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"No tratamos de vencer, sino de convencer"

Hoy se reanuda el debate para legalizar el matrimonio igualitario. Ilva Myriam Hoyos asegura que hará presencia nuevamente durante la plenaria a menos que el procurador le pida lo contrario.

Camila Zuluaga, Especial para El Espectador
22 de abril de 2013 - 09:32 p. m.
La procuradora delegada, Ilva Myriam Hoyos, dice que la sentencia de la Corte sobre el matrimonio igualitario es contradictoria y confusa, no sólo para la Procuraduría, sino para los notarios. / El Espectador
La procuradora delegada, Ilva Myriam Hoyos, dice que la sentencia de la Corte sobre el matrimonio igualitario es contradictoria y confusa, no sólo para la Procuraduría, sino para los notarios. / El Espectador

Hoy en el Congreso de la República se reanuda el debate sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo. La presencia en la discusión de la procuradora delegada, Ilva Myriam Hoyos, para tratar de persuadir a los congresistas de votar negativamente el proyecto, ha generado controversia. El Espectador habló con ella sobre los argumentos que sostiene para oponerse a que a los homosexuales se les permita casarse.

Hoy se reanuda la discusión sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo en el Congreso. ¿Usted va a asistir?

Voy a esperar qué directriz da el procurador general. En principio pienso que es una temática que no es ajena al Ministerio Público y será una decisión que adopte conjuntamente con el procurador. Estimo que no hay razón para no asistir.

¿Quiere decir eso que la vez pasada usted asistió por orden del procurador Ordóñez?

En todas las actuaciones que realizo tengo en cuenta lo que el señor procurador determina. En principio asistiré salvo que el procurador general estime que no deba hacerlo. Este es un debate que interesa a toda la sociedad y a la Procuraduría en su condición de órgano de control, pero a su vez en representación de la sociedad, teniendo en cuenta que estamos hablando de dos de las instituciones básicas de la sociedad: familia y matrimonio.

¿Cómo es posible que decida asistir al debate después de que se conoció el mensaje de su celular donde manifestaba que estaba haciendo ‘lobby’ con los congresistas?

Hablé con algunos senadores manifestándoles que el lunes el señor procurador había presentado una solicitud, reiterándole a la Corte Constitucional la urgencia de que se decidiera la nulidad presentada en relación con la Sentencia C-577 de 2011. No he dicho nada en contra de mis funciones constitucionales y legales, no he actuado constriñendo a los senadores. No he ocultado mi presencia ni he hecho algo que pueda ser censurado. Censurable es que se utilice una comunicación privada para generar una polémica afectando el ámbito de la privacidad y de la intimidad. Por eso no creo que exista ninguna razón por la cual no deba asistir al debate.

¿La comunidad LGBTI se siente en cierta medida agredida con esa participación de la procuraduría en el debate?

No estoy pronunciándome en contra de los homosexuales, de hecho exijo respeto por ellos.

¿No le parece indebido que la Procuraduría asista a hablar con los congresistas sobre su posición? ¿No se ejerce presión sobre el Legislativo por el temor que sienten hacia esta institución, debido a la capacidad que tiene ésta de destituirlos e inhabilitarlos?

No creo. A mí me han invitado en muchísimas oportunidades para presentar la posición de la Procuraduría en torno a proyectos de ley. Y los congresistas han acogido o no el concepto de nosotros, no es la primera ni será la última vez que un procurador delegado, incluso el procurador general, lo haga en cumplimiento de las funciones constitucionales y legales. Nosotros no tratamos de vencer, sino de convencer.

Sin embargo, esta Procuraduría se ufana de ser la que más funcionarios ha destituido en la historia del país. Por eso le reitero mi pregunta, ¿no cree que los congresistas le tienen miedo a ser víctimas de represalias?

No creo. El procurador y los procuradores delegados somos juristas y tenemos que atenernos y actuar solamente en el ámbito y ordenamiento jurídico. Las causales específicas para iniciar los procesos disciplinarios están determinadas por el Código Único Disciplinario. Por lo tanto, creo que de ser así ni el procurador ni sus delegados no podrían asistir a ningún órgano del poder público, sea o no sea el Legislativo. Asistimos a muchas discusiones en cumplimento de nuestra función constitucional, no por ello se puede afirmar que queremos infundir temor a ningún servidor público. No obstante, la presencia mía no solamente en el Congreso, sino en cualquier instancia del poder público no tiene como función atemorizar a los servidores públicos; al contrario, colaborar armónicamente forma parte del ordenamiento constitucional.

