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'Mico' blindaría de procesos disciplinarios a congresistas

El Código de Ética, radicado en el Congreso, busca que el procurador no pueda adelantar procesos contra los parlamentarios.

Felipe Morales Mogollón
21 de febrero de 2013 - 10:36 p. m.
El procurador Alejandro Ordóñez en su reelección. / Gabriel Aponte
El procurador Alejandro Ordóñez en su reelección. / Gabriel Aponte

Sin mayor expectativa fue radicado en la Secretaría del Senado, con la firma de más de 40 parlamentarios, el Código de Ética del Congresista. La propuesta fue presentada como un acto de contrición del Legislativo que busca adoptar medidas de control interno contra las malas prácticas, como las que se dieron durante el trámite de la reforma a la justicia que estaba plagada de ‘micos’ y terminó hundida por solicitud del presidente Juan Manuel Santos. Pero la realidad es otra. Este código blindaría a los congresistas de investigaciones del procurador en su contra.

Lo que resulta más preocupante es que estos procesos serían asumidos por la Comisión de Ética del Congreso, una instancia que existe sobre el papel, pero que, como muchas otras que tiene el Legislativo, no produce resultados. Sin ir más lejos, la Comisión de Acusación, encargada de juzgar a altos funcionarios, no ha generado ninguna sanción en más de dos décadas.

Gloria Borrero, directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, rechaza tajantemente la iniciativa, afirma que “el Congreso ha demostrado con creces que la comisiones que crean son inoperantes” y cita también como ejemplo a la Comisión de Acusación. Además, dice que lo realmente necesario es prohibir la reelección del procurador, porque “se ha demostrado que es irregular la forma como se obtienen los votos, y esto hace que se politice el organismo”.

Por el contrario, el senador Jesús Ignacio García dice que “el poder disciplinario siempre se debe ejercer internamente, porque eso preserva la autonomía del Legislativo y salvaguarda el principio de pesos y contrapesos del Estado”.

Claramente, el código plantea en su artículo 3 que “corresponde a las comisiones de Ética y Estatuto del Congresista, el ejercicio de la acción ética-disciplinaria contra los senadores y representantes”.

La iniciativa deja en claro que el Ministerio Público sólo podrá investigar disciplinariamente a miembros de las mesas directivas del Congreso por actos administrativos o de ordenamiento del gasto, o a quienes incurran en conductas relacionadas con la pertenencia, promoción o financiación de grupos armados, narcotráfico o delitos contra los mecanismos de participación democrática.

El argumento de los parlamentarios es que el artículo 185 de la Constitución plantea “un fuero que inhibe al procurador para disciplinar a los legisladores por incumplimiento o infracción en los actos propios de su función”.

Por ajustado a la norma que resulte, es claro que irregularidades como las que se presentaron en el trámite de la reforma a la justicia, por la cual la Procuraduría abrió investigación contra los conciliadores, no podrían ser objeto de vigilancia, pues se trata de actos realizados en función parlamentaria y, de ser aprobado el código, sería el Congreso mismo, a través de la Comisión de Ética, el que sancionaría.

Si de argumentos se trata, el debate sobre la pertinencia de las investigaciones del procurador no es nuevo. Se ha manifestado que es contradictorio que el Senado, encargado de elegir al procurador —y en el caso de Ordóñez, de reelegirlo—, sea investigado por éste.

El senador Samuel Arrieta, presidente de la Comisión de Ética, quien radicó la iniciativa, sostiene que “el sistema de elección del procurador claramente refleja un conflicto de intereses entre investigador y elector”. Además, explica, “desde 1992 quedó estipulado en la Ley Quinta que el Congreso expediría su régimen disciplinario, y es el que queremos tramitar”.

Pero esta no es la única perla. El procedimiento de pérdida de investidura que realiza el Consejo de Estado quedaría también en manos de la Comisión y sólo llegaría al alto tribunal luego de cumplir un dispendioso proceso que tendría que ser ratificado por las plenarias. A juicio de la directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios: “Se trata de la reedición de la reforma a la justicia. Ellos quieren flexibilizar los mecanismos sancionatorios porque eso es lo que les talla”.

Si esto fuera poco, también plantea reducir las sanciones. El procurador tenía la facultad, según el caso, de suspender e inhabilitar hasta por 20 años. La fórmula que plantea la iniciativa ‘mágicamente’ las reduce a un máximo de seis meses y en otros casos se resuelve con multas. Así lo plantea el artículo 14, inciso C.

No cabe duda de que se trata de un debate espinoso en el que está sobre el tapete la capacidad del Congreso de realizar su propio control disciplinario, labor que hasta el momento ha venido desempeñando la Procuraduría, que tan sólo en el período de Alejandro Ordóñez ha significado la sanción de 22 parlamentarios.

Por Felipe Morales Mogollón

 

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