Publicidad

Por ley, prostíbulos estarán obligados a proveer condones a trabajadores sexuales

Así lo establece el Código de Policía presentado por el ministerio de Defensa en el Congreso.

Redacción Política
03 de octubre de 2014 - 03:54 p. m.
Por ley, prostíbulos estarán obligados a proveer condones a trabajadores sexuales

La reforma al Código de Policía que está promoviendo el ministerio de Defensa en el Congreso establece varias polémicas iniciativas encaminadas a preservar el orden público en el país.

Sorprende la regulación que fue incluida para el manejo de los prostíbulos en el país. Dentro de los requisitos para el funcionamiento de los establecimientos, inmuebles o lugares donde se ejerza el trabajo sexual, se contemplan medidas serias y concretas.

Los propietarios de los establecimientos donde se ejerza el trabajo sexual, deberán cumplir con las varias condiciones.

Sorprende que las autoridades por primera vez le ‘metieran el diente’ al tema del cuidado sexual de quienes ejercen la prostitución en el país.

En el Código se establece que los dueños de los prostíbulos deberán suministrar los condones (recomendados por las autoridades sanitarias) a los trabajadores sexuales.

Además, se obliga a los dueños de los establecimientos a promover el uso del condón y de otros medios de protección.

Medidas establecidas en el Código para funcionamiento de prostíbulos:

1. Obtener permiso previo de funcionamiento, de la autoridad de planeación municipal o distrital o su delegado.

2. Obtener para su funcionamiento el concepto sanitario expedido por la Secretaría de Salud o su delegado.

3. Proveer o distribuir a los trabajadores sexuales y a quienes utilizan sus servicios, condones aprobados por las entidades competentes y facilitarles el cumplimiento de las medidas recomendadas por las autoridades sanitarias.

4. Promover el uso del condón y de otros medios de protección, recomendados por las autoridades sanitarias, a través de información impresa, visual o auditiva, y la instalación de dispensadores de condones en lugares públicos y privados de dichos establecimientos, inmuebles o lugares.

5. Colaborar con las autoridades sanitarias y de policía cuando se realicen campañas de inspección y vigilancia y asistir a los cursos que ellas organicen.

6. Tratar dignamente a los trabajadores sexuales, evitar su discriminación o rechazo y la violación de sus derechos a la libre movilización y al desarrollo de la personalidad.

7. No permitir o propiciar el ingreso de niños, niñas o adolescentes a estos establecimientos, inmuebles o lugares.

8. No permitir, favorecer o propiciar el abuso y la explotación sexual de menores de 18 años de edad o de personas con discapacidad.

9. En ningún caso, permitir, propiciar o agenciar el maltrato, su utilización para la pornografía, la trata o la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes – ESCNNA.

10. No inducir o constreñir al ejercicio del trabajo sexual a las personas o impedir, a quien lo realiza, retirarse del mismo si fuere su deseo.

11. En ningún caso, permitir, favorecer o propiciar la trata de personas o la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes – ESCNNA.

12. No mantener en cautiverio o retener a los trabajadores sexuales.

13. Abstenerse de realizar publicidad alusiva a esta actividad en la vía pública, salvo la identificación del lugar en su fachada.

14. Velar por el cumplimiento de los deberes y comportamientos de los trabajadores sexuales;

15. Abstenerse de incurrir en especulación de precios respecto de los servicios y elementos suministrados a los trabajadores sexuales.

16. Proveer los elementos y servicios de aseo necesarios para garantizar el cumplimiento de las medidas recomendadas por las autoridades.

17. Intervenir en caso de controversia, entre las personas que utilizan el servicio los trabajadores sexuales, para evitar el detrimento de los derechos de estos últimos. 

Por Redacción Política

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar