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Tribunal ordenó el pago del sueldo a dos funcionarios de la Fiscalía General

Esto dentro de las medidas provisionales en el estudio de las acciones de tutela.

Redacción Judicial
05 de diciembre de 2014 - 03:27 p. m.

La Sala Civil de Familia del Tribunal Superior del Distrito de Tunja admitió para su estudio una acción de tutela presentado por un funcionario de la Rama Judicial en contra de la medida de no pagar el sueldo a los empleados y funcionarios que participen en el paro que ya cumple 59 días.

El Tribunal tuteló los derechos fundamentales presentados en la acción judicial en la que se manifestó que el funcionario judicial y tiene a su cuidado a un menor de edad “quien hace parte del grupo de sujetos de especial protección a que alude el artículo 44 de la Carta Política”.

“El gestor también alegó prueba sumaria, atinente a que en la actualidad se encuentra en mora en el pago del arrendamiento y servicios públicos del inmueble donde actualmente habita junto con sus hijas, lo que de alguna manera evidencia la afectación de su mínimo vital”, precisa uno de los apartes del fallo.

Bajo estos argumentos la Sala ordenó una medida provisional a las entidades públicas para que de manera inmediata procedan a efectuar el pago del salario al funcionario correspondiente al mes de noviembre.

La acción judicial fue presentada en contra de la Fiscalía General de la Nación, la Dirección Seccional de Fiscalías de Boyacá, la Subdirección de Fiscalías y Seguridad Ciudadana Seccional Boyacá y el subdirector de apoyo a la gestión, Seccional Boyacá.

Igualmente otro Tribunal ordenó el pago del sueldo a otra funcionaria en referencia al mes de noviembre. Para el estudio de la tutela se solicitaron informes sobre las razones que llevaron al no pago del salario a la demandante,

“Solicítese a los accionados para que en debida coordinación entre ellos, y en el término de dos días, alleguen a este despacho los actos administrativos con la debida motivación por la cual se decidió suspender y no para salarios a la demandante, o descontar parte de sus salarios por cese de actividades”, precisa uno de los apartes del resuelve.

Igualmente se pidió un certificado sobre si se cancelaron los sueldos a unos funcionarios sí y a otros no “y en el caso por qué razón procedieron en uno y otro sentido, debdiendo acompañar los actos administrativos a través de los cuales se dio la orden de no pago o se dio la suspensión de pago”. Con estos documentos se tomará una decisión de fondo frente a esta acción judicial.
 

Por Redacción Judicial

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