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Tribunal Administrativo suspende provisionalmente destitución de Gustavo Petro

En la decisión se le ordena además al presidente de la República, Juan Manuel Santos que se abstenga de darle cumplimiento a la decisión del Ministerio Público.

El Espectador
14 de enero de 2014 - 01:40 p. m.
Tribunal Administrativo suspende provisionalmente destitución de Gustavo Petro

La Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendió el fallo emitido por la Procuraduría General de la Nación con el cual se destituyó e inhabilitó por 15 años, para ejercer cargos públicos, al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, por las fallas en la implementación y ejecución del nuevo esquema de aseo. (Vea el documento de la decisión del Tribunal de Cundinamarca)

El Tribunal admitió estudiar la tutela y ordenó la adopción de medidas cautelares solicitadas acción judicial radicada el pasado 29 de diciembre en el marco de la denominada "tutelatón" presentada  en contra del fallo del Ministerio Público el cual fue confirmado -en segunda instancia- el pasado lunes.

En la decisión de 29 folios, el magistrado José María Armenta aceptó los argumentos presentados en la tutela promovida por José Gotardo Pérez Soto, quien presentó la acción “de su propio nombre y como agente oficioso del señor Gustavo Petro Urrego” a finales del año pasado. 

En la determinación se ordena la suspensión provisional del fallo “hasta cuando se adopte la decisión de fondo que ponga fin a este proceso de tutela”, lo cual podría conocerse en el marco de la próxima semana. 

La acción de tutela alegaba que con la sanción disciplinaria se estaba vulnerando el derecho fundamental constitucional a elegir y ser elegido. Es, además, una de las 350 acciones que se presentaron luego de que el pasado 9 de diciembre el procurador Alejandro Ordóñez Maldonado anunciara la sanción.

El Tribunal también le ordena al presidente de la República, Juan Manuel Santos, se abstenga de dar cumplimiento a la decisión administrativa disciplinaria emitida por la Procuraduría General de la Nación.

Así lo señala el punto cuarto de la resolución: se le ordena al presidente de la República, Juan Manuel Santos, que se abstenga de darle cumplimiento a la decisión administrativa disciplinaria sancionatoria de destitución impuesta por la Procuraduría General de la Nación al señor Gustavo Petro Urrego.

El magistrado consideró que en este caso se vulneraron los derechos al debido proceso, explicando que en  un plazo de 10 días el Tribunal Administrativo tiene que resolver la tutela y tomar una decisión de fondo.

En este punto clave manifestó que tiene la facultad y capacidad para anular el fallo emitido por la Procuraduría General de la Nación.

Por El Espectador

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