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Los 20 puntos que debería saber sobre la liquidación de Saludcoop

El traslado de los 4 millones 600 mil usuarios que se empezarán a hacer de la EPS Saludcoop a la EPS Cafesalud genera muchas inquietudes. El Espectador le cuenta qué debe hacer mientras se da ese proceso.

Redacción Salud
25 de noviembre de 2015 - 05:40 p. m.
Archivo El Espectador / Archivo El Espectador
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Tal y como lo había anunciado en varias ocasiones, este miércoles el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, empezará la liquidación de la EPS Saludcoop, una operación que las autoridades habían prometido desde 2011 que la actual cartera viene planeando desde hace más de un año.

Serán alrededor de 4 millones 600 mil pcientes que serán trasladados a la EPS Cafesalud. La operación empezará este miércoles 25 de noviembre y terminará el 30 del mismo mes. La idea es que el 1 de diciembre dicho traslado esté completo.

El Espectador le cuenta qué debe hacer y a dónde debe dirigirse en caso de tener algún inconveniente o alguna inquietud.

1. ¿Debe realizar algún trámite para continuar con mi afiliación y la de mi familia?

Ningun. Usted y su familia quedarán afiliados de manera automática a la EPS Cafesalud.

2. Si es usuario de Saludcoop en el régimen subsidiado, ¿hay alguna novedad con su traslado?

Se conservan los mismos datos registrados y su estado de afiliación al régimen subsidiado cambiará de Saludcoop EPS a Cafesalud.

3. ¿Hasta qué fecha Saludcoop cubre los servicios?

Hasta el 30 de noviembre de 2015. A partir del 01 de diciembre la prestación
de servicios para usted y su grupo familiar serán asumidas por Cafesalud.

4. ¿Lo seguirán atendiendo en la misma IPS?

Cafesalud EPS le garantizará la prestación de los servicios en la misma red de IPS en todo el país.

5. Si no desea quedarse en Cafesalud, ¿puedo trasladarme a otra EPS?

Sí. Después de 90 días usted podrá trasladarse a la EPS que desee.

6. ¿Dónde puedo resolver dudas e inquietudes?

Puede consultar cualquier información relacionada con el traslado a Cafesalud EPS en la página web: www.saludcoop.coop o en la línea 651 1000 (para Bogotá) o 018000120096 (para el resto del país)

7. ¿Dónde podré reclamar mis medicamentos?

Los medicamentos para todos los usuarios seguirán siendo entregados en las farmacias habilitadas. Consulte las farmacias en la página web de Cafesalud y en la líneas 6510777 (para Bogotá) o en línea gratuita 018000 120 777 (para el resto del país). Con la autorización aprobada y vigente podrá reclamar los medicamentos sin realizar ningún cambio en la documentación.

8. ¿Las autorizaciones de medicamentos y procedimientos tendrán vigencia ante Cafesalud EPS?

Sí. Con ellas Cafesalud EPS deberá garantizar la prestación del servicio.

9. Si está hospitalizado en los días de transición, ¿Cafesalud EPS entrará a cubrirla?

Sí. Cafesalud EPS continuará cubriendo la hospitalización, siempre y cuando usted se encuentre registrado en el sistema como usuario activo.

10. Si tiene una cita con especialista o un procedimiento programado para una fecha posterior a la asignación de usuarios, ¿debo programarla nuevamente?

No. La atención se prestará en la misma IPS. Debe tener en cuenta que la autorización se encuentre vigente.

11. ¿Qué debe hacer si se encuentro en embarazo y tiene exámenes pendientes posteriores a la fecha de asignación de usuarios?

Los exámenes y controles prenatales se continuarán prestando en la IPS donde ha sido atendida.

12. Si actualmente tiene una tutela en curso, ¿cómo realiza el trámite de autorización y entrega de lo que cubre el fallo?

El proceso y la documentación es la misma. Cafesalud EPS continuará garantizando los servicios ordenados mediante el fallo de tutela.

13. Si es usuario de Saludcoop EPS y está en mora, ¿debe pagar la deuda a Cafesalud EPS?

La deuda sigue vigente con Saludcoop y a dicha entidad deberá realizar el pago correspondiente.

14. Si se encuentra incapacitado o en licencia al momento de la asignación de usuarios, ¿cómo debe realizar el trámite de reconocimiento?

Si la fecha inicial de la incapacidad es antes del 30 de noviembre, la solicitud de pago debe realizarse a Saludcoop. Si fue posterior a esta fecha deberá radicar la solicitud de pago a Cafesalud.

15. Con el traslado de usuarios, ¿debe volver a realizar el trámite de afiliación de mis empleados? ¿A quién y cómo se hacen de ahora en adelante los aportes?

El proceso no requiere trámites adicionales. Los aportes de diciembre deben realizarse a Cafesalud EPS (código EPS003).

16. ¿Seguirña siendo atendido en la misma IPS?

SÍ. Continuará recibiendo atención primaria en la IPS asignada. Cafesalud EPS le garantizará la prestación de los servicios en la misma red de IPS en todo el país.

17. ¿Le cobran las multas que tenía con SaludCoop?

El pago de multas pendientes deberá realizarlo a Saludcoop EPS.

18. Si está afiliado a SaludCoop EPS y quiere incluir beneficiarios, ¿lo debe hacer ante Saludcoop o Cafesalud?

SaludCoop EPS recibirá novedades hasta el 30 de noviembre. Pero para trámites en fechas posteriores, Cafesalud EPS será la entidad responsable de gestionarlas.

19. Si presentó una solicitud de portabilidad en SaludCoop EPS y no le han respuesta, ¿tengo que volver a solicitarla en Cafesalud?

No. El proceso lo asumirá Cafesalud y será la encargada de responder su solicitud.

20. Si se presenta algún problema o falla en la atención, ¿qué debe hacer?

Comunicarse con la Superintendencia de Ssalud a la línea 4837000 (en Bogotá), o a la línea gratuita 018000513700 (en el resto del país). O puede escribir un correo a reclamossaludcoop@supersalud.gov.co
 

Por Redacción Salud

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