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Colombia ratificará soberanía sobre cayos de San Andrés

El presidente Álvaro Uribe dijo que luego de la decisión de la CIJ, lo que le queda al Gobierno es sustentar que los cayos Quitasueño, Roncador y Serranilla, también son territorio colombiano.

El Espectador
14 de diciembre de 2007 - 09:39 a. m.

El mandatario nacional se dirigió al país a través de una alocución presidencial, en la cual rescató el hecho de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) hubiese aceptado como legal el tratado Esguerra-Bárcenas de 1928-30 entre Colombia y Nicaragua en el que el archipiélago de San Andrés hace parte del territorio colombiano.

Uribe, en compañía del Canciller Fernando Araújo, explicó el motivo por el cual los cayos deben ser parte del territorio colombiano y no de Nicaragua.

Explicó que la Corte en su fallo tomó la decisión de llevar a una sentencia de fondo el límite de los dos países y la suerte de los cayos antes mencionados.

"En el momento de firmar el tratado de Esguerra-Bárcenas no se trató nada sobre de los cayos, porque en ese momento Colombia sostenía un litigio con Estados Unidos para determinar la soberanía de los mismos, más no porque Nicaragua los estuviese reclamando", aseguró Uribe.

Agregó que Roncador, Quitasueño y Serranilla siempre han pertenecido a Colombia y que pese a que este jueves la Corte no tomó parte en la decisión sobre la nacionalidad de los mismos, el país tiene cómo sustentar y fundamentar jurídicamente la soberanía sobre los mismos.

De otro lado, recordó que Colombia ya fue ‘generoso' con Nicaragua al concederle la costa de ‘Mosquitos' cuando se llegó al acuerdo de que fuera el meridiano 82 el límite marítimo entre las dos naciones, debido a que antes, ese territorio hacía parte de la geografía nacional.

La Corte ratificó en la madrugada de este jueves que San Andrés y Providencia son de Colombia y también instó a las partes a delimitar las fronteras marítimas.

De acuerdo con la decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), ese tribunal no tiene competencia sobre el litigio por la soberanía de las islas San Andrés, Providencia y Santa Catalina que, según el Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928-30, son de Colombia, tratado que el alto tribunal recordó, sigue vigente.

Sin embargo, la Corte se declaró con jurisdicción para dirimir sobre la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua en el mar Caribe e instó a las partes a ponerse de acuerdo al respecto o de lo contrario ellos abrirán un juicio para resolver el conflicto.

Ahora queda abierto establecer la extensión concreta del archipiélago de San Andrés y delimitar la frontera marítima y continental entre Nicaragua y Colombia, que Colombia sostenía que pasaba por el meridiano 82. Sin embargo, los jueces establecieron que ese meridiano fijó solamente en 1930 "el límite oeste del archipiélago de San Andrés".

El ministro de Exteriores de Nicaragua, Samuel Santos López, dijo en los pasillos de la Corte que con este fallo "el meridiano 82 desapareció totalmente (...) a partir de ahora Nicaragua puede expandir sus fronteras". De igual forma, el profesor de Derecho Internacional de la Universidad Autónoma de Madrid Antonio Remiro Brotón, que es miembro de la delegación nicaragüense, se refirió además al fallo del pasado octubre en el que la CIJ rechazó la frontera de Nicaragua y Honduras en el paralelo 15.

En esa sentencia, dijo, la CIJ "rechazó que el paralelo 15 fuera una división territorial tradicional entre Honduras y Nicaragua (...)" y desde entonces Managua "puede ir al norte de ese paralelo". Y agregó: "el gran significado de esta sentencia es que el meridiano 82 también ha desaparecido como línea divisoria marítima con Colombia".

Respecto a las islas, cuyo litigio se esperaba la principal decisión, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de la Haya reconoció que el Tratado Esguerra Bárcenas de 1928-30 estableció la soberanía de Colombia sobre las islas San Andrés, Providencia y Santa Catalina, por lo que se declaró sin jurisdicción para resolver esta cuestión.

El contencioso no incluye por tanto la soberanía de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, pero sí otras cuestiones territoriales como la soberanía de los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana, regentada ahora por Colombia.

En la sentencia se lee que el Tratado de 1928 "no provee la respuesta a las cuestiones referidas a qué elementos además de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina forman parte del archipiélago de San Andrés, sobre el que Colombia tiene soberanía". El fallo de este jueves se ha centrado específicamente en las cuestiones de jurisdicción de la Corte, pero no trató temas de fondo del contencioso, cuya fecha de inicio de las audiencias orales todavía tiene que ser fijada.

Nicaragua elevó en 2001 este contencioso contra Colombia ante la Corte, basando su denuncia en el artículo 31 del "Pacto de Bogotá" de 1948, en el que Colombia y Nicaragua se comprometieron a reconocer la competencia de la CIJ en la resolución de conflictos relacionados con el Derecho Internacional o la interpretación del Tratado.

Colombia negó la existencia del problema, pues considera que la frontera entre los dos países quedó fijada en el Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928-30. Nicaragua, en cambio, incide en la existencia del litigio, como lo demuestra, a su juicio, que después de 1930 han tenido lugar negociaciones bilaterales entre los dos países para intentar resolverlo.

Por El Espectador

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