Procuraduría le da la razón a Uribe: podía votar las objeciones a la JEP

El Ministerio Público consideró que habían cambiado los hechos en la discusión de las objeciones a la JEP frente a los impedimentos que presentó el senador del Centro Democrático cuando se discutía la ley estatutaria del tribunal transicional. Ahora será el Consejo de Estado el que definirá el futuro de la curul del expresidente.

Redacción Judicial
15 de julio de 2019 - 02:47 p. m.
El Ministerio Público consideró que el senador Álvaro Uribe no había violado el régimen de inhabilidades al participar de las discusiones sobre las objeciones a la JEP / El Espectador
El Ministerio Público consideró que el senador Álvaro Uribe no había violado el régimen de inhabilidades al participar de las discusiones sobre las objeciones a la JEP / El Espectador

En la mañana de este lunes estaba citado el senador Álvaro Uribe Vélez a audiencia en el Consejo de Estado para estudiar la demanda de pérdida de investidura, presentada por Andrés Zalamea, por haber participado en el Senado en las discusiones sobre las objeciones de la JEP cuando, supuestamente, estaba impedido. El expresidente no se presentó y en su lugar estuvo el abogado Hollman Ibáñez.

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En una diligencia que no duró más de 30 minutos, la Procuraduría se pronunció a favor del senador y líder del Centro Democrático. Para el Ministerio Público, “no podría considerarse que se violó el régimen de inhabilidades e incompatibilidades” ya que no existían las razones del impedimento presentado por el expresidente ante el Senado en 2017 para el momento de las discusiones de las objeciones a la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz (JEP), este año.

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Según el concepto, el Senado había levantado el impedimento presentado por Uribe ya que dentro del texto de la ley estatutaria objetado por Iván Duque ya no existía la posibilidad de que los expresidentes fueran procesados por la JEP. Este artículo había sido tumbado por la Corte Constitucional durante la revisión del proyecto aprobado a través del mecanismo de fast track.  

De igual manera, el Ministerio Público consideró que dentro de la demanda interpuesta por Zalamea no existían las pruebas suficientes que demostraran que existiera “un conflicto de intereses de lo que estaba ocurriendo en el Congreso”. Según lo dicho por el procurador número 5, Rodrigo Bustos, el expresidente no habría tenido intereses directos dentro de las objeciones que se estaban discutiendo en el Senado. 

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De la misma manera, la Procuraduría desechó la tesis de que el líder del partido de gobierno estaba inhabilitado cuando se discutió el orden del día en el que la oposición elevó a primer tema las objeciones.  En este debate, el expresidente sí participó en reiteradas ocasiones antes de que le fuera levantado el impedimento, pero, de acuerdo con el Ministerio Público, este es un “trámite parlamentario no legislativo”.

El defensor Hollman Ibáñez secundó lo dicho en el concepto emitido por el ente de control. “No se puede decir que el senador Álvaro Uribe Vélez estaba incurso en el régimen de inhabilidades”, declaró el abogado, quien agregó: “No se aportó una prueba del interés directo e inmediato del Senador Uribe”. De igual manera, calificó de “malintencionado” y “falto a la verdad” el escrito presentado en contra de su cliente, ya que, a consideración del Ibáñez, el escenario de los impedimentos presentados por Uribe Vélez sí había cambiado, contrario a lo que afirmaba el demandante.

La demanda de pérdida de investidura en contra de Álvaro Uribe se presentó en el Consejo de Estado luego de que el expresidente participara de las votaciones que hundieron las objeciones presidenciales en el Senado. En ese momento, el ciudadano Andrés Zalamea consideró que el expresidente estaba imposibilitado para deliberar y votar ya que en 2017 se había considerado impedido para votar la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz.

Ya en un primer momento, cuando la demanda había sido admitida por el Consejo de Estado, Uribe Vélez aseguró que las condiciones por las que se había declarado impedido habían cambiado, tal cual lo repitió su defensor en la audiencia de este lunes. De acuerdo al exmandatario, no existían los motivos que adujo para no participar del debate en ese entonces: la Corte Constitucional ya había negado la posibilidad de que la JEP “retuviera información sobre quienes han ejercido el cargo de presidente” y nunca fue aceptada su condición de víctima, como él pretendía.

Por Redacción Judicial

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