Séptimo Día debe crear manual de ética: Corte Constitucional

Séptimo Día y el Canal Caracol recibieron la orden de rectificar la información que presentó el programa en una emisión de 2015 sobre indígenas. El Canal Caracol enfatiza que el fallo será acatado.

Redacción Judicial
12 de noviembre de 2016 - 03:40 p. m.
Manuel Teodoro es el director del programa Séptimo Día, que mantiene el rating más alto entre los programas del fin de semana. /Archivo.
Manuel Teodoro es el director del programa Séptimo Día, que mantiene el rating más alto entre los programas del fin de semana. /Archivo.

El programa que se emite los domingos por la noche en el Canal Caracol*, Séptimo Día, recibió de la Corte Constitucional la orden de establecer un manual de ética que debe quedar por escrito, ser público y "que incluya unas reglas mínimas para abordar temas relacionados con grupos étnicos, minorías sexuales y demás sujetos tradicionalmente estigmatizados dentro de nuestro contexto social". (Puede leer la sentencia de la Corte aquí)

El alto tribunal, que acaba de divulgar el texto completo de su fallo, tomó esa decisión a raíz de una tutela que puso el representante legal de la Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic), Luis Fernando Arias, luego de que Séptimo Día transmitiera el año pasado un especial de tres episodios. El primero, emitido el 26 de julio, se llamó “Abusos sexuales, prostitución, drogadicción: es suficiente la justicia indígena?”. El segundo, divulgado del 2 de agosto, fue titulado “¿La corrupción llegó a los cabildos indígenas?”, y el último, del 9 de agosto, “El dilema jurídico de la recuperación de tierras por parte de los indígenas”. (Lea: "Manuales de ética para periodistas deberían ser voluntarios": Flip)

Una vez emitidos los programas, la Onic concluyó que la información divulgada en ellos estaba parcializada y, especialmente, que los indígenas no habían tenido la posibilidad de defenderse de las acusaciones de los periodistas. La Corte Constitucional les dio la razón y por eso ordenó que, en la rectificación que se haga, tanto el director de Séptimo Día (Manuel Teodoro) como la reportera que hizo el trabajo (Gloria Lozano) admitan, por ejemplo, que "desconocieron lo dicho por el Consejero Mayor del Consejo Indígena Regional del Cauca en relación con su concepción del delito de violación".

En ese tema en particular, los periodistas de Séptimo Día dijeron frases como "la violación sexual y otros atropellos son un delito en Colombia pero no lo es en los cabildos indígenas”, o "los gobernadores indígenas afirman que una violación no es un delito sino una enfermedad. Lo que se pretende es disfrazar un delito”. 

La Corte, que pidió las transcripciones de los videos y también los vio, "pudo corroborar que los presentadores del programa presentaron información abiertamente falsa. Más aún, se trata de la atribución de creencias en cabeza de los pueblos indígenas que resultan abiertamente contrarias a lo que sus autoridades dicen expresamente en el mismo programa", a pesar, anotó la Corte, de que el propio Consejero Mayor del Consejo Indígena Regional del Cauca les dijo en cámara: "Un violador debe estar en la cárcel porque es un peligro para el resto de la sociedad”.

Manuel Teodoro, director y presentador de Séptimo Día, deberá rectificar también una frase que dijo en televisión el 2 de agosto de 2015: "La distinción entre ser indígena y ser guerrillero no es tan clara (en ciertas partes del Cauca)". La Corte indicó que el periodista, y el programa en general, carecían "de la evidencia para sustentar" esa frase. 

En primera y segunda instancia, un juez civil del circuito de Bogotá y el Tribunal Superior de Bogotá habían determinado que la Onic no tenía la razón; la Corte Constitucional concluyó que tenían argumentos de sobra para alegar que sus derechos al buen nombre, a la honra, a la no discriminación y a recibir información veraz e imparcial de los pueblos indígenas habían sido violados. 

Por último, la Corte Constitucional le ordenó tanto al director de Séptimo Día como al del Canal Caracol dedicar, en seis meses máximo, "un episodio completo  en su horario habitual, para permitirle a la organización demandante defenderse frente a las acusaciones hechas contra los pueblos indígenas, y sus autoridades, organizaciones y líderes. En este episodio deberá darle a la organización, por lo menos dos terceras partes del tiempo para expresar sus puntos de vista". 

El Espectador habló con Jorge Martínez, representante legal de Caracol Televisión, quien afirmó: "El fallo se va a acatar. No vamos a entrar en ningún tipo de polémica con la Corte Constitucional, los fallos de los jueces se acatan y punto".

 

*El Espectador hace parte del mismo grupo de medios de Caracol Televisión.

 

 

 

Por Redacción Judicial

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