Indígenas denuncian a magistrados del Tribunal Administrativo de Sucre por prevaricato

A Rufo Arturo Carvajal y a Silvia Rosa Escudero Barbosa se les señala de vulnerar la consulta previa y afectar territorio sagrado en la construcción de la segunda calzada Sincelejo – Toluviejo, derecho que la Corte Constitucional ordenó, pero que el Tribunal de Sucre no acató.  

Silvia Margarita Méndez- @silviamendez94
04 de mayo de 2017 - 02:40 a. m.
Archivo particular.
Archivo particular.

Este miércoles el cabildo menor indígena Flores de Chinchelejo ubicado en Zenú, Sincelejo, radicó ante la Corte Constitucional una denuncia en contra de dos magistrados que hacen parte del Tribunal Administrativo de Sucre, a propósito de la más reciente estrategia contra la corrupción que lanzó el Fiscal General de la Nación en la ciudad denominada “Bolsillos de Cristal”. (Lea: Reinician obras de vía Sincelejo – Toluviejo, a pesar de sentencia de la Corte Constitucional)

Se trata de Rufo Arturo Carvajal y Silvia Rosa Escudero, funcionarios a quienes la comunidad indígena señala de vulnerar la consulta previa en la construcción de la segunda calzada Sincelejo – Toluviejo, derecho que la Corte Constitucional ordenó, pero que el Tribunal de Sucre no acató. (Lea también: Los cerros de Sincelejo donde, según indígenas, hasta los micos fueron desplazados)

De acuerdo con Luis Rafael Martínez Martínez, capitán, representante legal del cabildo y principal denunciante, el derecho a la consulta al que aseguran están siendo privados tiene tres principios: libre, previo e informado.

“Libre quiere decir que no debe existir presión, previo que todo debe ser concertado y acordado previamente con la comunidad, e Informado que se debe garantizar la entrega de la información por parte del ejecutor de la obra cuando la comunidad se la solicite”, manifestó el representante.

Esto en razón de que las comunidades de la zona afirmaron que las obras de dicha segunda calzada afectan territorio indígena "divino", más exactamente el Cerro Sagrado de la Sierra Flor de Sincelejo, ubicado en la margen derecha de vía hacia Sincelejo. 

La historia

A mediados de 2015, cuenta el denunciante, la junta indígena presentó acción de tutela en contra de la Dirección de Consulta Previa, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), y las Autopistas de la Sabana, por la "ineficacia" en la consulta previa de dicho proyecto vial. Esa tutela, bajo el radicado 2015-00197-00, le correspondió en primera instancia al Tribunal Administrativo de Sucre, a cargo del magistrado Rufo Arturo Carvajal Argoty.

El 30 de junio de ese año, el funcionario emitió sentencia y el cabildo indígena ganó la tutela. Sin embargo, Carvajal Argoty no ordenó la suspensión de las obras, decisión que los demandantes consideraron infructuosa porque primero se tenía que garantizar el consentimiento “libre e informado” de la comunidad.

“La decisión de Tribunal impidió el goce y materialización del derecho tutelado”, escribió Martínez. Ante el inconformismo, los indígenas rechazaron lo dicho por el magistrado y el expediente pasó entonces a revisión a la Corte Constitucional, quien para agosto de 2016 le dio razón al cabildo y finalmente ordenó la suspensión de la construcción de la calzada.

¿Una cadena de omisiones?

Para octubre del mismo año, el Alto Tribunal ordenó cumplir la decisión de frenar las obras y envió la sentencia de nuevo al magistrado Rufo Arturo Carvajal, quien un mes después ordenó, por medio de un auto, a la secretaría del Tribunal Administrativo de Sucre archivar el expediente. “Por secretaría archívese el expediente de la referencia, previa anotación en el sistema informático siglo XXI”, se lee en el auto.

Según el cabildo indígena, “el magistrado no dio cumplimento a la orden, ni tampoco notificó como lo dice la ley (decreto 2591 de 1991): las sentencias en que se revise una decisión de tutela deberán ser comunicadas inmediatamente al juez o tribunal competente, el cual notificará a las partes y adoptará las decisiones necesarias para adecuar su fallo a lo dispuesto por la Corte”. 

Pero al parecer Carvajal no es el único involucrado. En la denuncia se nombra también a otra magistrada de nombre Silvia Rosa Escudero Barbosa, quien junto con él debía verificar la real delimitación del cerro sagrado para identificar si se requería ampliar el área de suspensión de la obra, orden que ambos rechazaron en otro auto enviado en abril de 2017. 

“No se hace recomendable modificar las ordenes proferidas por la Corte Constitucional en la sentencia T – 436 de 2016, pues,si bien se da cuenta de la necesidad de variar el elemento espacial por parte de los demandantes, lo cierto es que tal delimitación fue hecha en virtud de las probanzas existentes en el expediente hasta el momento de emitirse el fallo", dicen los magistrados. 

Los denunciantes ahora le reclaman a la Corte Constitucional además de "negación de justicia", insensibilidad por parte de las autoridades judiciales que emitieron fallos de instancia “poco sensibles a la concepción diversa religiosa y espiritual de los pueblos amerindios, pues olvidaron que éstas tienen un nexo especial con la tierra y que su lugar sagrado no es un sitió cerrado, sino un sistema interconectado”.

"En esta denuncia se denota un abuso de poder de los funcionarios públicos que ha conllevado a que se nos niegue justicia, es así, que permitirá que su despacho le impute a los magistrados el punible de prevaricato, y por ende se les profiera resolución de acusación", concluye el documento.

Por Silvia Margarita Méndez- @silviamendez94

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