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Edgardo Maya responde

Maya reconoció haber ordenado realizar interceptaciones "única y exclusivamente a entidades y servidores públicos, al advertir presuntas irregularidades en el ejercicio de sus funciones".

El Espectador
31 de enero de 2011 - 09:59 p. m.

El ex procurador general Edgardo Maya calificó como “injusta” la queja formulada en su contra por la actual Procuraduría General de la Nación, relacionada con las interceptaciones de comunicaciones que se hicieron durante su gestión al frente del Ministerio Público y por lo cual el Consejo de Estado adelanta una investigación disciplinaria.


Maya reconoce que ordenó realizar interceptaciones “única y exclusivamente a entidades y servidores públicos, al advertir presuntas irregularidades en el ejercicio de sus funciones”, las cuales fueron realizadas con fundamento en razones de orden constitucional y legal, por lo que, dice, “me hago responsable por cuanto tengo la plena certeza de que en desarrollo de las mismas no se incurrió en ilegalidad alguna”.


El exprocurador argumenta su actuar citando el artículo 277 de la Constitución, el cual señala que “para el cumplimiento de sus funciones, la Procuraduría tendrá funciones de policía judicial”. La denuncia contra Maya se refiere a los seguimientos telefónicos que por orden suya se realizaron entre 2002 y 2008 a casi medio centenar de funcionarios de 16 entidades del Estado. Las ‘chuzadas’ se hicieron desde una sala de interceptaciones ubicada en el piso 22 de la entidad y, según el material que investiga el Consejo de Estado, incluye a funcionarios de la misma Procuraduría, políticos, funcionarios de la Registraduría y del Consejo Nacional Electoral y personal del Ministerio de Defensa y del Ejército.


En una carta de respuesta a las acusaciones, Maya sostiene que el Procurador tiene atribuciones jurisdiccionales y puede dictar las providencias necesarias para el aseguramiento y práctica de pruebas en el trámite procesal. Asimismo, advierte que el Contencioso Administrativo, ante una denuncia formulada en su contra precisamente por el uso de las facultades judiciales para interceptar comunicaciones, confirmó su constitucionalidad y legalidad en auto de abril 29 de 2005, manifestando que el ejercicio de “atribuciones de policía judicial le permiten la interceptación de llamadas” y que, contrario a lo que dice la viceprocuradora general de que las interceptaciones por él ordenadas se fundaban en una ley, la 600 de 2000, que fue progresivamente desmontada por el nuevo estatuto penal”, existe una sentencia de la Corte Constitucional que no modifica las atribuciones de policía judicial de la Procuraduría.

Por El Espectador

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