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¿Aislados del mundo?

Un experto académico analiza las implicaciones del proyecto de ley cuya suerte se decide mañana en el Senado.

Antonio José Rengifo Lozano - Especial para El Espectador
15 de junio de 2013 - 09:00 p. m.
Colombia falla al no prever las implicaciones internacionales de disputas como las de estas aguas caribeñas con Nicaragua./ Andrés Torres
Colombia falla al no prever las implicaciones internacionales de disputas como las de estas aguas caribeñas con Nicaragua./ Andrés Torres

Un fallo reciente de la Corte Internacional de Justicia ha puesto a Colombia frente a la necesidad imperiosa de anticipar acciones para no tener que enfrentar los litigios internacionales. La globalización tiene una dimensión cultural de primer orden. La creciente interdependencia entre los Estados agudiza las controversias culturales. En la industria cinematográfica, la excepción cultural europea se resiste a los embates comerciales de los Estados Unidos. De otro lado, son cada vez más frecuentes las reclamaciones para restitución de bienes culturales salidos ilegalmente de los países de origen.

El problema del patrimonio subacuático, otra fuente de litigios, aunque no limitado a los galeones es, por definición, un problema internacional en el cual entran a jugar intereses de los Estados que reclaman con base en el sitio actual del naufragio, nacionalidades de víctimas y tripulación, Estado de la bandera, puertos de salida y de llegada, países de origen de la carga y derechos de las compañías de exploración autoras del hallazgo.

La materia se complica al decidir el destino de esos naufragios y las normas que deben regular los intereses de los Estados.

Convención de la Unesco

En 2001, la Unesco adoptó la Convención para la Protección del Patrimonio Sumergido, no suscrita por Colombia. En un debate en el Senado fueron señalados los inconvenientes para Colombia, frente a los cuales el canciller de entonces se comprometió a no firmar el tratado y a cambiar de posición si se demuestra que han sido modificados esos inconvenientes.

Fue la decisión más acertada, fundada en razones válidas, siendo la principal el problema de la protección militar que se otorgaba a los galeones, contra toda evidencia histórica, a favor de España. La negativa a la firma de esa convención, que aporta muchos beneficios para el patrimonio subacuático, no puede ser considerada como cheque en blanco para que Colombia pueda disponer a voluntad de ese patrimonio. Sería una crasa y costosa equivocación.

Situación en Colombia

El “congelamiento” de la firma de la convención pudo permitir a Colombia, país de primer orden en riqueza arqueológica submarina, dejar avanzar desarrollos sobre la confrontación entre dos concepciones arqueológicas y sobre definiciones judiciales en el caso del galeón San José. La concepción defendida por España y otros países, priorizada por la Unesco, consistente en que los naufragios históricos deben ser mantenidos in situ (en el sitio), difícilmente podrá derrotar siglos de vigencia de un conjunto normativo, conocido como derecho de salvamento, basado en un principio de equidad consistente en que quienes aplican recursos humanos, técnicos y financieros para el rescate de un naufragio son recompensados por el trabajo y riesgos, en caso de tener éxito.

Esta última es una industria en el mundo utilizada para el rescate de naufragios históricos y comerciales, tenida en cuenta en el proyecto de ley actualmente en trámite en el Congreso colombiano. De la confrontación de esas dos concepciones no aparece vencedor a la vista. Una solución intermedia parece estar tomando fuerza.

Opciones

Otra ventaja que pudo traer la abstención de la firma de la convención estaba en la posibilidad de definir los litigios que pesan sobre el galeón San José, considerado uno de los más valiosos del planeta, con el fin de que, una vez definidos, Colombia pudiese decidir sin presiones sobre ese naufragio.

Varios desarrollos se produjeron sobre el galeón. En 2007, la compañía estadounidense Sea Search Armada vio refrendados derechos sobre el 50% del San José mediante sentencia de la Corte Suprema de Justicia. Es con base en esa titularidad y sentencia que la compañía demandó a Colombia ante cortes de los Estados Unidos y la Comisión Interamericana.

Sorprende que frente a las reclamaciones de la compañía para que Colombia le autorizara el rescate del galeón, nuestras autoridades no hayan manifestado, como era su obligación, que no es posible autorizar tal rescate por cuanto la legalidad de los derechos invocados por la compañía está siendo discutida ante la justicia colombiana. Esa omisión de Colombia, un desacierto, fue aprovechada por la compañía, cuyas demandas sustentan las evasivas del Gobierno, alegando mala fe.

Como si estuviésemos aislados del mundo y como si pudiésemos disponer a nuestro antojo del patrimonio subacuático, con un proyecto que no establece un orden de prioridades, Colombia se lanza a turbulentas aguas para el rescate del patrimonio subacuático, en las que, así como en el pasado piratas y corsarios asediaron a los galeones, hoy acechan las potencias, antiguas y presentes, pretendiendo hacer valer sus intereses, a veces con éxito, sobre los países donde yacen los naufragios.

Ese proyecto de ley presenta tres inconvenientes mayores. El primero, aparte de simples alusiones a las recompensas en las legislaciones de Brasil, Portugal y Australia, el proyecto no problematiza ni resuelve las realidades internacionales en esas materias. La primacía del Ministerio de Cultura no permitió participación a la Cancillería o ésta no tuvo contundencia. Una injustificable ausencia. No se anticipan mecanismos para desactivar futuras controversias, como las promovidas exitosamente por España contra la Odyssey Marine Exploration en tribunales de los Estados Unidos.

Segundo, busca hacer quites a la propiedad de la Nación sobre el patrimonio subacuático, al permitir pago de recompensas por salvamento con bienes culturales rescatados del mismo naufragio. Una probabilidad real de inconstitucionalidad. Por último, el proyecto es adoptado cuando está a la deriva el 50% de los derechos sobre el San José. Un riesgo innecesario, pues la titular de esos derechos quedaría facultada para bloquear cualquier intento de rescate del galeón. Universidades, organizaciones, antropólogos, arqueólogos y académicos han sustentado reparos.

En conclusión, el proyecto es una invitación para más litigios internacionales que tendría que enfrentar Colombia y deja navegando varias dudas sobre su constitucionalidad. Un panorama inquietante, con visos de tormentas en el horizonte. Las mismas que durante siglos hundieron a tantos galeones españoles que hoy siguen librando sus batallas, al vaivén de los vientos de la historia.

* Ph.D. en derecho internacional y cabeza del grupo Frontera y Territorio, de la Universidad Nacional, donde es profesor.

Por Antonio José Rengifo Lozano - Especial para El Espectador

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