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Ni con tutela conceden traslado en el Sena

Una tutela interpuesta por un trabajador y resolvió que debía ser reubicado en Pasto, con el mismo cargo, en un plazo de máximo 30 días.

Redacción Judicial
16 de enero de 2014 - 03:04 p. m.
Ni con tutela conceden traslado en el Sena

 

Hace dos meses al Sena se le venció el plazo ordenado por el Tribunal Administrativo del Meta para trasladar al funcionario Andrés Alberto Rosero a su ciudad de origen. Él sigue viviendo y trabajando en Villavicencio y su retorno a Pasto, donde se encuentran su hijo de 5 años y su madre de 73, aún es incierto porque la vacante más cercana es en Bogotá. Rosero es responsable de su familia y desde enero del 2013 inició una cruzada realizando todos los trámites burocráticos que existen para lograr su objetivo. Al no ver solución en el Sena presentó una tutela en agosto de 2013.

A consideración del Tribunal Administrativo del Meta –que resolvió el caso en segunda instancia–el distanciamiento al que ha sido sometido Andrés Alberto “acarrea el rompimiento de la unidad familiar, especialmente frente al derecho de su hijo a tener una familia y no ser separado de ella”. Precisamente, para poder ver a su madre y a su hijo, el funcionario tiene que viajar durante 28 horas, desplazamiento que le implica $600.000 del $1.550.000 que gana, y del cual, además, tiene que ahorrar un 80% para solventar los gastos en Pasto. Sin contar los recursos que necesita en Villavicencio.

Además, la corporación encontró que “el Sena vulneró el derecho fundamental a la unidad familiar del accionante y su descendiente, al negar su traslado, pues no se tuvieron en cuenta las especiales circunstancias relacionadas con el bienestar de su hijo”. Derecho que hasta hoy sigue sin cumplirse, pues Andrés Alberto todavía labora en Villavicencio, pese a que en reiteradas ocasiones le hizo saber a la institución, que su madre está en incapacidad de cuidar del menor, por una cirugía de corazón abierto a la que fue sometida. Agregó que el niño, a su vez, desarrolló “una afección de salud de carácter psicológico que se agrava con la ausencia del padre, por lo que se hace necesario el contacto entre ellos”.

Por su parte, el Sena explicó en el fallo que Andrés Alberto debe “asumir las consecuencias de su decisión libre y voluntaria de aceptar el cargo en Villavicencio ya que al momento de posesionarse, la ubicación de esta plaza no fue impedimento ni manifestó que ello le ocasionaría traumatismos, priorizando por decisión libre y voluntaria el derecho al trabajo, la oportunidad de ocupar un empleo y de acceder a funciones públicas ente cualquier otro derecho propio o familiar”.

Sin embargo, el funcionario manifiesta que aceptó el cargo de oficinista documental grado 04, adquirido además en un concurso que duró ocho años, porque representó una especie de salvavidas ante la difícil situación económica por la que pasaba. Añadió que fue cuatro meses después cuando sus circunstancias familiares cambiaron y se hizo imperativa la necesidad de volver a casa.

Para el Tribunal Administrativo del Meta, el Sena debe tener en cuenta la calidad de servidor público de Andrés Alberto y, en consecuencia, advirtió recordarle que no puede desmejorar su situación laboral y debe conservar su empleo al momento del traslado. Reubicación que, según ordenó la corporación, no podía ser mayor a treinta días. Sin embargo, ya cumple casi tres meses. De hecho, el acto administrativo mediante el cual se debe disponer el traslado de Andrés Alberto aún no ha sido expedido por la Coordinadora del Grupo de Relaciones Laborales del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.

Ante la inevitable espera, Andrés Alberto decidió poner en conocimiento de las autoridades el incumplimiento del fallo por parte de esta institución y el pasado 12 de diciembre interpuso un incidente de desacato ante el Juez Segundo Administrativo de Villavicencio –despacho que decidió su tutela en primera instancia–. Comunicación que tuvo respuesta al otro día, disponiendo que en el término de 48 horas el Sena informara si le dio o no cumplimiento a la decisión del Tribunal del Meta expedida en octubre 25 de 2013.

Una espera que ha debido sortear en un ambiente de trabajo que considera “hostil”, pues según él, “por parte de la Dirección Regional del Meta hay recelo y desconfianza hacia mí, como si fuese una persona que estuviese en contra de las directrices. Eso no es así, yo sólo quiero estar con mi familia”. Agregó que esta dilación en el tiempo para atender su caso “puede ser una retaliación por haber puesto la tutela”. Otra de sus preocupaciones es que, mientras él trabaja, “le pase algo a mi mamá o a mi hijo porque ellos no tienen quién los auxilie”.

Aleida Murillo, presidenta del Sindicato de Empleados Públicos del Sena (Sindesena) le explicó a este diario que “hay un ambiente difícil al interior de la entidad y una actitud caprichosa frente al caso del compañero Andrés Rosero porque la forma de llegar al traslado fue una tutela y una denuncia de desacato”. Añadió que ha habido reubicaciones en otros casos, pero que, a su vez, muchos otros funcionarios se encuentran en la situación de Andrés Alberto. “Han otorgado los traslados, pero no siempre ha sido una consideración humana en función del núcleo familiar”, puntualizó Murillo.

Por medio oficina de prensa del Sena se pudo conocer que la institución está al tanto de la situación de Andrés Alberto, pero que el sitio más cercano de traslado es Bogotá, por lo que el caso aún sigue en estudio. Posición ante la que Aleida Murillo comenta que no soluciona el problema familiar ni atiende la necesidad de este funcionario, porque “va a seguir estando lejos y su familia desamparada”.
 

Por Redacción Judicial

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