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“El acto legislativo no es para hacerles conejo a las Farc”: Héctor Riveros

El abogado asegura que el procedimiento “tiene que ser rápido, no podemos quedarnos atrapados en unos procedimientos legales que le generan una enorme incertidumbre al proceso”.

Camila Zuluaga
01 de diciembre de 2015 - 03:47 a. m.

En el Congreso de la República se están tramitando dos importantes proyectos que son cruciales para el proceso de paz. Uno de ellos es el acto legislativo que busca darle facultades especiales al presidente Juan Manuel Santos para implementar los acuerdos de La Habana. Héctor Riveros, director del Centro de Pensamiento Liberal, es uno de los juristas que participaron en la elaboración del mecanismo que discute hoy el Congreso y que ha generado un gran debate sobre lo conveniente que sería para la democracia colombiana.

¿En qué consisten las facultades especiales que se le darán al presidente en el acto legislativo que se está tramitando en el Congreso?

Se le otorgan facultades extraordinarias para expedir decretos con fuerza de ley relacionados con el cumplimiento y desarrollo de los acuerdos. El presidente quedará facultado ex ante, es decir, cuando se suscriba el acuerdo de paz ya el presidente tendrá esas facultades. Si no se aprobara ese proyecto, el presidente tendría que presentar un proyecto de ley pidiendo facultades y después expide los mismos decretos. Aquí lo que están ahorrando es tiempo de trámite de un proyecto ordinario.

¿Esas facultades que se le quieren atribuir al presidente podrían implicar que el mandatario le diera curules a los miembros de las Farc?

No, esas facultades son solo para expedir leyes ordinarias. Las que tienen que ver con normas estatutarias no las puede expedir el presidente de la República. Ese proyecto no solamente le da al presidente unas facultades que han sido tradicionalmente usadas en Colombia, sino que incluso le agrega un requisito que hoy no tiene, que es un control automático por parte de la Corte Constitucional. No solo es un trámite normal dentro del funcionamiento del Estado, sino que tiene una garantía reforzada por parte de la Corte Constitucional.

Claro, ¿pero las leyes estatutarias se aprobarían a través de lo que se ha denominado el Congresito?

No hablemos de Congresito, porque no es así.

¿Todo lo que no puede hacer el presidente con las facultades especiales que le darán cómo se tramita?

El cambio más importante realmente es en las reformas constitucionales, no en las leyes. Estas tienen dos vueltas, lo que se hará es que se elimina una de las vueltas. Ahí sí hay una modificación verdaderamente importante. Asimismo, la iniciativa es solo del Gobierno y las modificaciones que se aprueben durante el trámite en el Congreso solo se pueden aprobar con el visto bueno del Ejecutivo.

¿Los congresistas no podrán quitarles ni añadirles nada a los proyectos presentados en esa célula legislativa especial?

Sí pueden, pero con el aval del Gobierno.

¿O sea que sí es cierto lo de que los congresistas en este caso quedarán como simples notarios?

En el caso de las reformas constitucionales sí se les reduce su poder, pero por una razón elemental y es que el objetivo es reglamentar los acuerdos. No se pueden permitir modificaciones ilimitadas, porque en realidad lo que se haría es repetir la negociación de La Habana.

¿Este acto legislativo se aprueba con el trámite corriente que menciona la Constitución hoy?

Sí, ahora se está aprobando en primera vuelta y el año entrante tiene que aprobarse la segunda vuelta.

¿Pasa a revisión constitucional?

No es obligatorio. Pero la puede demandar cualquier persona y la Corte asume la competencia.

¿Para cuándo estaría listo?

Aproximadamente para junio, porque la revisión de la Corte no es condición para entrar en vigencia.

¿Y si entra en vigencia y se cae después?

Se cayó y nos quedamos sin procedimiento especial y toca acudir al procedimiento ordinario.

¿Puede pasar que se firme el acuerdo de paz, pero estemos sin reglamentación para aplicar los acuerdos?

Deberíamos haber tenido un procedimiento rápido desde hace 3 años, no ahora.

Los representantes de las Farc no están de acuerdo con el acto legislativo, pues dicen que quedan en manos de sus enemigos, los congresistas. ¿Las Farc van a tener puesto en el “Congresito”?

