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Empieza a desmontarse la "doctrina Villarraga"

El Espectador conoció una sentencia del Consejo Superior de la Judicatura que cierra la ventana para que la competencia de otros casos de falsos positivos sea revisada.

Natalia Herrera Durán
11 de mayo de 2014 - 12:00 p. m.

La polémica doctrina del exmagistrado Henry Villarraga, que ha permitido que desde 2013 docenas de casos de presuntos falsos positivos pasen a ser juzgados por la justicia penal militar, empezó a desmoronarse esta semana en el Consejo Superior de la Judicatura. El Espectador conoció una decisión que cerraría una ventana jurídica que preocupaba mucho a la Fiscalía, las organizaciones sociales y Naciones Unidas, pues significaba abrir un camino de impunidad en las investigaciones que se les siguen a uniformados que habrían presentado como bajas en combate a personas que realmente murieron en indefensión.

La sentencia fue aprobada el jueves en la mañana, en la sala de conjueces del Consejo Superior de la Judicatura, y de su aprobación unánime, sin salvamentos de voto, existe un acta como constancia. Con esta providencia, el magistrado Néstor Osuna, su ponente, expuso su talante jurídico, radicalmente distinto al del magistrado Henry Villarraga.


La lupa Villarraga

Néstor Osuna llegó hace cinco meses al alto tribunal, después de que el magistrado Henry Villarraga renunciara a su cargo debido a la publicación por parte de la revista Semana de sus conversaciones telefónicas con el coronel del Ejército Róbinson González, procesado por el asesinato de varias personas presentadas y legalizadas como guerrilleros abatidos en combates presuntamente falsos. La comunicación reveló que Villarraga intentaba ayudar a González a que su proceso por estos falsos positivos fuera juzgado por los tribunales militares.

Luego del escándalo, Villarraga renunció para defenderse, pero ya había dejado una cuestionada jurisprudencia en la Judicatura. En especial, alarmaba una decisión que abrió una ventana jurídica enorme para que muchos casos fueran revisados nuevamente por este tribunal y bajo una lupa jurídica mucho más suave con los militares investigados. Se trataba de un proceso que involucra al coronel retirado Carlos Alfonso Suárez Ortiz, señalado por dos falsos positivos dentro de una supuesta orden de operación que dio como comandante del Batallón Ayacucho en Manizales (Caldas), en septiembre de 2007.

Ese expediente dio muchas vueltas y significó varios pulsos entre la justicia penal militar y la ordinaria sobre el tribunal que debía juzgarlo. Hasta que el 6 de junio de 2013, con ponencia del magistrado Villarraga, la Judicatura volvió a revisar el caso, que era cosa juzgada y ya había avanzado, al punto de que a los seis uniformados ya les habían sido imputados cargos y se les había dictado medida de aseguramiento. Pero la Judicatura ordenó un extraño rompimiento procesal: el coronel Suárez sería juzgado por estrados castrenses, y los soldados del Ejército Francisco Restrepo, Fidel Reina, John Henao, Geovanni Jiménez y Jorge Eliécer Quintero, por estrados ordinarios.

La decisión no tenía antecedentes y su justificación menos. Villarraga la argumentó diciendo que, a la luz de la “nueva realidad constitucional” dada por la ley que ampliaba el fuero militar, promulgada el 27 de diciembre, la Judicatura revisaría y conocería en cualquier momento los casos que tuvieran conflicto de competencia. Esto mientras se reglamentaba y creaba un tribunal de garantías penales que tendría esa función de revisión.

Nueve meses después de su nacimiento, la Corte Constitucional tumbó esta ley, pero en la Judicatura siguió vigente la “doctrina Villarraga”, que abrió el camino para nuevas revisiones de casos similares. Como era de esperarse, este fallo, calificado como “caprichoso” y “sin asidero” por la Procuraduría, fue demandado por la Fiscalía y, por las vueltas que da la justicia, les tocó a una sala de conjueces y al magistrado Néstor Osuna pronunciarse al respecto.

En el documento, el magistrado Osuna sostiene que había suficientes elementos en el caso para dudar de que fuera una operación legítima: un informe del DAS según el cual no había grupos ilegales donde ocurrieron los hechos, inconsistencias entre la orden de operaciones y el informe de orden público, ya que el segundo se expidió después aunque se presentó como fundamento para la orden de operación, y la declaración de un supuesto informante del Ejército que desmiente al coronel Suárez y dice que él no recibió dinero por señalar presencia de guerrilleros en el lugar. Para Osuna, además, bajo ningún embeleco discursivo se podía argumentar que el acto legislativo que ampliaba el fuero militar le atribuía a la justicia castrense el conocimiento de los crímenes graves.

Por eso, la sala de conjueces y el magistrado Osuna decidieron dejar sin piso el rompimiento procesal en el caso del coronel Suárez y devolverlo a un juzgado ordinario de Manizales. Este reciente fallo, que la Corte Constitucional deberá revisar ahora, pone en tela de juicio la “doctrina Villarraga” y le quita el fundamento a la avalancha de peticiones que otros militares han hecho para que el tribunal revise nuevamente sus casos. A la vez, le devolvió al Consejo Superior de la Judicatura algo de credibilidad a los ojos de las familias de las víctimas, pues en los últimos meses se la ha pasado dando tumbos, de escándalo en escándalo.

Por Natalia Herrera Durán

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