La comisión primera de la Cámara de Representantes aprobó en quinto de ocho debates la reforma a la Justicia Penal Militar que da más y mejores garantías jurídicas a los uniformados del país.
La corporación dio vía libre a la iniciativa encaminada a reforzar el fuero militar para tener un marco legal en las operaciones militares de los uniformados en Colombia.
El ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzó, dijo que el proyecto se trata de “justicia y equilibrio” en los procesos que cursan en contra de los militares.
“Se quiere una justicia especializada, pronta y sin presunciones ni a favor ni en contra”, aseguró el alto funcionario.
Sobre el álgido tema, Pinzó dijo que “debe quedar claro” que con el proyecto nunca se ha pretendido sacar de la justicia ordinaria los procesos de los falsos positivos de Soacha.
Además, insistió que ahora en Colombia se habla de paz, gracias a la gestión de las Fuerzas Militares.
“Que nadie se equivoque, estamos en un país bien distinto al de hace 10 años gracias a las operaciones de las Fuerzas Militares”, señaló.
¿Qué cita el proyecto de fuero militar?
* Tribunal de Garantías
Se creará un Tribunal de Garantías Penales que tendrá competencia para ejercer como juez de control de garantías (como el de la justicia ordinaria) en cualquier investigación o proceso penal que se adelante contra miembros de la Fuerza Pública.
* Comisión mixta
En el mismo sentido, en la justicia penal militar excepcionalmente podrá intervenir una comisión técnica de coordinación integrada por representantes de la jurisdicción penal militar y de la jurisdicción penal ordinaria, para definir la competencia de la justicia ordinaria o militar cuando exista alguna duda.
* Defensa técnica
También el proyecto establece la creación de un fondo destinado específicamente a financiar el sistema de defensa técnica y especializada de los miembros de la Fuerza Pública. Ese nuevo sistema estará bajo la dependencia, orientación y coordinación del Ministerio de Defensa Nacional.
* Cárcel especializada
Los miembros de la Fuerza Pública cumplirán la detención preventiva en centros de reclusión establecidos para ellos y cuando no existan esos centros penitenciarios, en las instalaciones de la unidad a la cual pertenezcan. “Cumplirán la condena en centros penitenciarios y carcelarios establecidos para miembros de la Fuerza Pública”, advierte.