Rechazan, por segunda vez, hábeas corpus a “Jesús Santrich”

El magistrado Rigoberto Echeverri, de la Sala Laboral de la Corte Suprema, confirmó la competencia que tiene la Fiscalía para mantenerlo detenido y descartó, también, que el exjefe guerrillero tenga fuero como congresista.

Redacción Judicial
17 de agosto de 2018 - 09:17 p. m.
Jesús Santrich, exlíder de la guerrilla de las Farc, es pedido en extradición.   / Archivo
Jesús Santrich, exlíder de la guerrilla de las Farc, es pedido en extradición. / Archivo

Por segunda vez, la Corte Suprema de Justicia negó la libertad a Jesús Santrich, pedido en extradición por la justicia de Estados Unidos. La decisión la tomó este viernes el magistrado Rigoberto Echeverri, de la Sala Laboral, al negar un hábeas corpus interpuesto por un veedor ciudadano quien argumentó, entre otras cosas, que el exlíder guerrillero estaba detenido ilegalmente. (En contexto: Corte Suprema negó la libertad a "Jesús Santrich")

El magistrado Echeverri consideró que la competencia para mantenerlo retenido recae en la Fiscalía General. “Las solicitudes de libertad deben ser decididas por el propio fiscal general de la nación (…) hasta tanto la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz defina si el detenido es beneficiario de la garantía de no extradición, en función de la fecha de ocurrencia de los hechos indagados, o la Corte Suprema de Justicia, en la etapa judicial del trámite de extradición, decida lo pertinente”, precisó la Corte Suprema.

El magistrado de la Sala Laboral también tuvo en cuenta que el exjefe guerrillero no se posesionó como congresista, el pasado 20 de julio, por lo que no tiene fuero. “No puede decirse que, para estos precisos fines, se tratara de un congresista en ejercicio efectivo de sus funciones legislativas”, agregó el alto tribunal. Igualmente, resaltó que los hechos por los que fue capturado Santrich no guardan relación con sus funciones legislativas, "pues nunca las ha desarrollado". (Le podría interesar: Cámara niega posesión como congresista a “Jesús Santrich”)

En abril de este año la Corte Suprema le rechazó el primer hábeas corpus. En esa oportunidad la decisión fue tomada por el magistrado de la Sala de Civil, Octavio Augusto Tejeiro Duque, al considerar que no hubo vicios en el procedimiento adelantado por la Fiscalía General de la Nación el pasado 9 de abril. “Ninguna anomalía emerge de la ‘aprehensión’ censurada en virtud de la Cooperación Internacional de que trata el artículo 484 del Código de Procedimiento Penal”, explicó el fallo.

En esa ocasión la defensa de Santrich argumentó que la detención fue irregular porque era la Jurisdicción Especial para la Paz la competente en su caso y no la Fiscalía, ya que este se había sometido a esa justicia. Con la nueva decisión, el exjefe guerrillero permanecerá detenido en la cárcel La Picota, en Bogotá.

Por Redacción Judicial

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