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Piden investigar a jueza que absolvió a Aranguren

Para el alto tribunal, algunas declaraciones hechas por la jueza 10 penal de Bogotá, durante la lectura del fallo a favor del exdirector de la UIAF Mario Aranguren, pudieron constituir una falta a la neutralidad que debe demostrar todo juez.

Redacción Judicial
21 de julio de 2015 - 02:00 a. m.

En un fallo de 32 páginas, conocido por El Espectador, la Corte Constitucional compulsó copias para que el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá investigue a la jueza décima Penal de Bogotá, Magda Cecilia Artunduaga, por unas declaraciones hechas durante el proceso que terminó con la absolución del exdirector de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) Mario Aranguren Rincón y el exsubdirector de esa entidad Luis Eduardo Daza Giraldo, al no encontrar pruebas de su participación en el escándalo de las chuzadas. La Corte pide, igualmente, investigar a la fiscal que solicitó la absolución de los dos exfuncionarios.

Todo se remonta al 9 de octubre de 2013. Ese día, al referirse a la solicitud de la fiscal del caso de absolver a Aranguren y a Daza al no encontrar pruebas de su culpabilidad y antes de proferir su decisión, la jueza “utilizó expresiones como ‘gallardía, de mucha altura, valiente y profesional’ (…) Para la Sala, tales calificativos merecen ser aclarados, pues no se entiende si lo que merece elogios es la actitud de la fiscal, la alocución de la misma o su pedimento”, sostuvo la Corte.

Así lo dijo en un fallo en el que se refirió a una tutela interpuesta en contra de la jueza por el abogado y columnista Ramiro Bejarano y el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia César Julio Valencia Copete, porque en su criterio la funcionaria judicial violó sus derechos como víctimas de las chuzadas con el mencionado fallo absolutorio.

Según ellos, las expresiones usadas por la jueza fueron “absolutamente ilegales, pues privilegian a las partes, en este caso a los procesados”. En su criterio, no por el hecho de que la fiscal hubiera solicitado que se absolviera a los acusados, la jueza tenía que hacerlo.

La funcionaria judicial, por su parte, dijo que “no felicitó a la Fiscalía, sino que se tildó de ‘gallarda’ la posición adoptada por el ente acusador, pues no es común que después de una ardua labor de investigación y al haber formulado acusación, se solicite la absolución de los procesados”.

La Corte, pese a pedir que se investigue a la jueza, le dijo no a la tutela por una razón muy sencilla: porque hay otras medidas judiciales para que se revise este cuestionado fallo, como la apelación o la casación. Y que sería el juez de instancia quien diría si la actitud de la jueza fue “carente de objetividad y neutralidad”.

En su momento, a Aranguren y a Daza se los acusó por supuestamente haber hecho parte de la empresa criminal que persiguió a líderes de oposición, periodistas y magistrados durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, puntualmente de haberle entregado al DAS información de los movimientos financieros de algunas de estas personas.

Aranguren fue sancionado –junto a la exdirectora del DAS María del Pilar Hurtado, el exsecretario general de Presidencia, Bernardo Moreno y una larga lista de exfuncionarios del DAS y la UIAF– con 18 años de inhabilidad por la Procuraduría en 2010. Aranguren siempre ha sostenido que no hizo nada ilegal y esa fue, al final, la conclusión tanto de la Fiscalía como de la jueza décima. No obstante, las víctimas de las chuzadas siguen creyendo que Aranguren sí tuvo algo que ver.

Por Redacción Judicial

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