Publicidad

Refrendación de acuerdos de paz vía plebiscito

Aunque se presenta como una iniciativa parlamentaria, sería la fórmula que el Gobierno acogería para refrendar los acuerdos de paz.

Redacción Política
12 de septiembre de 2015 - 03:57 a. m.

Desde que el presidente Juan Manuel Santos comprometió su palabra con la refrendación de los eventuales acuerdos de paz que logren los equipos negociadores del Gobierno y las Farc en La Habana, la primera opción siempre fue el referendo. Sin embargo, debido a su complejidad, todo indica que el mandatario desistió de esta posibilidad y ahora el Partido de la U —su partido— le lanza un “salvavidas” presentando como mecanismo para dicha refrendación el plebiscito.

Y es que, según el senador Roy Barreras, codirector de esa colectividad y presidente de la Comisión de Paz, se trata de una herramienta que ya existe en la Constitución y aunque nunca se ha empleado en Colombia, surge como una fórmula ideal para que en el momento de la refrendación popular no se caigan los acuerdos de paz con las Farc.

Precisamente ese es el gran temor que genera el referendo, pues se necesita un umbral muy alto (número de apoyos) y requiere que se les pregunte a los colombianos, punto por punto, sobre lo acordado. Si alguno de estos no tiene el respaldo suficiente, se puede caer toda la negociación y con ella el esfuerzo de más de tres años de diálogos con la guerrilla.

Aunque desde la U se presenta este plebiscito como un asunto espontáneo de iniciativa parlamentaria, la cadena de sucesos en torno a la refrendación dice lo contrario. El martes pasado, el presidente Santos, en un conversatorio con el expresidente del gobierno español José María Aznar, reconoció que lo mejor era descartar el referendo “porque sería un suicidio” y habló de optar por otras “vías más institucionales y respetando el Congreso”.

Casualmente, Barreras presentó la iniciativa de plebiscito tres días después, con una serie de modificaciones estructurales para garantizar que están jugando con las cartas ganadoras. Por ejemplo, para no tener riesgos con el umbral, la ley estatutaria —en su artículo segundo— plantea la obligatoriedad del voto y quienes no lo hagan incurrirán en multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente.

Desde algunos sectores creen que imponer el voto obligatorio solo se puede hacer a través de una reforma constitucional y no con una ley estatutaria. Pero para el Partido de la U, “el artículo 258 de la Constitución define el voto como un derecho y un deber ciudadano” y por tratarse de un asunto de interés fundamental para el país, como es el de la paz, se apela al “deber” de los ciudadanos de participar. Una tesis que seguramente tendrá detractores.

Pero hay más herramientas que apuntan a garantizar el éxito del plebiscito. Por ejemplo, se habilitarían los puestos de votación por un período de cinco días, incluidos dos del fin de semana. Además, por no coincidir con una jornada electoral corriente, los ciudadanos podrían ejercer su derecho al voto en un lugar diferente al que tienen inscrita su cédula.

Sin duda, una ecuación que garantizaría, por un lado, el cumplimiento de Santos a su promesa de refrendar los acuerdos y, por el otro, que estos no se caigan por falta de apoyo popular. Incluso, la iniciativa coincidiría con los tiempos que manejan en el Gobierno para la paz.

La idea es que esta ley de refrendación (plebiscito) sea tramitada y aprobada entre septiembre y noviembre, de forma paralela con el acto legislativo para la paz, cuyo borrador ya casi tiene listo el Gobierno y que facultaría al presidente Santos para aprobar decretos con fuerza de ley referentes a los acuerdos de La Habana y con la que también se crearía la comisión legislativa especial que dictará los cimientos legales de los acuerdos.

Dicho cronograma plantea la firma de los acuerdos a principios de 2016, en marzo la refrendación en las urnas y, antes de finalizar la legislatura (20 de junio), la aprobación en segunda vuelta del acto legislativo para la paz. En julio, la comisión especial empezaría a trabajar en la implementación legal de los acuerdos, por un período de seis meses. Quiere decir eso que en diciembre de 2016 ya estaría concluido el proceso.

Por Redacción Política

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar