Tribunal Superior negó amnistía a exguerrillero de las Farc

La Sala de Justicia y Paz consideró que la petición es inadmisible puesto que Humberto Buitrago Martha es procesado actualmente en la ley 975 de 2005.

Redacción Judicial
03 de marzo de 2017 - 03:49 p. m.
Tribunal Superior negó amnistía a exguerrillero de las Farc

La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá negó la solicitud de libertad condicional y amnistía presentada por el exguerrillero de las Farc, Hernando Buitrago Martha. En la decisión el magistrado consideró que por el momento no se cumplen con los requisitos para que el exintegrante a la columna móvil Teófilo Forero y el Bloque Sur reciba los beneficios de la ley de 1820 de 2016.

El magistrado aseguró que la petición presentada por la defensa de Buitrago Martha es inadmisible puesto que actualmente adelanta un proceso dentro del marco de la ley 975 de 2005 –más conocida como ley de Justicia y Paz- por lo que es inaplicable la ley de amnistía en su caso. En esto debe revisar si renuncia o no a los beneficios que establece dicha justicia transicional.

Señaló que en la jurisdicción de Justicia y Paz “ingresaron de manera libre y voluntaria” aquellos integrantes de grupos armados ilegales que se desmovilizaron. Esta justicia transicional tiene unos componentes que la diferencian de otras jurisdicciones puesto que establece una serie de “sanciones alternativas y digamos que benévolas”.

Debido a esto considera que es inaplicable aplicar la recién sancionada ley de amnistía a los beneficios que tiene la de justicia y paz. “La normatividad actual no aplica que sean destinatarios de dichos beneficios”, precisó el magistrado en su exposición en la que advirtió que los postulados a Justicia y Paz que quieran recibir los beneficios de la ley de amnistía deben revisar si renuncian a la ley 975 de 2005.

"No es destinatario de la ley. Su solicitud implicaría renunciar a Justicia y Paz y no se puede aplicar la ley 1820 por partes", precisó el magistrado ponente. Considera que en este tipo de casos son inéditos, sin embargo se debate tener en cuenta que las dos leyes son distintas y fijan  diferentes beneficios jurídicos a quienes se postulen.

Igualmente advirtió que el abogado de Buitrago Martha no sustentó de debida forma su petición de amnistía. Señala el magistrado que el postulado tiene condenas por delitos relacionados con tortura, toma de rehenes, entre otros, que son considerados como grandes afrentas al Derecho Internacional Humanitario (DIH).

En el recurso de apelación el exguerrillero pide que se le respete su derecho al debido proceso y el derecho a la defensa. Considera que no sabe qué va a pasar cuándo esté la Justicia Especial para la Paz en firme y actuando.

¿Qué haremos nosotros señores máximos representes de la justicia cuando mañana de la jurisdicción especial para la paz me llamen para declarar? ¿Qué puedo decir yo? ¿Qué no me compete ese tribunal?”, aseguró Buitrago Martha desde la cárcel La Picota donde se encuentra privado de su libertad desde hace 12 años.

 

 

Por Redacción Judicial

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