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¿Militante o presidente-candidato?

Procuraduría acusa a Santos de desacatar la Ley de garantías. El artículo sexto de la norma habilitaría al mandatario para hacer proselitismo.

Hugo García Segura
30 de noviembre de 2013 - 05:10 p. m.
Presidente Juan Manuel Santos. / Archivo
Presidente Juan Manuel Santos. / Archivo
Foto: LUIS ANGEL

¿Está el presidente Juan Manuel Santos incumpliendo la Ley de garantías y desafiando las directrices de la Procuraduría General de la Nación? Según la procuradora delegada y presidenta de la Comisión Nacional de Asuntos Electorales, María Eugenia Carreño, el jefe de Estado incumplió las advertencias hechas por el Ministerio Público al asistir en la noche del jueves al lanzamiento del programa ‘La U escucha y propone’, donde ese partido presentó algunos de los nombres de quienes harán parte de sus listas al Congreso en 2014.

En su intervención, Santos dijo que acudía al evento en calidad de militante del Partido de la U y no como candidato: “Un partido que fundé a mucho honor y vengo además totalmente amparado con la misma Ley de garantías, que me prohíbe hablar sobre el futuro y tengo que acatarlo, pero no me impide hablar sobre el presente y el pasado”, manifestó, haciendo además un repaso sobre los logros de su gobierno en materia social y de seguridad.

Pero precisamente para Carreño, en este tipo de eventos solamente se pueden tocar temas relacionados con los partidos, más no hacerse balances del Gobierno. “Yo me pregunto: ¿cuántas reuniones más va a hacer el señor presidente con esta finalidad? ¿Cuántas reuniones so pretexto de reunirse con su partido?”, precisó la funcionaria, advirtiendo que con este tipo de actividades el jefe de Estado se está involucrado en actos proselitistas.

Y es que para la Procuraduría, si bien Santos anunció la semana pasada su intención de buscar la reelección, la Ley señala que la campaña arranca cuatro meses antes de la primera vuelta de las elecciones presidenciales, es decir, el 25 de enero. Además, Carreño calificó como “absurdo” el hecho de que dirigentes del Partido de la U hayan salido a decir que el evento del jueves pasado fue un “acto académico” y dijo que se utilizó una plataforma electoral, desequilibrando notablemente las campañas políticas: “Fue claramente un acto proselitista”.

Las respuestas en defensa del primer mandatario no se han hecho esperar. Para el ministro del Interior, Aurelio Iragorri Valencia, la misma Ley de garantías, en su artículo sexto, le permite a Santos asistir a las convenciones de los partidos, entre otras posibilidades. Dicho artículo establece que el presidente, cuando aspire a la reelección, “podrá participar en los mecanismos de selección de candidatos de los partidos o movimientos políticos”.

Pero el ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez fue mucho más allá. Según explicó, quien disciplina al presidente de la República no es el Procurador General de la Nación sino el Congreso, dando a entender que las sugerencias o advertencias del Ministerio Público frente a la participación en política de Santos están “fuera de contexto”.

“El Gobierno considera que son profundamente respetables las opiniones del señor jefe del Ministerio Público, pero en este caso no las puede compartir porque el Procurador General no es el competente para investigar penal ni disciplinariamente al jefe del Estado ante cualquier falla, si se llegara a presentar. En este caso, por intervención en política --que no la consideramos-- sería el Congreso el órgano competente”, agregó Gómez Mández.

Y en seguida, se remitió también al artículo sexto de la Ley de garantías, que además en uno de sus apartes aclara los conceptos de campaña y precampaña. “Este último le permite al presidente, un mes antes de la respectiva asamblea, convención o congreso de los partidos, participar en ellos e, incluso, hacer proselitismo. De manera que el Gobierno, por esa razón, le solicitó el concepto al órgano competente que es la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, concepto que muy probablemente se emitirá en los próximos días”, manifestó.

Finalmente, el ministro de Justicia señaló que sería “absurdo” que la Constitución autorizara al presidente a presentarse como candidato y no le autorizara actuar como candidato. “Desde el momento en que se permitió la reelección inmediata, se estableció la figura de presidente–candidato, la cual no existía, y en ese orden de ideas, lo que no se puede hacer es paralizar la administración. El presidente tiene que reunirse con directores, tiene que reunirse con jefes, con empresarios. El Constituyente, delegado en este caso, no autorizó la reelección para que el presidente se encerrara mudo y sordo en la Casa de Nariño”, concluyó.
Está claro que mientras para el Gobierno no se ha violado la Ley de garantías, para la Procuraduría el presidente Santos traspasó la línea. Ahora falta ver en este nuevo ‘choque’ cuál será el paso que dará el Ministerio Público, pues ya hay quienes dicen que se elevará una acusación formal ante la Comisión de Acusación de la Cámara de representantes, el órgano que por ley le corresponde investigar al jefe de Estado. Y también, toca esperar qué actitud asumirá Santos de aquí en adelante.
 

Por Hugo García Segura

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