En mi opinión sí tienen que tener representación.

¿En el “Congresito”?

Ese Congresito es el mismo Congreso.

Claro, pero no van a ser todos los congresistas.

Aquí se tramitaría igual que como una reforma constitucional: Comisión Primera, plenaria y nuevamente Comisión Primera y plenaria, solo que una vez y no dos veces como se hace hoy. Pero se tramita igual. Es la Comisión Primera, sólo que en este caso le agregan otros congresistas.

Dentro de esos nuevos congresistas, ¿existe la posibilidad de agregarle miembros de las Farc?

Hasta ahora no, pero en mi opinión así debería ser.

¿Quiénes son los nuevos integrantes en Cámara y Senado?

Lo que está previsto es que las mesas directivas de las cámaras nombran a doce congresistas adicionales a las comisiones primeras para conformar esa comisión. No se nos puede olvidar que el objetivo de esto es implementar los acuerdos, no reabrir las discusiones.

Por eso le insisto, los congresistas en este caso serán simples testigos…

El procedimiento tiene que ir dirigido a cumplir los acuerdos, eso no es para ponerles conejo a las Farc, es para implementar lo que se acordó. Y tiene que ser rápido, no podemos quedarnos atrapados en unos procedimientos legales que le generan una enorme incertidumbre al proceso.

Dicen que del afán no queda sino el cansancio. ¿Por qué quieren correr tanto?

El riesgo es que si hoy firman los acuerdos, a partir de ahí se activa un procedimiento que es el ordinario para formalizar los acuerdo que puede ser por ejemplo de un año. Durante ese tiempo, ¿dónde va a estar la guerrilla? ¿Van a estar sometidos en un lugar durante un año? Obvio que no lo van a hacer. Eso genera un efecto negativo para la tropa de abajo, no para los de arriba.

Los acuerdos se pueden reglamentar si se aprueba el plebiscito, que según el presidente es un compromiso fundamental para cerrar la negociación…

No es según el presidente, el presidente ofreció que se refrendaran los acuerdos sin que eso fuera un trámite obligatorio. Él podría firmar y después implementarlos sin habernos preguntado a los colombianos. Sin embargo, él y las Farc dicen que va a estar sometido a un proceso de refrendación.

Pero las Farc dicen que no debería haber refrendación, sino constituyente inmediatamente.

Las Farc creen que la constituyente es un proceso de refrendación. Pero mire, hoy las Farc y el gobierno puede firmar un papel y decir que ya no habría refrendación, podría darse así. Pero el acto legislativo constitucionaliza la obligación de preguntarle a la gente.

Sí, pero bajando el umbral.

En el acto legislativo no se menciona el umbral, solo se dice que para cumplir los acuerdos se necesita una previa refrendación popular. Es decir, lo que hoy es una simple expresión de voluntad política, se vuelve un acto jurídico, nada menos que constitucional.

Claro, pero de todas formas con el cambio de bajar el umbral…

Lo más importante y que no se ha dicho es que la decisión está en la gente, que es la posibilidad de decir que no. Si la gente no está de acuerdo pueden ir a votar.

Angélica Lozano dice que la transformación de ese umbral del plebiscito no debería hacerse solo para este sino que debería extenderse para todos los casos. ¿Le parece conveniente?

A mí no me gusta un plebiscito, yo preferiría que se hubiera escogido otro mecanismo de participación distinto. El tema de bajar el umbral para este o para otro, a mi modo de ver no es tan grave si la gente puede votar que no.

Pero no va a hacer equitativa si la publicidad oficial durante 3 años ha sido a favor el acuerdo…

Uno sí debería pedir que haya una campaña equilibrada, que haya unas reglas de juego que permitan que los que estén por el sí permitan unas garantías e instrumentos relativamente iguales a los que están por el no. Eso es lo importante, lo otro no porque al final la gente toma la decisión.

¿Qué pasa si el sí o no alcanzan los 4 millones y medio?

Pues no se aprueba, se necesita cuatro y medio por el sí. Al sí es al que le están colocando una condición.

Por Camila Zuluaga

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