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Retiran Moción de Censura contra canciller Holguín

El representante del Centro Democrático Federico Hoyos aseguró que luego de una reunión con su bancada decidió retirar la moción de censura.

Redacción Política
16 de septiembre de 2014 - 07:13 p. m.
Retiran Moción de Censura contra canciller Holguín

En la tarde de este martes el representante del Centro Democrático Federico Hoyos aseguró que esa colectividad retirará la Moción de Censura que inicialmente promovió contra la ministra de Relaciones Exteriores, María Ángela Holguín luego de la expulsión de los dos estudiantes venezolanos, Lorent Saleh y Gabriel Vallés por supuestamente estar promoviendo actos proselitistas que no les eran permitidos por su situación migratoria.

El Centro Democrático ha reflexionado, ha dicho que debe haber mayor prudencia y ha pedido que primero haya un debate a la Canciller, somos muy claros y rechazamos la expulsión”, dijo el congresista.

La moción fue promovida por el representante Edward Rodríguez quién en su momento aseguró que los dos jóvenes fueron entregados al “régimen venezolano donde existen serias dudas con respecto a si se respetará su integridad y su vida”. Y agregó que había una preocupación al interior de la bancada sobre “si eso nos va a pasar a nosotros los jóvenes que tenemos ideas distintas, (…) es un mal mensaje a la protesta social, que quieran criminalizarla”.

Hoyos puntualizó en que una moción de censura “es algo muy serio que requiere investigación, estudio, derechos de petición y otros debates. Soy partidario que la canciller primero explique la actuación del gobierno nacional en cuanto a la expulsión y no que se presenten mociones así como así. Retirada la Moción de Censura”.

Una Moción de Censura es un acto por medio del cual el Congreso de la República evalúa la gestión de un funcionario y generalmente solicita la separación del cargo.

“La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva Cámara. La votación se hará entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate, con audiencia pública del funcionario respectivo. Su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto. Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo. Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia a menos que la motiven hechos nuevos. La renuncia del funcionario respecto del cual se haya promovido moción de censura no obsta para que la misma sea aprobada conforme a lo previsto en este artículo. Pronunciada una Cámara sobre la moción de censura su decisión inhibe a la otra para pronunciarse sobre la misma”, asegura la reforma constitucional 01 de 2007.

Por Redacción Política

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