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Suspenden convocatoria de elección de miembros permanentes del Consejo de Gobierno Judicial

El Consejo de Estado consideró que dicha convocatoria pública no establece unos parámetros de evaluación de las hojas de vida de los aspirantes.

Redacción Judicial
21 de enero de 2016 - 03:09 p. m.

El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de la Convocatoria 01 de 2015, por medio de la cual se dio apertura al proceso de elección de los tres miembros permanentes del Consejo de Gobierno Judicial, órgano que remplazará al Consejo Superior de la Judicatura.

En la decisión se consideró que la convocatoria pública no establece unos parámetros de evaluación de las hojas de vida de los aspirantes, ni los criterios de méritos a tener en cuenta para elegir a los miembros permanentes del Consejo de Gobierno Judicial.

“De igual modo, no previó dar traslado a los aspirantes de las observaciones que la ciudadanía formulasen en su contra, ni contempló una etapa para resolverlas, circunstancias que dan al traste con los postulados de publicidad, transparencia y mérito, pues (…) no existe certidumbre de las valoraciones realizadas por el Consejo de Gobierno Judicial a la hora de realizar una lista de preseleccionados, ni de cuáles fueron los criterios de mérito utilizados para seleccionar a los tres miembros del listado de preseleccionados”, señala.

Se advierte además que la Convocatoria 01 de 2015 modificó los requisitos para aspirar al cargo de miembro permanente del Consejo de Gobierno que estableció la Reforma de Equilibrio de Poderes (10 años de experiencia en diseño, evaluación o seguimiento de políticas públicas, modelos de gestión o administración pública).

“El Consejo de Gobierno Judicial de buena fe y con el ánimo de garantizar la diversidad profesional y académica de los integrantes del Consejo de este órgano, al hacer extensiva la convocatoria a especialistas en TIC, profesionales con Capacidades Gerenciales, y expertos en políticas públicas con conocimientos o experiencia en el sistema judicial, creó condiciones de participación adicionales a las que el Acto Legislativo 02 de 2015 estableció”, precisa uno de los apartes de la decisión.

Por Redacción Judicial

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