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Procuraduría formuló pliego de cargos contra dos mayores del Ejército por caso Tolemaida

El Ministerio Público determinó que se presentaron irregularidades en el centro de detención para miembros de la Fuerza Pública.

Redacción Judicial
03 de julio de 2015 - 12:55 p. m.
Procuraduría formuló pliego de cargos contra dos mayores del Ejército por caso Tolemaida

La Procuraduría General llamó a juicio disciplinario a los mayores del Ejército Nacional, Luis Carlos Burbano López y César Augusto Ramos Boitía por las irregularidades que se presentaron en el centro de detención en la base militar de Tolemaida.

Los oficiales habrían participado en la entrega de beneficios a los militares que se encontraban recluidos allá, algunos de ellos procesados por los denominados “falsos positivos”, por lo que se consideró que el centro de reclusión parecía más un resort.

En la investigación se pudo establecer que los dos mayores, quienes fungieron como directores del penal entre los años 2010 y 2011, permitieron visitas en horas no autorizadas, salidas de los procesados de manera injustificada y la realización de negocios.

“Se constató que varios militares en retiro en distintas oportunidades no estaban recluidos en las celdas acondicionadas para mantener bajo custodia a los integrantes del Ejército que han sido enjuiciados por la justicia”, precisa uno de los apartes de la decisión.

En este punto se determinó que los militares permanecían en cabañas ubicadas en la base militar destinadas para el descanso de los oficiales y de sus familias. Además pernoctaban en las casas fiscales sin contar con los requisitos para permanecer en allí.

Igualmente, tras la recolección de pruebas y testimonios, se verificó que los militares recluidos tenían visitas en días y horarios por fuera de los establecidos, por lo que se concluye que existió una permisividad por parte de los mayores.

Se encontró que los mayores Juan Carlos Rodríguez y César Augusto Maldonado, condenados a 40 y 35 años de prisión, respectivamente, recibieron los mayores beneficios, puesto que incluso salieron del centro de reclusión sin justificación alguna y visitas extendidas.

Rodríguez fue sentenciado por los delitos de concierto para delinquir, tortura en persona protegida, secuestro, praude procesal y concierto para delinquir. Mientras que Maldonado fue condenado por homicidio agravado en calidad de tentativa.

Sin embargo esto no fue impedimento para que salieran por semanas, incluso, del centro de reclusión, sin vigilancia de los directores del centro de reclusión. A otros internos se les permitió adelantar tareas productivas dentro de la misma base, lo cual no está autorizado.

“Se dio autorización para que algunos internos implementaran cultivos de plátano, con sus propios recursos e insumos, constituyéndose en una actividad con ánimo de lucro totalmente prohibida”, señala el documento de 45 páginas.

En este sentido la Procuraduría consideró que con este tipo de actuaciones se vulneraron los principios de la función pública en el desarrollo del cargo, la administración, moralidad, transparencia y responsabilidad.

Por Redacción Judicial

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