La ruta de la marihuana medicinal

Aunque el Congreso le dio el aval al proyecto que reglamenta su uso, aún hay escollos por superar, entre ellos renegociar con la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes el cupo sobre el número de plantaciones aceptables.

Redacción Política
25 de mayo de 2016 - 06:21 a. m.
El Estado deberá proteger y fortalecer a los pequeños y medianos productores y comercializadores. / Archivo
El Estado deberá proteger y fortalecer a los pequeños y medianos productores y comercializadores. / Archivo
Foto: Cristian Garavito / El Espectador

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en último debate el proyecto de ley por medio del cual se reglamenta el cultivo, producción, fabricación, adquisición, importación, exportación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso y posesión de las semillas de la cannabis, sus derivados y los productos que lo contengan, con fines medicinales y científicos. Mientras tanto, los ministerios de Salud y Justicia avanzan en la socialización de la resolución 1816 de 2016, que definió las condiciones para otorgar la licencia de producción y fabricación de la marihuana medicinal.

Si no surgen contratiempos, la plenaria de la Cámara de Representantes deberá aprobar esta semana en último debate el proyecto de ley por medio del cual se reglamenta el cultivo, producción, fabricación, adquisición, importación, exportación, almacenamiento, transporte, comercialización, distribución, uso y posesión de las semillas de la planta de cannabis, sus derivados y los productos que lo contengan, con fines medicinales y científicos.

Dos iniciativas, la primera de origen legislativo y la segunda gubernamental, marcan un nuevo rumbo para el país, apartándose de la línea prohibicionista, con el fin de ofrecerles a los colombianos con enfermedades crónicas y terminales una herramienta compasiva para el manejo de los síntomas que padecen. Sin embargo, aún queda un camino largo por recorrer. Además de la definición de ese marco regulatorio, a entidades internacionales como la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), órgano independiente de Naciones Unidas que vigila el cumplimiento de los tratados sobre drogas.

En un reciente documento, la JIFE les advirtió a cinco países suramericanos que el uso del cannabis con fines no terapéuticos infringe lo establecido por los tratados internacionales: “Varios países, entre ellos Colombia, Brasil, Chile, Ecuador y Uruguay, debaten y promulgan nuevas leyes, decisiones y resoluciones sobre el uso del cannabis, desde la regulación del cultivo de plantas y la importación de medicamentos que contienen cannabidiol, hasta la regulación más elaborada del mercado del cannabis con fines no terapéuticos, como sucede en Uruguay. La legislación que permite el uso del cannabis con fines no terapéuticos infringe lo dispuesto en los tratados de fiscalización internacional de drogas”, dijo.

Y aunque, según el presidente de dicho organismo, el alemán Werner Sipp, los tratados no exigen una “guerra contra las drogas” y, por el contrario, ofrecen a los estados flexibilidad para establecer los castigos por consumo, así como “aplicar medidas alternativas a las sanciones para los delitos de menor gravedad”, en su concepto “los llamamientos simplistas a la legalización y regulación del uso de sustancias fiscalizadas para fines no médicos deberían considerarse inadecuados para resolver los problemas relacionados con las drogas”.

Por eso, en el proyecto de ley se aclara, antes que todo, que no se trata de la legalización del uso recreativo de la marihuana, sino de ofrecerles a enfermos terminales alternativas en el manejo de los síntomas. Y el articulado incluyó en su último debate cambios claves que apuntan a permitir el acceso seguro a productos farmacéuticos de calidad y con precios controlados.

El proyecto está guiado por los principios de acceso, seguridad, calidad y precio. En lo que tiene que ver con la accesibilidad, se refiere a que todos los colombianos podrán obtener los productos terapéuticos a base de cannabis en condiciones de igualdad. En relación con la seguridad, se habla de garantizar las condiciones de higiene en los procesos de fabricación, comercialización y utilización de sustancias derivadas de la marihuana.

Los medicamentos que se pretende regular deben responder a estándares de calidad aceptados por las comunidades científicas y, finalmente, se busca que el Gobierno regule los precios de las sustancias farmacéuticas, garantizando un valor que les permita a los pacientes de enfermedades crónicas y terminales acceder a ellos.

Ya en un informe de abril pasado, se reveló que hay laboratorios, casas productoras, organizaciones campesinas e indígenas, así como inversionistas nacionales y extranjeros, interesados en meterse al negocio. Y por el lado del Ministerio de Salud, han llegado 86 derechos de petición de distintas personas y empresas, muchas de ellas extranjeras, preguntando por la forma de sacar licencia.

Eso sí, la ley plantea que el Estado debe proteger y fortalecer a los pequeños y medianos productores y comercializadores de cannabis medicinal. Y señala que, en el marco de los programas de sustitución de cultivos, se pondrán en marcha iniciativas para a la siembra y formalización de pequeños y medianos cultivadores nacionales de marihuana con fines medicinales y científicos. De hecho, el Gobierno tiene que reglamentar esto en un término máximo de seis meses tras la expedición de la ley. La obligación, dice, es proteger la mano de obra local.

Asimismo, a través de Colciencias se promoverá la transferencia tecnológica necesaria para la producción de cannabis y sus derivados. Y en julio de cada año, esta entidad tiene que presentar a las comisiones sextas del Congreso un informe . Igualmente, el Estado tiene que apoyar las iniciativas económicas de producción, transformación y distribución de productos derivados de la planta que desarrollen los pueblos y comunidades indígenas con fines medicinales .

Ahora, ¿cuántas plantaciones o cuántas matas de marihuana se podrán sembrar en Colombia? Según explicó el senador Juan Manuel Galán, la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes tiene una regulación sobre los cupos para plantaciones de marihuana. “Y Colombia tiene un cupo ridículo, medido en gramos, ni siquiera en libras. Hay que buscar una nueva negociación”, dijo.

El otro asunto de la ley tiene que ver con los costos. Y el artículo 7° señala: “El Ministerio de Salud y el Ministerio de Justicia, a través de la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes, deberán cobrar por los servicios de evaluación y seguimiento a los solicitantes o titulares de las licencias”. Los recursos se utilizarán para sufragar costos del proceso, así como para financiar a Colciencias.

Por supuesto, se establecen sanciones a quienes incumplan los términos de las licencias. Estas pueden implicar la suspensión de la misma, y la Subdirección de Control y Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes estará en la obligación de compulsar copias a la Fiscalía.

Por último, el Ministerio de Educación, en coordinación con la Comisión Nacional de Reducción de la Demanda de Drogas, desarrollará estrategias, programas o proyectos para la promoción de estilos de vida saludables que contribuyan a la prevención del consumo de sustancias sicoactivas. La financiación del programa contará con recursos de quienes desarrollen actividades comerciales relacionadas en la nueva ley.

Por Redacción Política

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