa de la Ley por haber fallado parcialmente el Tribunal frente a 9 de los 11 desaparecidos ordenando continuar la investigación, “en lugar de haber absuelto al coronel, al no hallar acreditada la materialidad del delito como lo impone la normatividad vigente”.

Por último, el Ministerio Público señala en su escrito que excluida la prueba "que fue incorporada ilegalmente" y después de analizar de manera correcta todos los elementos procesales presentados durante el juicio se debe casar la sentencia y consecuentemente absolver al coronel Luis Alfonso Plazas Vega.

Por El Espectador

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar