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‘Fuerza pública es juzgada como organización legítima’: Yesid Reyes sobre justicia especial

El ministro de justicia se refirió a las diferencias entre la jurisdicción para la paz para agentes del Estado y las Farc.

Redacción Política
21 de diciembre de 2015 - 03:23 p. m.
El Espectador / El Espectador
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 Luego de que este sábado se conocerán los detalles de la justicia especial para los militares, el ministro de Justicia, Yesid Reyes se refirió a las diferencia entre esta jurisdicción para agentes del Estado y para miembros de las Farc.

En entrevista con Blu Radio subrayó que “una primera diferencia tiene que ver con el origen y la naturaleza misma de las Farc y las Fuerzas Armadas, las Farc son una organización al margen de la ley, todos sus integrantes están en la ilegalidad y por consiguiente todo lo que hacen está al margen de la ley. A diferencia de ellos, la fuerza pública es una organización legítima y por consiguiente todas las actuaciones que hacen sus integrantes se presumen legales”. (Vea: Así será la justicia especial para los militares)

“Se reconoce específicamente que para la responsabilidad no basta la simple condición de tener el mando de una tropa, sino en temas adicionales como tener información sobre los hechos delictivos que iban a ocurrir y la posibilidad de haber intervenido en una situación que terminó siendo delictiva”, agregó respecto al “régimen especial, diferenciado, simultáneo, equilibrado y equitativo, basado en el DIH”, que anunció será implementado para las Fuerzas Militares.

De igual forma indicó respecto a la diferencia de sanciones que se aplicarán a miembros grupo guerrillero y militares que “son exactamente iguales para Fuerza Pública y Farc, si un miembro de las Fuerzas Militares no reconoce responsabilidad y termina siendo vencido en juicio y por consiguiente declarado responsable de un delito, va a recibir una sanción de entre 15 y 20 años de prisión. Si un miembro de las Fuerzas Armadas reconoce responsabilidad pero de manera tardía, va a recibir sanción de entre 5 y 8 años de prisión”.

El instrumento jurídico, dado a conocer por el presidente Juan Manuel Santos, con el respaldo de los ministros de Defensa y Justicia, Luis Carlos Villegas y Yesid Reyes, parte de asumir que su finalidad es proteger y garantizar los derechos de todos los ciudadanos, al tiempo de contribuir con el fortalecimiento de las instituciones y su legitimidad. Es decir, que el trato diferencial para los agentes del Estado se basa en que los miembros de la Fuerza Pública ostentan el ejercicio legítimo de la fuerza y sus acciones se presumen legales.

Lo anterior indica que si bien para evaluar la responsabilidad del mando y otros superiores debe tenerse en cuenta el Derecho Internacional Humanitario, la determinación de dicha responsabilidad no podrá fundarse exclusivamente en el rango, la jerarquía o el ámbito de jurisdicción. En otras palabras, que la responsabilidad de los miembros de la Fuerza Pública por los actos de sus subordinados deberá fundarse en el control efectivo de la respectiva conducta, en el conocimiento basado en la información y en los medios que existían para prevenirla.

Por Redacción Política

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