Las medidas adoptadas también contemplan la suspensión general de los permisos para el porte de armas en el país, desde el viernes 7 de marzo hasta el miércoles 12 de marzo, sin perjuicio de las autorizaciones especiales que durante estas fechas expidan las mismas.
En cuanto a la propaganda electoral, durante el día de elecciones se prohíbe a las emisoras, prensa escrita y a todas las modalidades de televisión legalmente autorizadas en el país, difundir propaganda política y electoral, así como la realización o publicación de encuestas, sondeos o proyecciones electorales.
El 9 de marzo los candidatos y partidos no podrán exhibir nuevos carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral; ni difundir propaganda electoral a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.
En la jornada electoral no podrán usarse dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados.
Por último, los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse de sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio acompañados hasta el interior del cubículo de votación, sin perjuicio del secreto del voto. Así mismo, bajo estos lineamientos, podrán ejercer el derecho al voto las personas mayores de ochenta (80) años o quienes padezcan problemas avanzados de visión.