Nacional |8 Abr 2013 - 12:16 pm

Elecciones atípicas

Registraduría se blinda ante elecciones de gobernador del Huila

La entidad tomó doce medidas para garantizar la transparencia en el proceso del próximo 14 de abril.

Por: Elespectador.com
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Con el fin de garantizar transparencia en las distintas etapas del proceso para elegir Gobernador de Huila, comicios que se desarrollarán el domingo 14 de abril de 2013, la Registraduría Nacional del Estado Civil ha adoptado 12 medidas diferentes de vigilancia, verificación y control.

Dentro de las medidas adoptadas se encuentra el traslado de funcionarios electorales, la verificación de las listas de ciudadanos elegibles como jurados, la actualización del censo electoral, el acompañamiento del Ministerio Público, la instalación de estaciones de identificación biométrica de los electores, entre otras. A continuación se explican cada una de las 12 medidas de transparencia adoptadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

1. Conformación del censo electoral: Con el fin de alcanzar el más alto nivel de depuración en el censo electoral, se generó un precenso para la revisión por parte de los Registradores del Estado Civil, en el cual reportaron novedades de resoluciones de trashumancia electoral, cédulas expedidas por primera vez y cancelaciones por muerte. Este documento fue entregado a la Procuraduría General de la Nación, que hizo las respectivas observaciones, las cuales están siendo revisadas por la Dirección de Censo Electoral.

2. Sorteo de jurados de votación: Con el objetivo de contar con una base de datos confiable de ciudadanos reales y residentes en los municipios del departamento del Huila, se solicitó a las empresas públicas y privadas, instituciones educativas y partidos políticos nuevos listados de personas que puedan ser nombradas jurados de votación.

El sorteo de todos los municipios, que se efectuó el 14 de marzo, se concentró en la capital del departamento y contó con la presencia del Registrador Nacional del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres, del Registrador Delegado en lo Electoral, Alfonso Portela Herrán y del Ministerio Público, entre otros. .

Así mismo, la lista de los 10.118 jurados de votación designados se encuentra publicada en la página web de la Registraduría, con el fin de que todos los ciudadanos puedan verificar su nombramiento en el botón: “consulte aquí si usted es jurado de votación de Gobernador Huila”, digitando su número de cédula.

3. Capacitación de jurados de votación: A partir de este lunes 1 de abril y hasta el martes 9 de abril, en los 37 municipios del departamento se desarrollarán las capacitaciones para jurados de votación, con el fin de que conozcan de primera mano el proceso electoral y sus funciones durante los comicios.

Los elegidos pueden informarse de la fecha, hora y lugar de su capacitación en la página web de la Registraduría digitando su cédula en el banner de jurados de votación Huila.

4. Traslado de Funcionarios electorales: Como una medida de transparencia se decidió el traslado de los dos Delegados Departamentales y la designación de funcionarios Ad-Hoc, de los Registradores del Estado Civil del Departamento, en algunos municipios.

5. Vinculación por mérito del personal supernumerario: Se impartieron instrucciones a los Delegados Departamentales para la vinculación del personal supernumerario privilegiando los mejores puntajes de los resultados de las pruebas de Estado para el ingreso a la Educación Superior

6. Acompañamiento del Ministerio Público: El Ministerio Público ha realizado acompañamiento desde el inicio del proceso electoral para elegir Gobernador de Huila. Es así como, dicho Órgano de Control ha estado presente en el seguimiento del censo electoral, en el proceso de selección de jurados de votación y en los procesos precontractuales y contractuales.

7. Capacitación a funcionarios de la Procuraduría y Personería: Los días jueves 14 y viernes 15 de marzo, la Registraduría dictó una capacitación electoral a los miembros de la Procuraduría y la Personería, que hacen parte del proceso que se está llevando a cabo para la elección de Gobernador de Huila.

8. Solicitud de Jueces como Escrutadores: Se ha solicitado al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Huila designar las comisiones escrutadores, como lo estipula el Artículo 157 del Código Electoral: “Diez (10) días antes de las correspondientes elecciones, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial deberán designar, en Sala Plena, las comisiones escrutadoras distritales y municipales formadas por dos (2) ciudadanos, que sean jueces, notarios o registradores de instrumentos públicos en el respectivo distrito judicial”. En este sentido se ha hecho especial énfasis en que sean Jueces de la República, quienes en su calidad de abogados, pueden conducir de manera más eficiente y adecuada la audiencia de escrutinios.

9. Digitalización del acta de escrutinio, Formulario E-14: De igual manera se adelanta la contratación de la digitalización del formulario E-14 en cada uno de los 37 municipios, con el ánimo de prevenir manipulación, alteración o fraude.

10. Capacitación de Comisiones Escrutadoras: Se programarán capacitaciones con el fin de actualizar a los miembros de las comisiones escrutadoras, en todo lo concerniente al proceso de escrutinio.

11. Publicación de las actas de escrutinio, Formulario E-14: En cumplimiento inciso final del artículo 41 de la Ley 1475 de 2011 un ejemplar del formulario E-14 también será publicado en un lugar determinado previamente a fin de que testigos electorales puedan tomar imágenes de las mismas si así lo requieren.

12. Biometría: Con base a los recursos aprobados por el Ministerio de Hacienda, se tiene previsto instalar 638 terminales de identificación biométrica de los electores, en los diferentes municipios del departamento.

Por: Elespectador.com
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Opinión por:

DANIGARCIAC

Mar, 04/09/2013 - 03:22
Si gana en voto en blanco se repite la elección? De acuerdo con el artículo 9 del acto legislativo 01 de 2009 "deberá repetirse por una sola vez la votación elegir miembros de una corporación publica, gobernador, alcalde..cuando el total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. Tratándose de elecciones unipersonales, no podrán presentarse los mismos candidatos..." No obstante la Corte Constitucional en C-490 2011 declaró inexequible la norma de la reforma política cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato. En consecuencia LA MAYORIA NECESARIA PARA REPETIR LA ELECCION ES MAYORÍA ABSOLUTA, ES DECIR 50%+1 DE LOS VOTOS VÁLIDOS. Cumplido esto, veremos si aplica o nó como herramienta política ante los honorables congresistas.
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cacharato

Lun, 04/08/2013 - 23:46
Anticipo el triunfo del voto en blanco, no,lo,olviden.
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OpinadordeBogota

Lun, 04/08/2013 - 22:17
Muy bonito uso del presupuesto: Todo un operativo para convocar a elecciones con un candidato único....

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