Un respiro para el procurador Ordóñez

Todo estaba listo para que la Sección Quinta definiera si anulaba o no la reelección del Jefe del Ministerio Público cuando ese alto tribunal decidió pasar el expediente a la Sala Plena lo que dilata el proceso y le da un respiro a Ordóñez

Redacción Judicial
16 de julio de 2014 - 12:33 a. m.
Un respiro para el procurador Ordóñez

Cuando todo estaba listo para que en la Sección Quinta definieran si avalaban o no la ponencia del magistrado Alberto Yepes –que pide anular la reelección del procurador Alejandro Ordóñez porque en su criterio el Senado no estaba habilitado para reelegirlo– Ordóñez dio inicio a toda una cruzada para evitar su salida del cargo y recusó a dos de los magistrados que estudian su caso –Alberto Yepes y Lucy Jeannette Bermúdez– lo que suspendió el estudio de la ponencia de Yepes y dio tiempo para que la Sala Plena de ese alto tribunal definiera –una vez más– si asumía el caso a petición de varios magistrados de esa entidad, entre ellos, Marco Antonio Velilla y Alfonso Vargas Rincón. La jugada funcionó y ayer –pese a que ya en una ocasión le había dicho que no a esta solicitud– la Sala Plena decidió asumir el caso y darle un respiro al jefe del Ministerio Público que ya se veía desempleado.

Ahora será la Sala Plena quien defina el futuro de Ordóñez. Aunque –primero que todo– tendrá que revisar los impedimentos que presenten los magistrados del Consejo de Estado que consideren que no pueden hacer parte de este espinoso debate por tener familiares en la Procuraduría –seis de ellos tienen allegados en esa entidad– o por su cercanía con Ordóñez que durante ocho años fue magistrado del Consejo de Estado, fue ternado para acceder al cargo en 2008 y trabajó con muchos de los actuales magistrados de esa entidad como el expresidente de esa corporación Alfonso Vargas. De hecho la presidenta del Consejo de Estado, María Claudia Rojas Lasso, ya se declaró impedida para participar de este debate por tener un hijo trabajando en la Procuraduría.

Esta decisión es un triunfo para Ordóñez porque –primero que todo– dilata el proceso y porque en la Sección Quinta estaba casi que cantada la aprobación de la ponencia de Yepes. Se presumía que cuatro de los cinco miembros de la mencionada sala –los magistrados Bermúdez y Yepes y los conjueces Ricardo Hoyos y Jaime Córdoba Triviño– iban a votar a favor de la ponencia y solo una –la magistrada Susana Buitrago– iba a votar en contra. El fallo estaba a la puerta del horno. De hecho el pasado lunes la Sección Quinta iba a votar hasta que llegaron las recusaciones presentadas por Ordóñez contra Yepes y Bermúdez. La audiencia fue aplazada para mañana pero la decisión de ayer cambió todos los planes.

Ahora será la Sala Plena la que defina si avala o no la ponencia de Yepes que señala, entre otras, que el Senado no tiene competencia para ejercer cualquier función electoral (por ejemplo la elección del procurador) por fuera de los límites asignados por la Constitución. En su criterio, esa reelección va en contravía del Estado de derecho, de la forma republicana del Gobierno y el control de los poderes públicos y además sustituye el espíritu de la Carta Política, que en 1991 solo aprobó la elección para un período de cuatro años del procurador general de la Nación.

“El gobierno de la ley, no el gobierno de los hombres, caracteriza el Estado de derecho. La sujeción a la ley, no a la voluntad arbitraria del poderoso, inspira nuestro orden jurídico”, resalta la ponencia. En ese sentido, añade que es tanto el poder que puede llegar a tener un hombre como el procurador, que por eso no asombra que la Constitución le pusiera un límite de cuatro años a su ejercicio y que afirmar lo contrario constituiría un desequilibrio en el sistema de pesos y contrapesos diseñado por la Carta Política para que los poderes públicos no se desborden.

“A juicio de la sala, el hecho insoslayable de que el constituyente no haya autorizado expresamente la posibilidad de reelección para el cargo de procurador general obedece simplemente a que, a la luz de los principios fundamentales, la reelección per se representa un riesgo para la estructura misma del Estado”, dice el documento. De acuerdo con el magistrado Yepes, la defensa de la reelección del procurador bajo la tesis de que no está prohibida resulta peregrina, pues dicha interpretación sería un golpe mortal al equilibrio constitucional de los poderes públicos. Llama la atención, además, la siguiente cita: “Un Estado republicano tiene por finalidad combatir las diversas modalidades de dominación que impidan a los ciudadanos llevar a cabo sus proyectos de vida libres de la arbitrariedad por parte de quien ostenta el poder”.

Asimismo, el documento advierte “La restricción en el tiempo de las facultades y competencias asignadas a los funcionarios, aquí al supremo director del Ministerio Público, busca controlar el poder confiado a los seres humanos, siempre falibles e influenciados por intereses. Se cede espacio a la incertidumbre, al intercambio de favores y a los juegos de dominio para acceder o mantener el poder político cuando los períodos establecidos para el ejercicio de las funciones públicas son determinados por vías diferentes al estricto respeto de la Constitución y la ley”.

Por Redacción Judicial

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