¿Por qué oponerse a que se apruebe la unión de parejas del mismo sexo más allá de plantear un argumento religioso?

No niego las convicciones religiosas, pero también sé que en el ámbito del servicio público debo actuar de conformidad con la Constitución y la ley. Las convicciones religiosas no se oponen a esas obligaciones y deberes, y uno podría manifestar que las convicciones religiosas no impiden que el servidor público pueda actuar de manera jurídica. La invito a que revise nuestras actuaciones en el ámbito de las funciones y podrá advertir el cuidado que tenemos para insistir a partir de argumentos jurídicos.

¿Cuál es el argumento constitucional?

La sentencia de la Corte es contradictoria y confusa, no sólo para la Procuraduría sino para los notarios y para un congresista como Miguel Gómez. El matrimonio exige la distinción heterosexual hombre y mujer, esa unión debe ser uno con una, es decir, que excluye la poligamia y la poliandria. Cuando el constituyente habló de matrimonio lo hizo específicamente de la decisión libre de un hombre y una mujer para contraer matrimonio. En ese sentido la definición que adopta el artículo 113 del Código Civil, si bien es anterior a la Carta del 91, es constitucional.

Sí, ¿pero la Corte qué fue lo que hizo con la Sentencia C-577 de 2011?

En la sentencia se ve que la Corte quiere llegar a un consenso y por eso hay partes muy contradictorias con falencias y falacias. Por un lado se declaró inhibida para pronunciarse sobre la noción de familia, pero declara exequible la norma del Código Civil que define la norma de matrimonio entre un hombre y una mujer. Además de adoptar otra serie de decisiones, como exhortar —aunque parece más una orden— al Congreso para que al 20 de junio de 2013 establezca una regulación para las uniones entre parejas del mismo sexo y establece que en caso de que no se cumpla, los notarios o los jueces podrán presenciar ese vínculo jurídico entre las parejas del mismo sexo.

¿Por qué?

Creemos que la Corte sustituyó la Constitución, porque así como ha declarado inexequibles actos legislativos que la reforman, en el que ella considera la estructura axial en relación con el tema de la reelección, hay dos cosas que son la estructura esencial de la sociedad, como son la familia y el matrimonio. La Corte en esa sentencia varió su jurisprudencia por considerar que el concepto de familia es maleable y cambiante con las nuevas situaciones sociales.

“Es necesaria la distinción heterosexual”

 

La oigo muy critica con la Corte Constitucional. ¿Le parece que ésta ha excedido sus funciones en torno al tema?

¡Claro que sí! Y por eso es que presentamos la nulidad ante la misma. Yo reconozco que la Corte ha avanzado en la defensa de los derechos, así uno en muchas oportunidades no esté de acuerdo, pero en esta oportunidad se excedió.

¿Usted piensa que el concepto de familia nunca se va a poder cambiar?

La Constitución ha establecido a la familia como institución básica de la sociedad, porque es el núcleo esencial a través del cual la sociedad pervive y subsiste y para ello es necesaria la distinción heterosexual entre el hombre y la mujer, con el fin de que pueda darse la procreación. Esta definición tiene su razón de ser en una condición no meramente jurídica, sino filosófica y antropológica.

Hemos avanzado en el mundo para que la procreación no dependa exclusivamente de la unión entre hombre y mujer. Por eso mi pregunta: ¿no cree que el ordenamiento puede cambiar?

La procreación artificial hasta el momento exige la fecundación del óvulo y lo debe hacer con el aporte de las células masculinas.

“El legislador no tiene competencia para redefinir el matrimonio”

 

Ello no significa que un hijo tenga que estar en parejas heterosexuales y así lo vemos en múltiples casos.

Sí, pero el origen siempre supone la distinción heterosexual, como estableció la constituyente del 91. Si queremos cambiar esa noción tenemos que hacerlo no a través de la sustitución de la Constitución, sino a través de los mecanismos para reformarla. El legislador no tiene competencia para redefinir el matrimonio ni para establecer el matrimonio igualitario, porque constitucionalmente se reservó esa nota esencial de la unidad y de la heterosexualidad.

¿Qué hacer con los derechos de las personas que conforman las parejas del mismo sexo?

 Las personas homosexuales tienen garantizados sus derechos fundamentales. Además, tienen reconocidos sus derechos patrimoniales. Sin embargo, consideramos que no cabe en este caso hablar de una discriminación, que el que las parejas homosexuales no puedan contraer matrimonio no las afecta en sus derechos fundamentales.

 

 

Por Camila Zuluaga, Especial para El Espectador

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