Publicidad

No habrá renovación gratuita de licencias de conducción

El Ministerio de Transporte se manifestó sobre los alcances del fallo del Tribunal Administrativo de Santander que insta al organismo a prestar el trámite de sustitución (no renovación) de forma gratuita.

David Otero
19 de diciembre de 2013 - 08:58 a. m.
No habrá renovación gratuita de licencias de conducción

El Ministerio de Transporte aclaró que no habrá renovación gratuita de licencias de conducción, lo que aplica en estos casos es la denominada sustitución de documentos vigentes.

El pronunciamiento se da tras las disposiciones legales del Tribunal Administrativo de Santander, jueces de dos municipios del país y un derecho de petición, realizado a través de la Defensoría del Pueblo por la representante a la Cámara por Bogotá, Gloria Stella Díaz, del Movimiento Mira.

“Que el Ministerio de Transporte no cumpla con la ley y desacate los fallos judiciales resulta muy preocupante en un estado social de derecho, en una democracia porque si cada uno de los poderes no respeta la autonomía del otro eso deja mucho que decir”, declaró Gloría Díaz en diálogo con El Espectador.

En este contexto, el viceministro de Transporte, Nicolás Estupiñán Alvarado, ha expresado que lo que debe “quedar muy claro es que la sustitución es un proceso diferente a la renovación, la ley ha sido muy clara en cuanto a la sustitución como un proceso gratuito que tiene que ser adelantado por el Estado, pero en este momento estamos haciendo es un proceso de renovación”.

Pese a esta aclaración del ente ministerial, la Defensoría del Pueblo se ha expresado mediante un concepto legal, emitido luego de un derecho de petición de la representante de Mira frente a la gratuidad del proceso de sustitución.

“La Defensoría del Pueblo considera que de la lectura sistemática de las normas precedentes no se deriva una distinción material entre los términos ‘renovar’ y ‘sustituir’ las licencias de conducción, como lo sostiene el Ministerio de Transporte”, puede leerse en el documento.

Además, según el organismo existe “un deber legal genérico” por parte del Ministerio para sustituir los documentos “que no reúnan las características técnicas” dispuestas en la reglamentación legal vigente, contando además con “(…) el beneficio de la gratuidad, por una sola vez”.

Sustitución y renovación

La renovación es el proceso mediante el cual se reemplaza la licencia de conducción vencida por una vigente. Este proceso ha cobrado importancia en el país por las últimas disposiciones del Ministerio, que ha establecido nuevas características para el documento de la licencia.

El Ministerio de Transporte ha adoptado un ‘Formato Único Nacional para licencia de Conducción’ dispuesto en el Código Nacional de Tránsito, Ley 769, decisión que determina la necesidad para la renovación del pase con las características actuales, dispuestas en la legislación.

La licencia de conducción para vehículos particulares tiene en Colombia, a partir del Decreto 19 de 2012, más conocido como ‘Ley anti-trámites’, una vigencia de 10 años, por lo tanto su renovación debe producirse cuando el documento se encuentre vencido y esta renovación será cobrada por los entes del tránsito terrestre, de acuerdo a la disposición de las administraciones locales.

Por otra parte, la sustitución de la licencia de conducción consiste en el reemplazo del documento por la incompatibilidad entre la categoría en la que se encuentra relacionada y la utilización que le da su portador.

El cambio que debe realizarse por los afectados consiste en la migración de las categorías 04, 05 y 06 o C1, C2 y C3, asignadas al servicio público; hacia las nuevas categorías A1, A2, B1, B2 y B3, fijadas para el transporte particular. 

Según la representante Díaz, “cuatro millones de conductores tienen actualmente licencia de categoría de servicio público pese a que operan servicio particular y a ellos no les vendría la figura de la renovación sino la de la sustitución, aunque esté vencido el documento”.

Frente a esta reclamación, Alvarado ha expresado que el Ministerio “nunca ha negado que la sustitución debe ser gratuita”. En el documento de la Defensoría se ratifica además esta postura: “La gratuidad de la renovación de las licencias de conducción por una sola vez fue respaldada por la Corte Constitucional a través de la sentencia C-925 de 2006”.

Entre las razones que advierte la entidad para la gratuidad, a través del fallo de la corte, se encuentra “la necesidad de otorgar eficacia al principio de equidad tributaria, dada la imposibilidad de obligar a los interesados a asumir el pago de una tasa fundada no en un servicio requerido sino en la decisión estatal de contar con documentos más seguros y confiables”.

El 10 de diciembre se dio el primer resultado legal en esta disputa cuando el Tribunal Administrativo de Santander falló, en segunda instancia, a favor de la gratuidad en este trámite para el Departamento de su jurisdicción, ratificando además lo determinado por los jueces de los municipios de Jamundí y Pradera, Valle.

Como resultado a este fallo en el municipio de El Socorro, Santander, quedó ejecutada la sanción de gratuidad para el proceso de sustitución. “Si nosotros vamos a tramitar una licencia de conducción y en el RUNT no aparece el comprobante de pago de los servicios, no permite tramitar la licencia, puesto que el sistema lo bloquea. Todo eso conlleva a que estamos esperando la decisión del Ministerio con respecto a esta sentencia por cuanto la plataforma no nos permite trabajar, desde el momento que se instauró la demanda envié copia para pedir que nos asesoraran”, expresó a Vanguardia, Ricardo Castellanos, director de Tránsito en El Socorro.

Respecto a los inconvenientes para acatar el fallo del Tribunal Administrativo de Santander, el viceministro se ha mostrado enfático en la negación a sustituir licencias que se encuentran vencidas.

“Lo que nosotros estamos tratando de explicar es que yo no puedo empezar un proceso de sustitución cuando tengo un porcentaje importante de licencias vencidas, yo no le puedo a usted sustituir un documento vencido”, sentenció.

En ese orden de ideas, la posible devolución de dineros que se había contemplado por los ponentes de la gratuidad fue totalmente descartada por el ministerio.

Yo no le puedo devolver a alguien recursos por un proceso que no se dio, estas personas no sustituyeron su licencia, estas personas renovaron su licencia, y en ninguna parte de la ley dice que el proceso de renovación es gratuito”, dijo el viceministro frente a las consecuencias del fallo.

Declaraciones que para Gloria Stella Díaz descalifica los deberes que suscribe MinTransporte en esta situación. Frente a la posición del Ministerio, Díaz ha expresado que el tema “ya trascendió a las esferas judiciales, hay fallo del Tribunal Administrativo de Santander y jueces de la república del municipio de Jamundí y de La Pradera que han establecido otros que ya están en firme: Los fallos dan cuenta de que el ministerio debe de manera inmediata iniciar el cambio y sustitución de las nuevas licencias de conducir. Pero lo que el Ministerio ha venido haciendo es desinformando y confundiendo”.

Por David Otero

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar