Procuraduría General formuló pliego de cargos a Typsa por desfalco a los Juegos Nacionales

La decisión vincula al condenado por estos mismos hechos Carlos Heberto Ángel Torres, exgerente del Imdri y compulsa copias para que se investigue a la exdirectora de esa institución, Lina Piedad Celis y al exasesor Jurídico, Orlando Arciniegas Lagos.

Redacción Judicial
08 de mayo de 2017 - 12:44 a. m.
Carlos Heberto Ángel fue condenado condenado a 12 años de cárcel por desfalco el a los Juegos Nacionales. / elolfato.com
Carlos Heberto Ángel fue condenado condenado a 12 años de cárcel por desfalco el a los Juegos Nacionales. / elolfato.com

La Procuraduría formuló pliego de cargos en contra del exgerente del Instituto Municipal para el Deporte y la Recreación de Ibagué (Imdri), Carlos Heberto Ángel, por irregularidades en la etapa precontractual que derivó en la suscripción un contrato con la multinacional Typsa sin interventoría. El Ministerio Público señaló que Ángel “desconoció los principios de moralidad y responsabilidad que rigen la función administrativa y regulan la contratación estatal e imputa cargos a título de falta gravísima”.

La decisión se enmarca dentro de las denuncias que fueron allegadas por el no seguimiento y control efectuado al contrato entre el instituto y Typsa, y para lo cual se adelantaron dos concursos de méritos para contratar interventoría, pero que derivó en la delegación de estas funciones en una supervisoría. Así mismo por los resultados de la ejecución de dicho contrato que no fueron los esperados.

El Ministerio Público reseña que a pesar de que el Consejo del Imdri autorizó a Ángel para celebrar el contrato de interventoría, se delegó dicha función en un contratista que por su vínculo con el Instituto no podía fungir ni como supervisor ni como interventor del contrato, ya que no tenía la experticia y no iba a realizar el seguimiento y control integral de la consultoría.

La supervisoría fue delegada en el arquitecto e ingeniero Mauricio Campos del Cairo como consta en el contrato suscrito entre el Imdri y la firma española. No obstante, la Procuraduría resalta que los contratos de 2013 y 2014 suscritos por Campos del Cairo, no contemplaban dentro de sus obligaciones y mucho menos en sus objetos contractuales, realizar interventoría a los contratos de estudios y diseños.

Además, como señalaban los pliegos del concurso de méritos por el cual se pretendía contratar la interventoría, el consultor debería registrar en la presentación de la oferta, 25 años de experiencia y una vez analizada la hoja de vida de Campos del Cairo, la experiencia relacionada, desde su graduación como arquitecto al 2013, tan solo se podrían contar siete años y, desde el día 21 de mayo de 2009, fecha en la cual se expidió la tarjeta profesional de ingeniero, se contarían cuatro años.

En conclusión, para la Procuraduría no se podía celebrar un contrato de prestación de servicios para ejercer la supervisión por ser contrario a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 83 de la Ley 1474, ya que solo puede ser ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados.

La Procuraduría argumenta como un hecho irregular que el mismo 25 de noviembre de 2013 cuando fue adjudicado el contrato de estudios y diseños, se descartó el primer concurso de méritos para contratar la interventoría y se inició el segundo proceso para el mismo trámite, pero en el contrato ya se designaba al contratista como supervisor del mismo.

“Ángel pretendía en los comienzos del proceso de selección entregar la supervisión a un ingeniero designado por el Imdri, y no a la interventoría que se contrataría para el efecto, tal y como lo autorizó el Consejo Directivo”, señala el auto de pliego de cargos.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar