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Policía de tránsito sí puede inmovilizar un vehículo

La Corte Constitucional dijo que la potestad de un agente de llamar una grúa para inmovilizar un carro no va en contra de ningún derecho de los ciudadanos.

Redacción Judicial
07 de julio de 2016 - 09:51 p. m.
Policía de tránsito sí puede inmovilizar un vehículo

Dentro del Código de Tránsito existe un artículo que le da la potestad a los agentes de tránsito de ordenar el levantamiento de un vehículo cuando se encuentra parqueado en un sitio prohibido o cuando está bloqueando el tránsito de otros carros.

Esta norma, incluida en 2002, fue demandada por un ciudadano al que le inmovilizaron su automotor y que en su defensa, dijo que la medida de llamar a una grúa para inmovilizar el carro sin el consentimiento de su dueño, resultaba una violación del derecho al debido proceso. Hasta la Corte Constitucional llegó este caso que acaba de fallarse en contra del ciudadano.

La demanda que estudió el alto tribunal decía que la norma de que una grúa puede levantar un vehículo debía ser retirada del Código o por lo menos, declarara una serie de condiciones para poder aplicarse. Entre ellas, el ciudadano que presentó la demanda dijo que la infracción solo se podía impartir después de que la persona que supuestamente convierte la trasgresión, explica por qué parqueó en un sitio prohibido y además tiene el espacio adecuado para defenderse.

De acuerdo con los planteamientos del alto tribunal, no existe ninguna violación de los derechos si un policía decide llamar a una grúa para inmovilizar un vehículo. En una votación de ocho votos contra uno, la mayoría de los magistrados encontraron que no era excesivo que las autoridades se encarguen de vigilar que las condiciones para el tránsito de carros y peatones en el espacio público sea óptima.

Por Redacción Judicial

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