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Jóvenes entre 18 y 25 años podrán ser beneficiarios de salud sin requisitos

El presidente anunció que estudiar ya no será una exigencia para que los adolescentes continúen siendo beneficiados de los cotizantes al sistema.

Redacción Nacional
25 de junio de 2014 - 04:56 p. m.
Jóvenes entre 18 y 25 años podrán ser beneficiarios de salud sin requisitos

Todo joven entre los 18 y los 25 años de edad que no esté empleado o cotizando como independiente, y cuyos padres coticen al régimen contributivo, estará afiliado al sistema de salud como beneficiario”.

Estas palabras fueron pronunciadas por el presidente Juan Manuel Santos luego de firmar este miércoles el decreto que permite a jóvenes entre 18 y 25 años, que no estén empleados o no coticen, permanecer en el sistema de salud como beneficiario, lo que les permite gozar de acceso sin restricción,

El propósito del decreto, que fue firmado también por el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, es consolidar la salud como un derecho fundamental, acorde con los postulados de la Ley Estatutaria de Salud, avalada por la Corte Constitucional en mayo pasado.

En el régimen contributivo la única manera para que los hijos mayores de edad continuaran como beneficiarios era que sus padres acreditarán su condición de estudiantes universitarios, recordó el mandatario en Casa de Nariño.

Si los jóvenes no seguían sus estudios o estaban sin empleo, se quedaban simple y llanamente sin protección en salud”, señaló el jefe de Estado al indicar que ello “era una injusticia frente a esos jóvenes, y especialmente frente a los jóvenes de las familias de menos recursos”.

Con este nueva medida, dijo el presidente, se está favoreciendo a un millón y medio de jóvenes, de los cuales 1,2 aproximadamente son estudiantes y alrededor de 300 mil son dependientes económicos de sus padres.

El mandatario aseguró que la de este miércoles “es solo una de varias medidas que seguiremos tomando en los próximos meses para corregir las inequidades del sistema de salud”.

El Ministerio de Salud, a través de un comunicado explicó que “durante la transición de doce meses, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) no podrán negar la prestación de los servicios de salud a los hijos de los afiliados del Régimen Contributivo que tengan entre 18 y 25 años y que no tengan obligación de cotizar al sistema”.

Y agrega que “la declaración de los padres será suficiente para acreditar la condición de beneficiario y será válida hasta tanto el cotizante manifieste por escrito ante la respectiva Entidad Promotora de Salud que el beneficiario ya no ostenta dichas calidades”.
 

Por Redacción Nacional

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